Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2002 (24/02/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 24 de febrero de 2002

MTC
Aprueban Manual de Organizacion y Funciones del Proyecto Piloto MORDAZA Pachacutec
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 003-2002-MTC/15.04 MORDAZA, 20 de febrero de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 037-2001-MTC se crea el Proyecto Piloto MORDAZA Pachacutec a cargo de Viceministerio de Vivienda y Construccion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, encargado de planificar, coordinar y ejecutar las acciones necesarias a fin de titular a las familias reubicadas posesionarias en un area de 5 317,208.97 m2 dentro de los linderos del Proyecto Especial MORDAZA Pachacutec, en el distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 524-2001MTC/15.01 del 13 de noviembre de 2001 se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Proyecto Piloto MORDAZA Pachacutec, cuyo Articulo 3º autoriza al Viceministro de Vivienda y Construccion a aprobar el Manual de Organizacion y Funciones; Que, es necesario aprobar el Manual de Organizacion y Funciones del Proyecto Piloto MORDAZA Pachacutec a fin de describir las funciones especificas a nivel de cargo a efecto de que los trabajadores conozcan sus funciones y atribuciones, su dependencia y el perfil del cargo que debe desarrollar y cumplir; De conformidad con lo dispuesto por la Resolucion Ministerial Nº 524-2001-MTC/15.01; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Manual de Organizacion y Funciones del Proyecto Piloto MORDAZA Pachacutec. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA - RADA Viceministro de Vivienda y Construccion 3733

a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de telecomunicaciones; y el permiso es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicacion; Que, el Articulo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, senalan que para obtener autorizacion para prestar servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dichas normas se detallan; Que, el Articulo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autorizacion para prestar servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion de doce (12) meses; Que, el Articulo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las caracteristicas de instalacion y operacion autorizadas para el uso o explotacion de frecuencias y otros parametros tecnicos, si MORDAZA no se obtiene la correspondiente aprobacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, mediante Informes Nºs. 859-2001-MTC/15.19.03.2 y 947-2001-MTC/15.19.01, la Direccion de Administracion de Frecuencias y la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, respectivamente, senalan que la solicitud formulada por RADIO TELEVISION SAN MORDAZA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cumple con los requisitos tecnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida empresa la autorizacion y permiso solicitados; De conformidad con el T.U.O. de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC; su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a RADIO TELEVISION SAN MORDAZA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, autorizacion y permiso de instalacion por el plazo de diez (10) anos, que incluye un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses, improrrogable, para operar una estacion del servicio de radiodifusion comercial por television en UHF, en el distrito de Juliaca, provincia de San MORDAZA y departamento de MORDAZA, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia MORDAZA Indicativo Potencia Emision : BC-TV : Banda V Video: 729.25 MHz. Audio: 733.75 MHz. : 57 : OAS-7k : Video: 0.5 Kw. Audio: 0.05 Kw. : Video: C3F Audio: F3E : H24

Otorgan a empresa autorizacion y permiso de instalacion para operar estacion del servicio de radiodifusion comercial por television en UHF en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 058-2002-MTC/15.03 MORDAZA, 11 de febrero de 2002 VISTA, la solicitud formulada por RADIO TELEVISION SAN MORDAZA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, para que se le otorgue autorizacion para establecer una estacion del servicio de radiodifusion comercial por television en UHF, en el distrito de Juliaca, provincia de San MORDAZA y departamento de Puno; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion se requiere de autorizacion y permiso otorgados por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, los Articulos 48º y 49º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones MORDAZA referido, establecen que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado

Horario Ubicacion de los Estudios y la Planta : Av. Maestro Nº 765, distrito de Juliaca, provincia de San MORDAZA y departamento de Puno. Coordenadas: L.O. 70° 07' 53" L.S. 15° 29' 21" El plazo de la autorizacion y el permiso concedido se computara a partir del dia siguiente de publicada la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- La autorizacion que se otorga en el articulo precedente, se inicia con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses, dentro del cual y hasta MORDAZA

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