Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2002 (24/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, MORDAZA 24 de febrero de 2002

NORMAS LEGALES
ANEXO Nº 1

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miento del Contrato senalada en el Anexo Nº 11 dentro de los 4 dias posteriores al otorgamiento de la buena pro; suscribir el contrato o cualquier otro requisito substancial, en los plazos establecidos en estas Bases, la Superintendencia adjudicara la buena pro al postor que en la calificacion ocupo el MORDAZA puesto. En caso de igualdad de puntaje, se preferira al postor que MORDAZA recibido mayor calificacion "Capacidad Tecnica y Economica del Postor" de acuerdo a lo dispuesto en el Anexo Nº 10. XIV. IMPUGNACIONES Las impugnaciones relacionadas con la eleccion de la persona juridica ganadora podran presentarse ante la SUPERINTENDENCIA, dentro del dia siguiente de la publicacion de la adjudicacion de la buena pro, adjuntando la documentacion e informacion que la sustente y, previo pago de un monto equivalente al 10% de una UIT. La SUPERINTENDENCIA resolvera la impugnacion en un plazo no mayor de dos (2) dias, siendo dicha resolucion inimpugnable. XV. DEL CONTRATO La empresa que obtenga la Buena Pro debera suscribir el Contrato de Fideicomiso a que se refiere el Anexo Nº 9. Forman parte del referido contrato los siguientes documentos: 1. Las Bases y Terminos de Referencia del Concurso Publico con sus anexos. 2. Las comunicaciones aclaratorias y modificatorias emitidas y notificadas a los interesados que participaron en el Concurso Publico, que incluyen las consultas y su absolucion; y, 3. La propuesta economica. Todos los documentos que integran el contrato seran considerados como reciprocamente explicativos, pero en el caso de que existan discrepancias entre ellos, prevaleceran los conceptos expuestos en las Bases del Concurso Publico y sus anexos, con las aclaraciones o modificaciones emitidas a traves de oficios y las propias aclaraciones contenidas en el Contrato de Fideicomiso. Los ultimos oficios emitidos tienen primacia sobre las Bases originales del Concurso Publico y sobre los oficios anteriores. Dentro de los cuatro dias posteriores al otorgamiento de la buena pro se debera firmar el contrato, y la empresa ganadora debera entregar una carta fianza solidaria, irrevocable, incondicionada, sin beneficio de excusion y de ejecucion inmediata, que garantice el buen cumplimiento del contrato, por un monto de quinientos mil nuevos soles y 00/100 (S/ .500 000.00), emitida por empresas bancarias, financieras o empresas de seguros autorizadas al efecto, o Polizas de Caucion, segun formato incluido en el Anexo Nº 11, luego de lo cual se le devolvera la Carta Fianza de Seriedad de la Oferta del Postor senalada en el Anexo Nº 8. El plazo de vigencia de la carta fianza sera, cuando menos hasta treinta (30) dias despues de vencido el plazo del contrato. En caso de prorroga del contrato la carta fianza debera ser renovada en las mismas condiciones, MORDAZA del vencimiento del plazo de la primera, por un periodo superior en treinta (30) dias al plazo decidido para la prorroga. 2. LA RETRIBUCION La empresa percibira la retribucion detallada en su propuesta economica y recogida en el contrato (Anexo Nº 9), como contraprestacion por sus servicios. Los costos de personal, gastos administrativos y gastos operativos que MORDAZA necesarios para desarrollar la administracion del fideicomiso a que se refiere el presente Concurso Publico, seran por cuenta del fiduciario seleccionado. 3. SANCIONES Y PENALIDADES En caso que por cualquier causa no atribuible a la Superintendencia, el postor adjudicatario de la buena pro no cumpliese con suscribir el contrato correspondiente o entregar la carta fianza que garantice el buen cumplimiento de sus obligaciones, la Superintendencia procedera a hacer efectiva la Carta Fianza a que se refiere el Anexo Nº 8, en concepto de penalidad, quedando ademas el postor inhabilitado durante cinco (5) anos, para participar en posteriores concursos que convoque la Superintendencia.

TERMINOS DE REFERENCIA PARA LA SELECCION DE LA EMPRESA A LA QUE SE TRANSFERIRAN EN FIDEICOMISO LOS ACTIVOS Y PASIVOS VINCULADOS A OPERACIONES DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO DEL BANCO MORDAZA MORDAZA EN LIQUIDACION 1. OBJETO DE LOS SERVICIOS A CONTRATAR La Superintendencia, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 118º de la Ley General, seleccionara mediante concurso publico, la empresa del sistema financiero a la cual transferira los activos y pasivos vinculados a las operaciones de arrendamiento financiero del Banco MORDAZA MORDAZA en Liquidacion. La mencionada transferencia se realizara en calidad de fideicomiso. 2. DESCRIPCION DE LOS SERVICIOS A CONTRATAR Los activos a ser excluidos del balance con el proposito de ser transferidos en fideicomiso, comprenden el derecho de cobro de las cuotas, los bienes dados en arrendamiento financiero, las garantias reales y personales que amparen dichas operaciones en la parte que les corresponda, asi como cualquier otro derecho asociado a los mismos. Los pasivos a ser transferidos comprenden las obligaciones derivadas de la emision de bonos de arrendamiento financiero y las obligaciones pendientes de pago por concepto de adquisicion de los bienes dados en arrendamiento financiero, mantenimiento y seguros. El fideicomiso se constituye con la finalidad que los recursos que obtenga la empresa fiduciaria por la administracion y recuperacion de los activos transferidos, MORDAZA destinados al pago de los bonos de arrendamiento financiero, y al pago de aquellas obligaciones pendientes por la adquisicion de bienes de arrendamiento, su mantenimiento y su aseguramiento, previa deduccion de las comisiones correspondientes. Para dicho fin, la empresa fiduciaria no debe establecer ningun orden de prelacion ni de exclusion, salvo el referido a los plazos y terminos de cada obligacion. En caso existan remanentes, al termino del fideicomiso, estos deberan ser reintegrados a la masa en liquidacion del Banco MORDAZA Mundo. Por su parte, en caso los recursos que obtenga la fiduciaria por concepto de recuperacion de activos, eventualmente, no llegasen a cubrir el pago de las obligaciones transferidas, dicho pago se cumplira con los recursos existentes en la masa en liquidacion, previa liquidacion de saldos determinada por la fiduciaria. En este caso, el pago que corresponda por las referidas obligaciones se efectuara en el orden de prelacion correspondiente al punto D del Articulo 117º (Cumplimiento de Otras Obligaciones), de la Ley General. La transferencia de los activos y pasivos que seran objeto del fideicomiso y los actos que se deriven de este, no estan afectos a tributo alguno que se MORDAZA devengado a partir de la fecha de publicacion de la resolucion de disolucion y liquidacion del Banco MORDAZA MORDAZA, conforme a lo establecido en el Articulo 114º de la Ley General. La empresa fiduciaria debera incluir en su auditoria externa anual como punto adicional la evaluacion de la administracion de la cartera de arrendamiento financiero transferida en fideicomiso. 3. RECURSOS HUMANOS QUE DEBERA EMPLEAR EL CONTRATADO PARA LA EJECUCION DEL TRABAJO. La empresa seleccionada para la transferencia en fideicomiso de los activos y pasivos vinculados a operaciones de arrendamiento financiero del Banco MORDAZA MORDAZA en Liquidacion debera asignar para la administracion del fideicomiso, personal profesional debidamente calificado, que tenga comprobada experiencia en trabajos similares. 4. PLAZO El plazo de duracion del fideicomiso es a partir de la MORDAZA de la carta fianza de fiel cumplimiento de contrato y la firma de este ultimo hasta el 31 de MORDAZA de 2003. Las partes podran, excepcionalmente, prorrogar la vigencia de dicho contrato previa autorizacion de la Superintendencia.

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