Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2002 (24/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, MORDAZA 24 de febrero de 2002 VISTO:

NORMAS LEGALES

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El Oficio Nº 213-2002 (GTN/MON) de fecha 1 de febrero del 2002; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de la Direccion Ejecutiva Nº 002-2002-FONCODES/DE de fecha 3 de enero del 2002, se aprueba exonerar del MORDAZA de seleccion respectivo, la prorroga de los contratos de arrendamiento de inmuebles ocupados por las Oficinas Zonales de FONCODES, en iguales o mejores condiciones para la Institucion que las previstas en los contratos originarios, segun relacion que en Anexo se adjunta a la Resolucion MORDAZA senalada y que forma parte integrante de la misma, asi como a merito del Informe Presupuestal Nº 153-2001-FONCODES/GPyS e Informe Legal Nº 002-2002-FONCODES/GAL; Que, mediante Oficio Nº 213-2002 (GTN/MON) del visto, la Gerencia Tecnica Normativa del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, solicita a la entidad, conforme lo dispone el numeral 6.5 de las Disposiciones Especificas de la Directiva Nº 0112001-CONSUCODE/PRE aprobada por Resolucion Nº 1182001-CONSUCODE/PRE, precisar en la parte resolutiva de la Resolucion de la Direccion Ejecutiva Nº 002-2002FONCODES/DE MORDAZA citada, el valor referencial y la fuente de financiamiento de los servicios materia de exoneracion; Que, la informacion MORDAZA senalada se precisa en el Anexo a la parte resolutiva de la Resolucion de la Direccion Ejecutiva Nº 002-2002-FONCODES/DE, en el que se indica que el valor de la adquisicion es de S/. 262,716.00, precisando tambien el Informe Presupuestal Nº 153-2001FONCODES/GPyS, que el financiamiento se efectua con cargo a la fuente Recursos Ordinarios; Que, no obstante, atendiendo al requerimiento formulado mediante Oficio Nº 213-2002 (GTN/MON), es necesario mayor precisar la Resolucion de la Direccion Ejecutiva Nº 002-2002-FONCODES/DE, en el sentido indicado por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE; Con las visaciones de la Gerencia General y Gerencia de Asesoria Legal; En uso de las atribuciones conferidas por los literales q) y o) del numeral 4.2.2 del Manual y Reglamento de Organizacion y Funciones de FONCODES respectivamente y el Art. 24º literal n) del Estatuto de FONCODES, aprobado por Decreto Supremo Nº 057-93-PCM; RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar el Articulo 1º de la Resolucion de la Direccion Ejecutiva Nº 002-2002-FONCODES/ DE de fecha 3 de enero del 2002, el mismo que quedara como sigue: "Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion establecida en el Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, para la prorroga de los contratos de arrendamiento de inmuebles ocupados por las Oficinas Zonales de FONCODES, en iguales o mejores condiciones para la Institucion que las previstas en los contratos originarios, por un valor referencial de S/. 262,716.00 con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, segun Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion". Articulo Segundo.- Disponer que la Gerencia de Administracion y Finanzas de la entidad, a traves de la Subgerencia de Logistica, efectue la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y asimismo, remita MORDAZA de la misma a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo Tercero.- Ratificar la Resolucion de la Direccion Ejecutiva Nº 002-2002-FONCODES/DE de fecha 3 de enero del 2002, en todo lo demas que no se oponga a lo establecido en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FRANCKE BALLVE Director Ejecutivo 3784

Autorizan contratacion del servicio de mensajeria mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION DE LA DIRECCION EJECUTIVA Nº 040-2002-FONCODES/DE MORDAZA, 18 de febrero de 2002 VISTOS: El Informe Nº 003-2002-FONCODES/GAF-SGL, Memorando Nº 163-2002-FONCODES/GAF-SGL, asi como el Informe Legal Nº 056-2002-FONCODES/GAL, que constituyen el informe tecnico legal exigido por el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, cuyo Texto Unico Ordenado ha sido aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece las normas que las entidades comprendidas en su ambito de aplicacion deben observar en los procesos de contrataciones y adquisiciones de bienes y servicios; Que, de acuerdo al Informe Tecnico de Vistos, ha surgido una situacion extraordinaria e imprevisible al haberse cubierto al 31 de enero del 2002 la totalidad del 30% de contratacion complementaria efectuada al Contrato de Locacion de Servicios Nº 626-2001-FONCODES, sin que se MORDAZA culminado el MORDAZA de seleccion: Concurso Publico Nº 008-2001-FONCODES con la suscripcion del contrato correspondiente, lo que ha originado la existencia de una situacion de ausencia extraordinaria e imprevisible del servicio de mensajeria que afecta directamente la continuidad de las actividades operativas de la entidad; Que, dicha situacion genera la necesidad de declarar formalmente a traves de la instancia competente la situacion de urgencia, de tal manera de exonerar del MORDAZA de seleccion respectivo la adquisicion del servicio de mensajeria senalado en el Informe Nº 003-2002-FONCODES/ GAF-SGL, precisado por el Memorando Nº 163-2002-FONCODES/GAF-SGL, que refiere como valor referencial la suma de S/. 19,238.25 Nuevos Soles mensuales aproximadamente, por la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios, con el fin de cubrir los requerimientos de dichos servicios mientras culmina la ejecucion del Concurso Publico MORDAZA referido, con la suscripcion del contrato correspondiente; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, la situacion de urgencia se genera cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo. Adicionalmente, dispone que dicha situacion faculta a la entidad a la adquisicion o contratacion de los servicios solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, en aplicacion a los Articulos 19º literal c) y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 la situacion de urgencia, debidamente aprobada mediante Resolucion del Titular del Pliego, constituye uno de los supuestos de exoneracion de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa; Con las visaciones de la Gerencia General, la Gerencia de Administracion y Finanzas, la Subgerencia de Logistica, la Gerencia de Planeamiento y Sistemas y la Gerencia de Asesoria Legal; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 6º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, los Decretos Supremos Nºs. 012 y 013-2001-PCM, y en uso de las atribuciones conferidas por el literal n) del Articulo 24º del Estatuto de FONCODES aprobado por Decreto Supremo Nº 057-93-PCM, con cargo a dar cuenta al Directorio; RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en Situacion de Urgencia la prestacion del servicio de Mensajeria, autorizando a la Gerencia de Administracion y Finanzas a efectuar las acciones

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