Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2002 (02/10/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 2 de octubre de 2002

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA
Declaran de necesidad publica la expropiacion de area de terreno con fines de saneamiento fisico legal
ACUERDO MUNICIPAL Nº 013-2002-C/CPP
San MORDAZA de MORDAZA, 5 de MORDAZA del 2002 Visto el Acuerdo tomado en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 14 de marzo del 2002; CONSIDERANDO: Que, del estudio de Diseno MORDAZA de la UPIS "LUIS MORDAZA EGUIGUREN" elaborado por el IDESUNI como parte del Programa de Expansion MORDAZA "COSCOMBA" surgio la necesidad de contar con un area adicional que permita reubicar a las familias excedentes que quedarian como parte del MORDAZA de Remodelacion Urbana; Que, habiendo ubicado un area contigua a la UPIS, de 88,021.69 m2 propiedad del Sr. MORDAZA MORDAZA TEMPLE MORDAZA, el COMITE CENTRAL DE GESTION integrado por los Secretarios Generales de los diferentes sectores, empezaron las tratativas directas con el propietario y el MORDAZA de esta Municipalidad a fin de llegar a un acuerdo sobre el valor de dicho terreno; Que segun Acta del Comite Central de Gestion de fecha 12 de noviembre del 2000, los secretarios generales de los sectores integrantes de la UPIS "LUIS MORDAZA EGUIGUREN" toman los acuerdos siguientes: "Aceptar que la Municipalidad adquiera las areas de terreno mencionadas" y "aprobar la valorizacion mencionada", la misma que ascendia al monto de S/. 350,000 por el total del area senalada; Que, este monto se fijo tomando en cuenta un antecedente inmediato, que por su afinidad y cercania se tomo como ejemplo: Es el caso del Asentamiento Humano "MANUEL SCORZA", tambien integrante de la UPIS "LUIS MORDAZA EGUIGUREN", que ocupa un lote dentro del mismo predio, perteneciente al mismo propietario, del cual se pretende expropiar otros lotes. De los antecedentes que obran en el expediente, resulta que la expropiacion se realizo mediante MORDAZA judicial, en Causa Civil tramitada ante el MORDAZA Juzgado con Expediente Nº 248-96-00667 y previo peritaje, se ordeno a esta Municipalidad el Pago del Justiprecio ascendente a la suma de S/. 187,285.09 Nuevos Soles por el area total de 40,175 m2 lo que resulta a razon de S/. 4.66 m2. En el presente caso, el area es de 88,021.69 m2 que si se le aplica el mismo valor ordenado por el MORDAZA Juzgado Civil, nos MORDAZA la suma de S/. 412,045.07 en total, por lo que se llego al acuerdo de cancelar S/. 350,000.00 por el area mencionada. Pero ademas el acuerdo contiene otro elemento, que contigua al area a adquirirse existe una adicion de aproximadamente 10 Has., ubicadas en el area central y alrededor de la ex MORDAZA de oxidacion (Laguna azul) que seria donada por el propietario a la Municipalidad a fin de establecer alli una MORDAZA ecologica de reforestacion y recreacion. Con todo ello se facilitaba cumplir el fin social de Vivienda que se pretende satisfacer; Que, teniendo en cuenta estos criterios, se suscribe el Acta de Intencion de fecha 20-5-2001 para la Transferencia de la Propiedad, que fuera aprobada por Resolucion de Alcaldia Nº 655-2001-A/MPP del 20-6-01 con el unico animo de acelerar la implementacion de este importante programa social; Que, la Comision de Desarrollo MORDAZA, expide sucesivamente tres dictamenes: El primero con Nº 076-2001-CDU/ MPP de fecha 16-11-01 en el que recomiendan "la expropiacion del terreno aludido aplicando las disposiciones de la Ley Nº 27117". El MORDAZA con Nº 002-2002-CDU/MPP de fecha 11-1-2002 en el que ratifica el anterior y senala "que el valor del terreno a expropiar debe ser el comercial, mas el cinco por ciento por concepto de indemnizacion justipreciada". El tercero, con Nº 014-02-CDU/MPP de fecha

7-2-2002 en el que "recomienda gestionar ante la MORDAZA Municipal de MORDAZA, un prestamo a los moradores que les permita el pago de la diferencia del valor del terreno al propietario", asi como "dejar sin efecto la R.A. Nº 655-01-A/ MPP"; Que, con fecha 5-3-2002 el MORDAZA de esta Municipalidad y el propietario de las areas suscriben una nueva ACTA DE COMPROMISO, mediante la cual se establece que la Municipalidad cancelara al Sr. MORDAZA MORDAZA TEMPLE MORDAZA el valor de la Expropiacion, y la diferencia que resulte de los S/. 350,000 NUEVOS SOLES acordados en el Acta del 20-7-2001, sera abonada por los beneficiarios de la UPIS "LUIS MORDAZA EGUIGUREN" en base a los Convenios que suscribiran; Que, por Memorando Nº 109-2002-DAH/MPP la Direccion de Asentamientos Humanos adjunta el Expediente de Expropiacion de las areas de terreno, que contiene el Informe Nº 009-2002-SNP-ArqªMCSG del Dpto. Tecnico de dicha Direccion con el expediente tecnico y la Memoria Descriptiva de las areas a expropiar, documentos que deben considerarse anexos a esta Resolucion; Que, en merito a lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27117 - Ley General de Expropiaciones y el acuerdo adoptado en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 14-3-2002 y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; SE ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR DE NECESIDAD PUBLICA con fines de Saneamiento Fisico Legal de la UPIS "LUIS MORDAZA EGUIGUREN" la expropiacion del area de terreno que contiene la Memoria Descriptiva, que forma parte de la presente Resolucion y que tiene las principales siguientes caracteristicas: - Sujeto Activo de la Expropiacion: Municipalidad Provincial de Piura. - Sujeto Pasivo de la Expropiacion: MORDAZA MORDAZA TEMPLE SEMINARIO. - Identificacion del bien a expropiar: Lotes Nºs. 3, 4 y 5 del FUNDO "COSCOMBITA" ubicado en el sector Sur de la MORDAZA y MORDAZA de expansion urbana. - Area y Linderos del bien expropiado: 88,021.69 mts2. (8.802 Has.), Coordenadas UTM: Se inicia con un punto de referencia ubicado a 13.72 ml. del Vertice de la Granja de MORDAZA con un MORDAZA interior "PR" de 140° 50'3" al Vertice "A" que es el punto de inicio de la poligonal, siendo las coordenadas: X = 539559.8699,Y= 9424968.764. - Valor de Tasacion Comercial Referencial: Ciento Ochenta y un mil ciento veintinueve y 22/100 Nuevos Soles (S/. 181,129.22). Articulo Segundo.- EJECUTAR el MORDAZA de Expropiacion mediante Trato Directo, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 9º de la Ley Nº 27117 para lo cual queda facultado el Despacho de Alcaldia para efectuar las acciones que MORDAZA necesarias. Articulo Tercero.- DETERMINAR que la diferencia que pudiera existir entre el valor de Tasacion oficial referencial y el valor acordado por los beneficiarios previamente, sera asumida directamente por estos y cancelados al propietario. Articulo Cuarto.- DEJAR SIN EFECTO la Resolucion de Alcaldia Nº 655-2001-A/MPP que aprueba el "ACTA DE INTENCION PARA LA TRANSFERENCIA DE PROPIEDAD" suscrita entre el Titular del Pliego y el propietario, Sr. MORDAZA MORDAZA TEMPLE MORDAZA, de fecha 20-5-2001. Articulo Quinto.- Dese cuenta a las Comisiones de Economia y Administracion, Desarrollo MORDAZA, a Direccion Municipal, a las Direcciones Generales de Asesoria Legal, Control Interno, Planificacion y Presupuesto y a las Direcciones de Planeamiento MORDAZA, para los fines correspondientes, asi como publiquese la parte Resolutiva en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA HILBCK EGUIGUREN MORDAZA 17478

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