Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2003 (21/03/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 21 de marzo de 2003

de la Oficina de Asesoria Juridica y Unidad de Abastecimiento y Personal, respectivamente, indican que las adquisiciones de los insumos para el Programa del Vaso de Leche por razones de MORDAZA necesidad, para los meses de enero y febrero, se ha dispuesto en atencion al estado de necesidad que expuso la Ordenanza Nº 000001, que declara en Situacion de Urgencia la Reorganizacion y Reestructuracion Institucional de la Municipalidad de Huarochiri, por el plazo de 90 dias; asimismo, resulta necesario la adquisicion de los insumos para el mes de marzo del presente ejercicio fiscal, en tanto se culmine con el MORDAZA de seleccion correspondiente; Que, los Arts. 19º y 21º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (en adelante la Ley), aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, considera Situacion de Urgencia cuando la ausencia imprevisible del bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de un servicio esencial, siendo en este caso la Administracion oportuna y obligatoria del Programa del Vaso de Leche; Que, mediante R.A. Nº 045-2003-M/MPH, de fecha 18-2-03, se ha procedido a nombrar la Comision Especial Permanente; y teniendo en cuenta que el MORDAZA de Seleccion tiene una duracion superior a 7 dias habiles, es necesario se declare la Situacion de Urgencia; Que, estando a lo dispuesto en el Art. 21º de la Ley, faculta a los Gobiernos Locales a declarar en SITUACION DE URGENCIA, cuando la ausencia de un bien o de un servicio compromete la continuidad de un servicio esencial o de operaciones productivas; Que, conforme lo establece el Art. 20º de la Ley, la declaracion de Situacion de Urgencia, se adoptara por Acuerdo de Concejo en el caso de los Gobiernos Locales, previo informe tecnico-legal; Que, teniendo en cuenta los considerandos precedentes, es conveniente se declare en urgencia la adquisicion de insumos para la atencion del Programa del Vaso de Leche, para el mes de marzo del 2003, y via regularizacion de los meses de enero y febrero de los corrientes, en tanto culmine el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, para la adquisicion de los insumos para el Programa del Vaso de Leche; en aplicacion a los Arts. 19º y 20º a que se refiere el ultimo parrafo de la Ley; Estando a lo expuesto, y por Acuerdo Unanime del Concejo Municipal, con la dispensa de la Lectura y Aprobacion del Acta; ACORDO: Articulo Unico.- DECLARAR en Situacion de Urgencia la adquisicion de los insumos para atender el Programa del Vaso de Leche, correspondiente al mes de marzo del 2003, y via regularizacion las adquisiciones de los meses de enero y febrero de 2003, debiendose convocar a MORDAZA de Seleccion para las adquisiciones futuras. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 05427

Exoneracion del MORDAZA de Seleccion para la contratacion de Servicios Personalisimos; CONSIDERANDO: Que, el Jefe de la Unidad General de Rentas de esta Municipalidad Distrital sustenta que existe la urgente necesidad de obtener ingresos economicos a efectos de cumplir con impostergables obligaciones esenciales como son los pagos pendientes que devienen de los aportes a ESSALUD, AFPs, pago de beneficios sociales, sueldos y salarios a los trabajadores que se encuentran sin pago desde hace varios meses que entorpecen y afectan los derechos de atencion de salud de los servidores de esta Municipalidad; asi como tambien el pago de proveedores que permitan atender los servidores publicos y realizar una normal atencion al Publico Usuario; Que, de acuerdo a lo prescrito en el Inc. h) del Art. 19º del T.U.O. de la Ley Nº 26850 aprobado mediante el D.S. Nº 012-2001-PCM, las Contrataciones por los Servicios Personalisimos se encuentran exonerados de los Procesos de Licitacion, Concurso Publico o Adquisiciones Directas, procediendo su contratacion mediante una Adjudicacion de Menor Cuantia conforme lo previsto en el Art. 20º de la MORDAZA mencionada Ley; Que, conforme lo previsto en el Art. 111º del Reglamento de la Ley, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM establecen que son Ser vicios Personalisimos los contratos de Locacion de Servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta o como requisito esencial a la persona del Locador ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o esenciales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio; Que, los Arts. 105º y 116º de Reglamento de la Ley, establecen los Procedimientos a que deben sostenerse las contrataciones y adquisiciones exoneradas de los procesos de seleccion MORDAZA mencionados precisando que una vez aprobada la exoneracion de una contratacion debe realizarse mediante acciones sobre la base de obtencion de una cotizacion que cumpla con los requisitos establecidos en las bases debiendo indicarse en la Resolucion exoneratoria el organo que se encargara de llevar a cabo la contratacion; Que, el informe Legal emitido por la Oficina de Asesoria Legal de esta Municipalidad contiene la debida Fundamentacion y Justificacion Legal de la Procedencia a la exoneracion del Concurso Publico respectivo; SE ACUERDA: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Licitacion Publica para la contratacion de los servicios personalisimos para el cobro de las Resoluciones de deuda y multa a los principales contribuyentes con que cuenta la Municipalidad, los mismos que no solo adeudan cuentas por cobrar sino evaden importantes ingresos. Debiendose cumplir con los procedimientos que establece el D.S. Nº 012-2001-PCM, que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Segundo.- Autorizar al MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA para que a traves del Comite Especial conformado para tal fin, proceda a la contratacion de la y/o las empresas especializadas en Fiscalizacion Tributaria, Recuperacion y cobro de Deudas bajo la modalidad de Servicios Personalisimos y se encarguen del cobro y recupero de las deudas, multas, moras y demas impuestos a los principales contribuyentes de esta Municipalidad. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion en el Diario Oficial El Peruano y en un diario de circulacion de la localidad y poner en conocimiento de la Contraloria General de la Republica para los fines del caso. Articulo Cuarto.- Transcribir a quien corresponda para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA NUNEZ MORDAZA MORDAZA 05432

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA
Autorizan contratar servicios personalisimos para el cobro de resoluciones de deuda y de multa a los principales contribuyentes de la municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 017-2003-MDSC/ALC
San MORDAZA, 17 de marzo del 2003 VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo Municipal de fecha 12 de marzo del 2003, donde se aprobo la

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