Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2003 (13/10/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, lunes 13 de octubre de 2003

NORMAS LEGALES

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Anexo E FACTORES MENSUALES DE FINANCIAMIENTO DE RETENCIONES Y RETRIBUCIONES Regimen de Reprogramacion de Aportes de las Empresas Agrarias Azucareras al Fondo Privado de Pensiones REPROEAA - AFP
Nº de cuotas 1 mes 2 meses 3 meses 4 meses 5 meses 6 meses 7 meses 8 meses 9 meses 10 meses 11 meses 12 meses 13 meses 14 meses 15 meses 16 meses 17 meses 18 meses Factor de financiamiento 1,00486755 0,50365362 0,33658362 0,25304961 0,20292998 0,16951756 0,14565211 0,12775351 0,11383281 0,10269665 0,09358560 0,08599339 0,07956952 0,07406362 0,06929210 0,06511727 0,06143383 0,05815988 Nº de cuotas 19 meses 20 meses 21 meses 22 meses 23 meses 24 meses 25 meses 26 meses 27 meses 28 meses 29 meses 30 meses 31 meses 32 meses 33 meses 34 meses 35 meses 36 meses Factor de financiamiento 0,05523076 0,05259475 0,05020998 0,04804218 0,04606306 0,04424903 0,04258028 0,04104004 0,03961404 0,03829004 0,03705749 0,03590724 0,03483132 0,03382277 0,03287547 0,03198400 0,03114359 0,03034997 Nº de cuotas 37 meses 38 meses 39 meses 40 meses 41 meses 42 meses 43 meses 44 meses 45 meses 46 meses 47 meses 48 meses 49 meses 50 meses 51 meses 52 meses 53 meses 54 meses Factor de financiamiento 0,02959936 0,02888836 0,02821392 0,02757331 0,02696403 0,02638387 0,02583078 0,02530291 0,02479860 0,02431630 0,02385460 0,02341223 0,02298799 0,02258080 0,02218965 0,02181362 0,02145186 0,02110357 Nº de cuotas 55 meses 56 meses 57 meses 58 meses 59 meses 60 meses 61 meses 62 meses 63 meses 64 meses 65 meses 66 meses 67 meses 68 meses 69 meses 70 meses 71 meses 72 meses Factor de financiamiento 0,02076801 0,02044451 0,02013242 0,01983117 0,01954019 0,01925898 0,01898706 0,01872396 0,01846928 0,01822263 0,01798362 0,01775191 0,01752718 0,01730911 0,01709742 0,01689184 0,01669210 0,01649796

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ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS SUNARP
Confirman tacha formulada por Registradora a titulo referido a cancelacion de hipoteca
TRIBUNAL REGISTRAL RESOLUCION Nº 446-2003-SUNARP-TR-L MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2003 APELANTE TITULO : MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA : 4092 del 8.5.2003

II. DECISION IMPUGNADA La Registradora de la MORDAZA Registral Nº VIII- Sede Huancayo, Dra. MORDAZA del MORDAZA MORDAZA Castellares, tacho el titulo por lo siguiente: "De conformidad con el articulo 42º del Reglamento General de los Registros Publicos, se tacha el titulo presentado por cuanto lo solicitado no constituye acto inscribible, a saber: El MORDAZA parrafo del articulo 172º de la Ley General de Banca Nº 26702 establece que la extincion de las garantias constituidas a favor de una empresa del sistema financiero previstas en el articulo 3º de la Ley Nº 26639, no es de aplicacion para los gravamenes constituidos en favor de estas, por lo que siendo que el Banco Popular del Peru (ahora en Liquidacion) es una empresa del Sistema Financiero, no procede extender la inscripcion de la caducidad de la hipoteca solicitada". III. FUNDAMENTOS DE LA APELACION El recurrente solicita la cancelacion en base al articulo 3º de la Ley Nº 26639, anadiendo que "la cancelacion tambien se solicita basado en el hecho de que el derecho del Banco Popular del Peru ha sido declarado prescrito por el Tercer Juzgado en lo Civil de Huancayo". Indica que la Registradora no ha merituado la resolucion judicial acompanada, vulnerando su derecho de peticion. IV. ANTECEDENTE REGISTRAL El inmueble gravado con hipoteca se encuentra registrado en la ficha Nº 08688 del Registro de Propiedad Inmueble de Huancayo. V. PLANTEAMIENTO DE LAS CUESTIONES Interviene como Vocal ponente el Dr. MORDAZA MORDAZA Troncos. De lo expuesto y del analisis del caso, a criterio de esta Sala, la cuestion a dilucidar es determinar si procede la cancelacion de la hipoteca al MORDAZA de la Ley Nº 26639. VI. ANALISIS Primero.- Mediante declaracion jurada con firmas certificadas ante el notario de Huancayo MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el

HOJA DE TRAMITE : 22788 del 26.5.2003 REGISTRO ACTO SUMILLA CADUCIDAD "No resulta aplicable la extincion de hipoteca bajo los alcances de la Ley Nº 26639 cuando dicha hipoteca ha sido otorgada a favor de una entidad que sigue perteneciendo al sistema financiero". I. ACTO CUYA INSCRIPCION SE SOLICITA Y DOCUMENTACION PRESENTADA Se solicita la cancelacion de la inscripcion de la hipoteca otorgada a favor del Banco Popular del Peru e inscrita en el asiento D-1 de la ficha Nº 08688 del Registro de Propiedad Inmueble de Huancayo. A tal efecto se presenta declaracion jurada del recurrente amparandose en el articulo 3º de la Ley Nº 26639, asi como MORDAZA de una Resolucion Judicial certificada por el Secretario Judicial Letrado del Tercer Juzgado Civil de Huancayo MORDAZA R. MORDAZA Flores. : Propiedad Inmueble de Huancayo : Cancelacion de Hipoteca

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