Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2003 (08/09/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
POR CUANTO:

MORDAZA, lunes 8 de setiembre de 2003

Que, en el Presupuesto Institucional de Apertura para el ano fiscal 2003 de la Municipalidad Provincial de Cajabamba, se ha aprobado la suma de S/. 364,364.00, para la adquisicion de los insumos para el Programa del Vaso de Leche durante el presente ano; Que, mediante el Oficio Nº 10-2003-MPC/CEADMC, el Presidente del Comite Especial, hace llegar el Oficio mencionado, a la Direccion de Asesoria Legal, solicitando la emision de un Informe Tecnico Legal sobre la Declaracion de Urgencia la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche, Direccion que emite un Informe Tecnico Nº 052-2003-MPC/DAL, sustentando tal problematica en el sentido que resulta necesario la adquisicion de insumos del Programa del Vaso de Leche correspondiente a los meses de MORDAZA y agosto del presente ano, segun lo estipulado en los articulos 19º literal C y 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001PCM y su Reglamento D.S. Nº 013-2001-PCM; Que, la razon de declarar en situacion de urgencia la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche, radica en la inmediata necesidad de satisfacer el servicio que se viene brindando a las diferentes comunidades, caserios y centros poblados de la jurisdiccion, lo que implicaria un retraso y perjuicio considerable si se procede a la formalizacion del MORDAZA de adjudicacion directa, dado el tiempo que toma la realizacion de dicho MORDAZA en todas sus etapas; Que, es deber de la Municipalidad Provincial de Cajabamba atender la necesidad de la poblacion, satisfaciendo el servicio de entrega de insumos para el vaso de leche a los beneficiarios con el programa y dar cumplimiento a este encargo del Estado. Con el afan de evitar comprometer el servicio que presta la entidad, se procede a declarar en situacion de Urgencia la adquisicion del producto para dicho programa conforme a Ley; Que, el Articulo 43º de la Ley Organica de Municipalidades faculta la expedicion de Resoluciones de Alcaldia para resolver asuntos de caracter administrativo; Por lo que en merito a las atribuciones conferidas por el articulo 20º inciso 6), de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y el Acuerdo Unanime del Concejo Municipal; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR en Situacion de Urgencia la adquisicion de los insumos del Programa del Vaso de Leche, correspondiente a los meses de MORDAZA y agosto del ano 2003 de la Municipalidad Provincial de Cajabamba. Articulo Segundo.- Encargar al Comite Especial llevar a cabo el MORDAZA de Seleccion de Menor Cuantia para la Adquisicion correspondiente. Articulo Tercero.- Publicar la presente Resolucion dentro de los diez dias habiles siguientes. Articulo Cuarto.- Remitir MORDAZA autenticada de la presente Resolucion y del Informe Nº 052-2003-MPC/DAL, a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez dias calendario siguientes. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Provincial 16636

El Concejo Municipal de Sullana en Sesion Ordinaria del 27 de agosto del 2003; VISTO: El Proveido Nº 2838-2003/MPFS/GM, del 19.8.2003, de la Direccion Municipal sobre Declaracion de Emergencia Administrativa y Financiera a la Municipalidad Provincial Fronteriza de Sullana, asi como el Informe Nº 334-2003/MPFS-OF.ADM. del 19.8.2003, emitido por la Oficina de Administracion sobre el reporte de cuentas por pagar; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Vigesima Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27972, que aprueba la nueva Ley Organica de Municipalidades, se dispone que las municipalidades provinciales o distritales, por unica vez, con acuerdo adoptado por dos tercios de los miembros del concejo municipal, podran declararse en emergencia administrativa o financiera, por un plazo MORDAZA de noventa dias, con el objeto de hacer las reformas, cambios o reorganizaciones que fueran necesarias para optimizar sus recursos, respetando los derechos laborales adquiridos legalmente; Que, con los documentos de Vistos se esta recomendando declarar en emergencia administrativa y financiera a la Municipalidad Provincial Fronteriza de Sullana, para que a traves de un MORDAZA de reorganizacion administrativa y de reestructuracion organica se determine la nueva organizacion y la formulacion de los documentos de gestion administrativa de nivel institucional que formalicen su naturaleza, finalidad, objetivos, cargos necesarios y definicion de funciones, entre otros aspectos, compatible, con la estructura organica administrativa gerencial establecida por los Articulos 26º y 28º del mismo cuerpo legal, debiendo efectuarse los ajustes que estimen pertinentes; Que, la emergencia administrativa obliga a revisar la situacion laboral de los servidores municipales, y adoptar las acciones que correspondan, respetando los derechos laborales que hayan sido adquiridos dentro del MORDAZA legal existente; Que, complementando lo anteriormente referido, el articulo 41º de la acotada ley establece que los acuerdos son decisiones especificas sobre cualquier MORDAZA de interes publico, vecinal e institucional que expresan la opinion de la Municipalidad, su voluntad de practicar un determinado acto o de sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal por mayoria de 08, en Sesion Ordinaria Nº 20-2003/MPFS; ACORDO: Articulo Primero.- Declarar en Emergencia Administrativa y Financiera, por unica vez y por un plazo de noventa (90) dias la Municipalidad Provincial Fronteriza de Sullana, para adecuarla a los alcances de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y efectuar las reformas, cambios, reorganizaciones y demas actos administrativos y presupuestales que fueren indispensables para optimizar sus recursos y funciones, para cubrir sus gastos operativos y pendientes, segun lo dispuesto por la Vigesima Disposicion Complementaria de la referida Ley. Articulo Segundo.- Corresponde a la Comision de Reorganizacion y Reestructuracion designada mediante Acuerdo de Concejo Nº 094-2003/MPS, implementar lo dispuesto mediante el articulo precedente, debiendo en su oportunidad presentar sus propuestas y recomendaciones al Concejo Municipal de los resultados de las diferentes etapas del MORDAZA, dentro del plazo establecido, para lo cual contara con el asesoramiento de la persona natural o juridica especializada que contratara el senor MORDAZA para este efecto. Articulo Tercero.- Facultese al senor MORDAZA para que disponga las medidas pertinentes para la aplicacion del presente Acuerdo. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 16612

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SULLANA
Declaran en Emergencia Administrativa y Financiera a la municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 120-2003/MPFS
Sullana, 28 de agosto del 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL FRONTERIZA DE SULLANA

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