Norma Legal Oficial del día 01 de julio del año 2004 (01/07/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, jueves 1 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Declaran sectores de la Feria del MORDAZA y del Centro Comercial Plaza San MORDAZA como Zonas Rigidas para uso de paraderos de servicio de taxis y mototaxis
ORDENANZA Nº 47-MDSM San MORDAZA, 23 de junio de 2004 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal, en Sesion Extraordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de la Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, las Municipalidades Provinciales y Distritales son los organos de gobierno local y gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el inciso 8) del Articulo 195º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley Nº 27680, establece la competencia de los gobiernos locales para desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de transporte colectivo, circulacion y MORDAZA conforme a ley; Que, la accion del gobierno local en materia de transporte y MORDAZA se orienta a la satisfaccion de las necesidades de los vecinos, en resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, asi como la proteccion del ambiente de la comunidad sanmiguelina en su conjunto; Que, en igual forma la Corporacion en aplicacion de la autonomia de sus actos administrativos y de administracion, promueve el desarrollo local permanente e integral, en coordinacion y asociacion a los intereses de la comunidad sanmiguelina, facilitando mejores condiciones de MORDAZA, fortaleciendo el ornato y belleza de su jurisdiccion; Que, ante el inadecuado uso de rutas de transporte de servicio de taxis y mototaxis, y el uso indebido de paraderos no autorizados, esta Corporacion MORDAZA tiene la necesidad de establecer medidas correctivas inmediatas, que permitan una fluidez del sistema vial y la garantia que debe ofrecer la misma para el vecindario; Que, mediante Informe N° 121-2004-GDU/MDSM de fecha 11 de junio del 2004, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, ha establecido el reordenamiento de transporte de servicio de taxis y mototaxis que actualmente utilicen los sectores de las inmediaciones de la Feria del MORDAZA y el Centro Comercial Plaza San MORDAZA, Que, en este contexto, se hace necesario dictar medidas que coadyuven a cumplir con la mejora de la infraestructura vial y de servicios, conservacion y embellecimiento del ornato en los sectores de comercio Interdistrital (C7); Que, en tal sentido, los Centros Comerciales, debidamente autorizados deberan proponer como parte de su infraestructura la adecuacion de zonas de estacionamiento y/o paraderos exclusivamente para el uso de servicios de taxis; Estando a lo expuesto, con el MORDAZA unanime de sus miembros y en uso de las facultades conferidas por el inciso 5) del Articulo 20º y Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, el Concejo Municipal aprobo la siguiente:

ORDENANZA QUE DECLARA MORDAZA RIGIDA LA MORDAZA DE COMERCIO INTERDISTRITAL (C-7) Articulo Primero.- DECLARAR MORDAZA Rigida, para el uso de paraderos de servicio de taxis y mototaxis, el Sector de la Feria del MORDAZA, comprendido entre: - Av. La MORDAZA, altura cuadras 23 y 24, lado impar. - MORDAZA Tungasuca, cuadra 3. - Av. MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, cuadras 1, 2 y 3. Articulo Segundo.- DECLARAR MORDAZA Rigida, para el uso de paraderos de servicio de taxis y mototaxis, el sector del Centro Comercial Plaza San MORDAZA, comprendido entre: - Av. La MORDAZA, altura cuadra 20, lado par. - Av. MORDAZA MORDAZA, altura cuadras 6 y 7. - MORDAZA Mantaro, entre la Av. Universitaria y la Av. MORDAZA Aguero. - Av. Universitaria, entre la MORDAZA Mantaro y la Av. La Marina. Articulo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Policia Municipal y Control de la MORDAZA en coordinacion con la Gerencia de Desarrollo Urbano. Articulo Cuarto.- COMUNICAR el contenido de la presente Ordenanza a la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA de MORDAZA Metropolitana, Ministerio Publico y la Policia Nacional del Peru, para que dentro de su competencia, presten el apoyo necesario para el cumplimiento de la misma. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA AGUAYO LUY Regidor Encargado del Despacho de Alcaldia 12317

Prohiben otorgamiento de autorizaciones de espectaculos publicos no deportivos temporales, que impliquen la concurrencia desordenada de publico, comercio ambulatorio, ruidos molestos y otros
ACUERDO DE CONCEJO Nº 91-2004-MDSM San MORDAZA, 23 de junio de 2004 VISTO, en Sesion Extraordinaria de Concejo celebrada en la fecha, el Informe Nº 057-2004-GPVPS/MDSM, de fecha 17 de junio de 2004, emitido por la Gerencia de Participacion Vecinal y Promocion Social; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de la Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; dicha autonomia radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico; Que, los Gobiernos Locales son entidades basicas de la organizacion territorial del Estado y MORDAZA inmediatos de participacion vecinal en los asuntos publicos, que institucionalizan y gestionan con autonomia los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el terri-

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