Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2004 (15/06/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, martes 15 de junio de 2004

NORMAS LEGALES
te:

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rectorio de las empresas en las que FONAFE participa como accionista. AMBITO. La presente Directiva es de aplicacion a los directores de las empresas del Estado bajo el ambito de FONAFE, MORDAZA estas de Derecho Publico o de Derecho Privado, asi como a los directores de las demas empresas en las que FONAFE mantiene una participacion minoritaria directa o indirecta, y que hayan sido designados a propuesta de este o la entidad correspondiente. GESTION DE LOS DIRECTORES. El Directorio de una empresa del Estado es su MORDAZA organo de administracion y goza de las facultades de gestion necesarias para el cumplimiento del objeto para el cual esta fue creada. En virtud a ello, el directorio de una empresa del Estado ejerce sus funciones a traves de la participacion colegiada de sus miembros, quienes, a su vez, deben proceder cumpliendo sus obligaciones y ejerciendo las facultades individuales que les corresponden. La gestion de los Directores debe desarrollarse a niveles de excelencia, optimizando los recursos invertidos en las Empresas en las que participan, generando asi los mejores resultados en cuanto a eficiencia operativa, rentabilidad economica y atencion de las necesidades de la poblacion en general. Un director carece por si mismo de facultades de administracion y representacion, salvo lo dispuesto en las normas internas de las Empresas, y en las normas que rigen la Actividad Empresarial del Estado. DEFINICIONES Empresa: Empresas del Estado bajo el ambito de FONAFE y empresas en las que FONAFE participa como accionista. Miembro del directorio de una Empresa, designado a propuesta de FONAFE. Directorio de una Empresa. La presente directiva. Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado ­ La Ley Nº 27170.

3.1 Acreditar mediante declaracion jurada lo siguiena) Que poseen un grado academico universitario o alguno de los titulos otorgados a nombre de la Nacion que se indica en el articulo 25º del Reglamento, y adicionalmente que cuentan con un minimo de cinco anos de experiencia profesional; o en su defecto, que cuentan con un minimo de diez anos de experiencia comprobada en empresas del rubro o sector que corresponda. b) Que no han sido destituidas o despedidas por falta administrativa y/o disciplinaria de Empresa, entidad u organismo del Estado. c) Que no tienen impedimento para ser designadas como Directores de una Empresa, de conformidad con el articulo 161º de la Ley General de Sociedades - Ley Nº 26887, y el articulo 81º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, si fuera el caso. d) Que no son parte en procesos judiciales pendientes de resolucion contra la Empresa donde ejercen o ejerceran sus funciones. e) Que conocen las disposiciones contenidas en la Ley que Establece la Prohibicion de Ejercer la Facultad de Nombramiento y Contratacion de Personal en el Sector Publico en Casos de Parentesco - Ley Nº 26771. f) Que conocen las disposiciones contenidas en la Ley que Establece Prohibiciones e Incompatibilidades de Funcionarios y Servidores Publicos, asi como de las Personas que Presten Servicios al Estado Bajo Cualquier Modalidad Contractual ­ Ley Nº 27588 y el Decreto Supremo Nº 019-2002-PCM. g) Que conocen las disposiciones contenidas en la Ley MORDAZA del Empleo Publico - Ley Nº 28175. h) Que no se encuentran incursas en ninguno de los supuestos contemplados en los literales a), h) e i) del articulo 11º de la presente Directiva, en concordancia con lo establecido en el articulo 12º de la misma, si fuera el caso. 3.2 Presentar un curriculum vitae actualizado y documentado. 3.3 No ejercer el cargo de Director en mas de una Empresa, salvo las excepciones establecidas en el articulo 27º del Reglamento. Articulo 4º.- Para efectos de lo establecido en el literal a) del numeral 3.1 del articulo precedente, se entiende por MORDAZA academicos universitarios los contemplados en la Ley Universitaria - Ley Nº 23733, o MORDAZA que la sustituya. Articulo 5º.- Para efectos del computo del numero MORDAZA de Directorios que puede integrar una misma persona, no se tendra en cuenta la participacion en los Directorios de: a) Empresas de accionariado del Estado. b) Empresas en las que FONAFE ejerza propiedad indirecta. c) Empresas no operativas. d) Empresas del Estado sujetas al MORDAZA de promocion de la inversion privada, siempre que por Acuerdo de PROINVERSION se MORDAZA dispuesto la no aplicacion del primer parrafo del articulo 27º del Reglamento. Asimismo, tampoco se computara como participacion en un Directorio la designacion como Director suplente, salvo para efectos del limite de dietas a que se refiere el articulo 27º del Reglamento. Articulo 6º.- Los Directores que MORDAZA empleados publicos solo podran percibir dietas por su participacion en el directorio de una empresa o entidad del Estado, con los limites que establece el Reglamento. Sin perjuicio de ello, podran participar, sin percibir dietas, en otros Directorios dentro de los limites que establezca el Reglamento.

Director:

Directorio: Directiva: Ley:

Reglamento: Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado ­ Ley Nº 27170, y sus normas modificatorias.
CAPITULO I PROCEDIMIENTO DE DESIGNACION DE DIRECTORES

Articulo 1º.- El procedimiento para la designacion de los Directores se realizara en el siguiente orden: a) Adopcion del Acuerdo del Directorio de FONAFE aprobando la designacion. b) Publicacion del Acuerdo de Directorio de FONAFE en el Diario Oficial El Peruano. c) Adopcion del Acuerdo de la Junta General de Accionistas de la Empresa, instrumentalizando el acuerdo del Directorio de FONAFE. Articulo 2º.- El ejercicio del cargo de Director comienza a partir de la fecha de celebracion de la Junta General de Accionistas referida en el literal c) del articulo anterior. Articulo 3º.- Solo podran ser designadas como Directores por el Directorio de FONAFE, las personas que cumplan con:

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