Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 2004 (19/06/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 19 de junio de 2004

PODER EJECUTIVO PCM
Prorrogan Estado de Emergencia declarado por D.S. Nº 029-2004-PCM en el departamento de MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 044-2004-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 029-2004-PCM se declaro el Estado de Emergencia en el departamento de MORDAZA por un plazo de sesenta (60) dias naturales, a fin que se ejecuten las acciones necesarias para la atencion de la emergencia y la rehabilitacion de las zonas afectadas; Que, subsisten las condiciones que determinaron la Declaratoria de Estado de Emergencia, por cuanto los fenomenos meteorologicos que las originaron se siguen manifestando y las obras de rehabilitacion aun estan pendientes de ejecucion; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 137º de la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y en concordancia con el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 058-2001-PCM; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Prorroga de Estado de Emergencia Prorrogar por el termino de sesenta (60) dias naturales, el Estado de Emergencia declarado por el Decreto Supremo Nº 029-2004-PCM en el departamento de Ayacucho. Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economia y Finanzas, el Ministro de Agricultura y la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de junio del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 11744

la Comision Multisectorial encargada de elaborar un informe sobre los puntos controvertidos existentes entre la empresa Le Tourneau del Peru y el Estado Peruano; Que, la citada Comision debe presentar el informe a que se refiere el considerando anterior en el plazo de tres (3) meses, contado a partir de la designacion de todos sus miembros; Que, debido a la complejidad del tema, resulta necesario prorrogar el plazo para que la Comision Multisectorial pueda culminar con la elaboracion del referido informe; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- OBJETO DE LA MORDAZA Prorrogase por sesenta (60) dias utiles el plazo para que la Comision Multisectorial creada por Decreto Supremo Nº 019-2004-PCM, presente el informe sobre los puntos controvertidos existentes entre la empresa Le Tourneau del Peru y el Estado Peruano, a que se refiere el articulo 3º del citado dispositivo legal. Articulo 2º.- REFRENDO El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de junio del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 11745 FE DE ERRATAS RESOLUCION SUPREMA Nº 215-2004-PCM Mediante Oficio Nº 225-B-2004-SCM-PR, la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Suprema Nº 215-2004-PCM, publicada en nuestra edicion del dia 18 de junio de 2004. DICE: Articulo 4º.- El cumplimiento de la presente resolucion no ocasionara gasto alguno al Estado, ni otorgara derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. DEBE DECIR: Articulo 4º.- La presente resolucion no otorga derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. 11740

AGRICULTURA
Disponen redimensionar la "Zona 3" de los Bosques de Produccion Permanente del departamento de MORDAZA de MORDAZA, aprobados por R.M. Nº 1351-2001-AG
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0441-2004-AG
MORDAZA, 16 de junio de 2004 CONSIDERANDO: Que, el numeral 3.3 del Articulo 3º de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA - Ley Nº 27308, establece que el Ministerio de Agricultura es el organo normativo y promotor del uso sostenible y conservacion de los recursos forestales y de fauna silvestre;

Prorrogan plazo otorgado a la Comision Multisectorial creada por D.S. Nº 0192004-PCM, para presentar informe sobre puntos controvertidos entre empresa y el Estado Peruano
DECRETO SUPREMO Nº 045-2004-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 019-2004-PCM modificado por el Decreto Supremo Nº 022-2004-PCM, se creo

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