Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 2004 (19/06/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

MORDAZA, sabado 19 de junio de 2004

NORMAS LEGALES

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subjetivo que depende del evaluador, por lo cual solicita que se considere el mismo numero de arranques utilizados en la evaluacion del Precio Basico de Potencia, igual a 200. 2.1.1.3 FACTOR DE PLANTA Que, la recurrente senala que se debe considerar el factor de planta de las unidades en la determinacion del CVNC, aun cuando la propuesta inicial de ETEVENSA no lo contemplara. En este sentido, expresa que el modelamiento realizado supone que la unidad operara con su potencia efectiva en todo momento, lo cual es incorrecto, y por lo cual se debe considerar el factor de planta propuesto de 0,75. 2.1.2 ANALISIS DEL OSINERG 2.1.2.1 HORAS DE OPERACION DINAMICAS Que, si bien es correcto que el fabricante senala que se deben considerar las horas dinamicas de operacion como parte de las HOE de la turbina, el fabricante no manifiesta (segun la informacion que ha sido proporcionada al regulador por la recurrente) que dichas horas dinamicas de operacion se estimen en funcion de las horas de operacion en carga base de la unidad, sino que estas se hallan en funcion del numero de disparos, rechazos de carga y cambios subitos de carga que ocurran durante la operacion de la unidad; es decir la solicitud de la recurrente es una representacion que carece de sustento en la documentacion del fabricante, pero que podria ser valida como elemento de aproximacion en tanto se base en supuestos razonables; Que, debido a que las horas dinamicas de operacion son funcion del numero de disparos, rechazos de carga y cambios subitos de carga que ocurran durante la operacion de la unidad, ciertamente las horas dinamicas dificilmente seran nulas durante la operacion de esta, y por tanto se ha procedido a estimar un valor adecuado de las mismas conforme ha sido solicitado por la recurrente; Que, para dicha estimacion, es necesario tener en cuenta los eventos que originan las horas dinamicas para poder determinar asi, si el valor de horas dinamicas solicitado por ETEVENSA es apropiado (equivalentes al 19,2% de las horas de operacion); Que, los rechazos de carga y los cambios subitos de carga se originan por causa del sistema electrico, y por tanto son caracteristicos de cada sistema. Asimismo, los disparos de la unidad atribuidos al comportamiento del sistema electrico no deben ser considerados, pues ellos no se deberian producir con una adecuada calibracion de la unidad MORDAZA de su puesta en servicio; Que, visto lo anterior, es razonable asumir que sera mas probable que ocurran rechazos de carga y cambios subitos de carga, mientras mas horas efectivamente opere una unidad. De igual manera, de acuerdo a la informacion presentada por ETEVENSA en la Absolucion de Observaciones, en la hoja "HEO" del archivo "CVNC TG3 y TG4ETV_04.xls", mayor probabilidad de ocurrencia de MORDAZA se presenta en la transicion del cambio de posicion de las guias de entrada (IGV), hecho que se produce en cada arranque de la unidad, y en consecuencia, el numero de arranques es otro factor que influye en el numero de horas dinamicas; Que, por tanto, la propuesta por la recurrente, de considerar las horas dinamicas unicamente respecto de la horas de operacion efectiva es incompleta, por lo cual, una mejor aproximacion debe considerar tambien que las horas dinamicas son proporcionales al numero de arranques de la unidad; Que, en este sentido, a partir de los datos de operacion contenidos en el recurso, el indice de horas dinamicas por horas de operacion y numero de arranques historicos es de 0,00128 y 0,00126 para las unidades TG33 y TG34. Sin embargo, teniendo en cuenta que el cambio de combustible previsto para las unidades TG33 y TG34 de la central termoelectrica de Ventanilla originara un cambio en el orden de despacho de dichas unidades, es evidente que el regimen de operacion historico no es una referencia adecuada para propositos de estimar la operacion futura; y en este sentido, se ha tenido por conveniente asumir que los datos de la central termoelectrica Costanera seran representativos de la operacion de la central de Ventanilla con gas natural, habiendose obtenido como resultado un indice de 0,00045, debido a un mayor regimen de operacion, el cual corresponde a 6,8% de las horas de operacion efectiva de la unidad (valor inferior al propuesto por la recurrente), para el numero de arranques considerado en el calculo del CVNC; Que, en razon de las consideraciones expuestas, este extremo del recurso de reconsideracion de ETEVENSA debe ser declarado fundado en parte.

2.1.2.2 NUMERO DE ARRANQUES Que, en MORDAZA, se debe mencionar que la recurrente ha solicitado se considere para el calculo del CVNC, el mismo numero de arranques utilizados en el calculo del Costo Fijo No Combustible de la unidad de punta, presentando como unico sustento de su pedido, que el numero de arranques es subjetivo y que depende del evaluador. Tal como se aprecia, la recurrente no presenta ningun argumento tecnico ni juridico para justificar su solicitud, y en este sentido, su pedido carece de fundamento alguno; Que, complementariamente, es necesario senalar que no puede existir proximidad entre el regimen de operacion de una unidad que operaria con petroleo diesel Nº 2 (empleada para el precio basico de potencia), y las unidades de ETEVENSA, que operaran con gas natural; pues este solo hecho implica un regimen de operacion completamente distinta entre MORDAZA unidades, por lo cual carece de toda logica pretender considerar los datos de una unidad para estimar los costos de operacion de otra; Que, en razon de las consideraciones expuestas, este extremo del recurso de reconsideracion debe ser declarado infundado. 2.1.2.3 FACTOR DE PLANTA Que, respecto de este punto, se debe manifestar que el OSINERG ha tomado en consideracion que el calculo del CVNC debe ser coherente con el calculo del Costo Variable Combustible (en adelante "CVC"), los cuales componen el Costo Variable Total que se utiliza para efectos de la fijacion de Tarifas en Barra. En este sentido, se ha tenido en cuenta que el CVC se calcula considerando la eficiencia correspondiente a la potencia efectiva de la unidad, y por tanto, por coherencia se ha considerado la determinacion del CVNC para las mismas condiciones; Que, de otro lado, se debe hacer notar a la recurrente que su peticion carece de fundamento, por cuanto el procedimiento seguido estima un valor unitario que se supone valido por unidad de energia producida (US$/MWh), es decir que es aplicable para la operacion en cualquier factor de planta4 . Asi, debe recordar la recurrente que, el analisis realizado se efectua para diversas horas de operacion por ano, o lo que es lo mismo diferentes niveles de energia producida y en consecuencia multiples factores de planta, y por tanto ya se halla considerado el factor que solicita la recurrente; Que, en razon de las consideraciones expuestas este extremo del recurso de reconsideracion debe ser declarado infundado. 2.2 PRECIO DEL GAS 2.2.1 SUSTENTO DEL PETITORIO Que, ETEVENSA senala que dado que la central termoelectrica de Ventanilla es un proyecto, la fijacion de Tarifas en MORDAZA debe considerar los datos de este proyecto, incluyendo el precio que tendra el gas cuando inicie su operacion la central, pues ello corresponde a la aplicacion del MORDAZA de eficiencia y eficacia regulado por el Articulo 14º del Reglamento del OSINERG5 ; Que, senala que en este orden de ideas, el gas natural es un combustible que fisicamente no esta en este momento, pero que sin embargo existen parametros que permiten determinar el precio del gas para cuando la central inicie su operacion en agosto de 2004. En este sentido, se debe utilizar dicho precio en la fijacion de tarifas. 2.2.2 ANALISIS DEL OSINERG Que, respecto de este punto, se debe recordar a la recurrente que el Articulo 50º de la LCE senala que se de-

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El factor de planta es el cociente entre la energia producida en un ano y la MORDAZA energia producible; o lo que es lo mismo el cociente de la potencia media generada durante el ano y la MORDAZA potencia de la unidad. Articulo. 14º. - MORDAZA de Eficiencia y Efectividad.- La actuacion de OSINERG se guiara por la busqueda de eficiencia en la asignacion de recursos y el logro de los objetivos al menor costo para la sociedad en su conjunto.

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