Norma Legal Oficial del día 24 de noviembre del año 2004 (24/11/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 24 de noviembre de 2004

to los mencionados certificados de fumigacion presentados por la Empresa CORLAC S.A. y que han sido materia de su descalificacion en el MORDAZA, pero que sin embargo dicha empresa ha procedido a formular su respectivo recurso de impugnacion el mismo que a la fecha se encuentra en el tramite correspondiente; Que, asimismo la Jefatura del Programa del Vaso de Leche mediante Informe Nº 0398-04-PVL/MSJL, ha puesto de conocimiento de la Entidad que el suministro de leche evaporada entera esta proximo a vencerse al haberse llegado al tope contractual pactado a la fecha segun el control de distribucion de la Jefatura del Programa del Vaso de Leche; Que, en tal sentido debe indicarse que las situaciones informadas por la Gerencia de Administracion respecto de que no ha quedado consentida la buena pro de la Licitacion Publica Nacional Nº 002-2004-CE-MDSJL, "Contratacion del Suministro de Insumos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche: Leche Evaporada Entera" por la impugnacion del Postor CORLAC S.A., han originado una situacion de orden objetivo, razon por la cual se hace necesario adoptar las medidas administrativas previsoras del caso a efecto de cumplir con la prestacion efectiva del mencionado suministro de productos alimenticios hasta que quede consentido definitivamente la Buena Pro del MORDAZA de licitacion referido; Que, asimismo mediante Informe Nº 1295-2004-GAJ/ MDSJL la Gerencia de Asesoria Juridica de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho emite su informe legal en el sentido de que el requerimiento planteado por la Gerencia de Administracion, configura el supuesto de situacion de urgencia previsto en el Art. 21º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, toda vez que se trata de una situacion extraordinaria que compromete un servicio esencial a favor de la comunidad razon por la cual se pronuncia por la procedencia que se declare la situacion de urgencia en este extremo mientras dure el MORDAZA de seleccion convocado para tal fin; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y en el D.S. Nº 012-2001-PCM y D.S Nº 013-2001PCM, con el MORDAZA MAYORITARIO del Pleno del Concejo, las ABSTENCIONES DE LOS SENORES REGIDORES ROMER MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA OTAROLA DE LA MORDAZA, MORDAZA NEPTALI MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA SURICHAQUI, MORDAZA ESTRAVER MORDAZA y MORDAZA NERIO MORDAZA MORDAZA, con la dispensa del tramite de comisiones y aprobacion de acta. ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR en Situacion de Urgencia la contratacion del Suministro de Insumos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche: Leche evaporada entera, de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho por un plazo de 30 dias o hasta la fecha en que quede consentido el otorgamiento de la buena pro de la Licitacion Publica Nacional Nº 002-2004-CE-MDSJL, exonerandose del MORDAZA de seleccion correspondiente durante dicho lapso de tiempo. Articulo Segundo.- Autorizar al Comite Especial para que proceda conforme a ley a la contratacion del Suministro de Insumos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche: Leche evaporada entera, de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho segun el detalle siguiente:
Nº 1 Descripcion Leche evaporada entera en lata de 410gr Cantidad semanal aproximada 75,675 unidades Valor Unitario Referencial S/.1.76 nuevos soles

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Suspenden y modifican disposiciones de la Ordenanza Nº 51-MDSM que regula procedimiento para instalacion temporal de elementos de seguridad en la via publica
ORDENANZA Nº 55-MDSM
San MORDAZA, 30 de setiembre de 2004 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal, en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, estando a lo dispuesto por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, las Municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad con el inciso 11 del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru, la persona tiene derecho a transitar libremente por el territorio nacional salvo limitaciones establecidas por razones de sanidad, por mandato judicial o por aplicacion de la Ley de Extranjeria; Que, por Ordenanza Nº 51-MDSM de fecha 27 de agosto de 2004, se regula el Procedimiento para la Instalacion Temporal de Elementos de Seguridad en la Via Publica; Que, el inciso K) del Articulo 7º de la Ordenanza Nº 51-MDSM, establece como requisito para la obtencion de la autorizacion para la instalacion de elementos de seguridad, el Informe favorable del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru; requisito que los administrados no podrian cumplir por cuanto la competencia del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, segun la Ley Nº 27067 y la Ley Nº 27996, se limita unicamente para el otorgamiento de autorizaciones de funcionamiento; Que, en este orden de ideas, y hasta que la competencia del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru para la emision de informes no se amplie para emitir informe respecto de elementos de seguridad en la via publica, la aplicacion del requisito establecido en el inciso k) del Articulo 7º de la Ordenanza MDSM, debe ser suspendido; Que, por otro lado, la Administracion viene llevando a cabo talleres de informacion y difusion de la Ordenanza Nº 51-MDSM, para facilitar a los vecinos el manejo de esta MORDAZA municipal que les asegure cumplir con la regularizacion y/o adecuacion de las autorizaciones en el plazo establecido en la Cuarta Disposicion Transitoria y Final; Que, cabe precisar que el plazo establecido en la Cuarta Disposicion Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 51MDSM, resulta insuficiente, por cuanto las organizaciones sociales a la fecha no cuentan con todos los requisitos, razon por la cual resulta atendible prorrogar el plazo establecido en la MORDAZA MORDAZA mencionada; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Distrital de San MORDAZA, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE SUSPENDE LA APLICACION DEL INCISO K) DEL ARTICULO 7º Y AMPLIA EL PLAZO DE ADECUACION ESTABLECIDO EN LA CUARTA DISPOSICION TRANSITORIA Y FINAL DE LA ORDENANZA Nº 51-MDSM, QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA LA INSTALACION TEMPORAL DE ELEMENTOS DE SEGURIDAD EN LA VIA PUBLICA DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- SUSPENSION DE APLICACION DEL INCISO K) DEL Articulo 7º Suspender el requisito establecido en el inciso k) del Articulo 7º de la Ordenanza Nº 51-MDSM, hasta que se amplien las facultades y competencias del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru para la expedicion de informes para la instalacion de elementos de seguridad en la via publica.

Fuente de financiamiento: 17 Recursos Ordinarios para Gobiernos Locales

Articulo Tercero.- Disponer la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, asi como remitir el presente a conocimiento de la Contraloria General de la Republica dentro de los plazos establecidos en la normativa vigente. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 21260

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