Norma Legal Oficial del día 10 de agosto del año 2005 (10/08/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, miercoles 10 de agosto de 2005

NORMAS LEGALES

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Articulo 3º.- Vigencia de la representacion La designacion del representante a que se refiere el articulo 1º rige a partir de la vigencia de la presente Resolucion y en tanto dure la labor de la Comision. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 13906

CONSUCODE
Sancionan a CRCJ S.R.L. con suspension en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 730/2005.TC-SU
Sumilla: Imponer sancion administrativa a la empresa CEERECEJOTA S.R.L. ­CRCI S.R.L., por la infraccion tipificada en el literal b) del articulo 205º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. MORDAZA, 4 de agosto de 2005 Visto, en Sesion de la Sala Unica del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de fecha 24 de junio de 2005, el Expediente Nº 391/2004.TC referido al procedimiento de aplicacion de sancion a la empresa CEERECEJOTA S.R.L. ­ CRCJ S.R.L. por la presunta responsabilidad en el incumplimiento injustificado de obligaciones derivadas del Contrato Nº 031-2003-LOG-INO, suscrito en virtud del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Selectiva Nº 002-2003-INO-MINSA, convocado por el Instituto Especializado de Oftalmologia ­ INO, para el "Servicio de Atencion de Menus para Pacientes y Personal de Guardia", y atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES: 1. Con fecha 5 de marzo de 2003, el Instituto Especializado de Oftalmologia - INO (en adelante la Entidad) convoco al MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 002-2003-INO-MINSA, para el "Servicio de Atencion de Menus para Pacientes y Personal de Guardia", otorgando la Buena Pro a favor de la empresa Ceerecejota S.R.L. ­ CRCJ S.R.L. (en adelante la Contratista) el dia 26 de marzo de 2003. 2. El 19 de MORDAZA de 2003, la Entidad y la Contratista, suscribieron el Contrato Nº 031-2003-LOG-INO y el Anexo Nº 01 del mismo, por un monto total ascendente a S/. 68 400,00 Nuevos Soles incluido I.G.V. El plazo del presente contrato seria de doce (12) meses, contados a partir del 21 de MORDAZA de 2003. 3. Mediante Informe Nº 001-2003 de fecha 12 de MORDAZA de 2003, el personal rotativo asistencial de la Entidad pone en conocimiento del Jefe de la Oficina de Personal su malestar por el servicio que viene prestando la Contratista, manifestando que los desayunos y cenas no son los adecuados y no justifica el costo, las cuales son incompletas y muchas veces falta el postre, en tanto que la sopa tiene consistencia espesa como mazamorra, los segundos frios y mal preparados, desayunos sin leche, malestar que viene sucediendo desde hace varias semanas atras, habiendose puesto en conocimiento del representante de la Contratista, encontrando como respuesta que no pueden mejorar porque el costo no cubre el servicio, reclamo que fuera notificado a la misma por el Jefe del Area de Bienestar de Personal con Memorando Nº 0472003-INO-BP de fecha 24 de junio de 2003. 4. Con Memorandum Nº 041-2003-SUP.SERV. HOSP.INO de fecha 9 de MORDAZA de 2003, la Supervisora

del Servicio de Hospitalizacion informo a la Oficina de Logistica, que la Contratista no estaba cumpliendo con sus actividades, siendo deficiente en el servicio de atencion de pacientes, el horario de desayuno, asi como la demora para el recojo de utensilios, dando un ambiente desagradable para el MORDAZA y personal, con el riesgo de presencia de insectos, documento refrendado por el Jefe del Centro Quirurgico y Hospitalizacion, en tanto que con Informe de fecha 10 de MORDAZA de 2003, el personal de MORDAZA expreso su disconformidad a la Jefa de Logistica, manifestando que en dos guardias seguidas les han servido el mismo menu, el cual no guarda relacion con el precio que se paga por dieta. 5. Debido al incumplimiento injustificado de las obligaciones contractuales esenciales mencionadas en los numerales precedentes, mediante Carta Nº 235-03-LOGINO de fecha 15 de MORDAZA de 2003, la Entidad requirio a la Contratista que mejore la calidad del servicio de atencion y expendio de alimentos, recomendandole ademas, que por tratarse de personal que cumple guardias hospitalarias nocturnas este menu debe ser mejorado en el valor nutritivo-proteico. 6. Mediante Memorando Nº 056-2003-SUPSERV.HOS.-INO de fecha 5 de noviembre de 2003, refrendado por el Jefe del Centro Quirurgico y Hospitalizacion, la Supervisora del Servicio de Hospitalizacion, comunico a la Jefatura de Logistica que una vez mas la Contratista que provee los alimentos a los pacientes, sigue incurriendo en las mismas deficiencias que dieron origen al Memorando Nº 041-2003-SUP.SERV.HOSP.INO de fecha 9 de MORDAZA de 2003, manifestando que en la cena para el personal de turno noche del dia 4 de noviembre de 2003, se pudo observar la presencia de insectos rastreros en la misma. 7. Con Carta Notarial Nº 436-2003-LOG-INO de fecha 7 de noviembre de 2003, la Entidad requirio a la Contratista para que en un plazo MORDAZA de cinco (5) dias cumpla con sus obligaciones contractuales derivadas del Contrato Nº 031-2003-LOG-INO de fecha 19 de MORDAZA de 2003, bajo apercibimiento de que el mismo quede resuelto y se apliquen las penalidades y sanciones respectivas. 8. Con Informe S/N de fecha 10 de noviembre de 2003, el personal de MORDAZA de la Entidad manifiesta que en los ultimos meses se ha venido recibiendo las cenas de turno de MORDAZA en malas condiciones higienicas y de observacion (comida malograda). 9. Mediante carta simple de fecha 13 de noviembre de 2003, la Contratista senalo que a fin de dar solucion al problema recomienda instruir al personal de MORDAZA de la noche a pasar sus alimentos en el comedor de la Entidad para evitar queja o cuestionamiento alguno y que presentara semanalmente la relacion de menus a servir al personal, para recibir observacion y/o recomendacion y de esa manera mejorar la calidad de la atencion a favor del Instituto. 10. Con Memorando Nº 593-2003-OP-INO de fecha 17 de noviembre de 2003, el Jefe de la Oficina de Personal informo al Director Ejecutivo de Administracion que de acuerdo al Informe de Personal de MORDAZA de fecha 10 de noviembre de 2003, las quejas son continuas respecto al servicio que brinda la Contratista, a pesar de que la responsable del Area de Bienestar de Personal ha conversado en varias oportunidades con el Administrador de la mencionada empresa para que mejore sus servicios, quienes han hecho caso omiso y recomienda se de termino al servicio. 11. Mediante Carta Notarial Nº 016-2004-LOG-DEAINO de fecha 19 de enero de 2004, una vez mas se requiere a la Contratista para que cumpla con sus obligaciones derivadas del Contrato Nº 031-2003-LOG-INO, respecto a la calidad de la prestacion del servicio, otorgandosele un plazo MORDAZA de cinco dias, bajo apercibimiento de que el contrato quede resuelto y se le apliquen las penalidades y sanciones administrativas correspondientes. 12. Con Carta de fecha 19 de enero de 2004, cursada por el Delegado General de los Medicos Residentes, una vez mas se reitero las quejas mencionadas precedentemente. 13. Segun Acta de Verificacion en la Calidad de la Prestacion del Servicio de fecha 26 de enero de 2004, la Jefe de la Oficina de Logistica y Personal de MORDAZA del INO, en presencia de un representante de la Contratista, se reunieron a las 7.30 p.m., para verificar la queja

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