Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2005 (04/12/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 4 de diciembre de 2005

aprobado por Decreto Legislativo Nº 635 y normas modificatorias; Que, ademas, el Tribunal Fiscal mediante Resolucion Nº 681-3-98 de fecha 10 de agosto de 1998, que constituye jurisprudencia de observancia obligatoria, ha dispuesto que si bien carece de competencia para aplicar sanciones a los funcionarios de la Administracion Tributaria que incumplieran sus resoluciones, aquellos incurren en responsabilidad penal, la que debera hacer efectiva el Poder Judicial a traves del MORDAZA penal correspondiente, el que se inicia con la denuncia que interpone el Procurador Publico del Sector, sin perjuicio de la responsabilidad civil; Que, por lo expuesto, resulta procedente autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas para que, en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales pertinentes contra quienes resulten responsables de la comision de estos delitos; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y por el Decreto Ley Nº 17537 que regula la representacion y defensa del Estado en juicio y sus normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas para que, en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra los presuntos responsables del Servicio de Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, por la comision de los delitos contra la Administracion Publica Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omision, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitase MORDAZA de la presente resolucion al mencionado Procurador Publico, para su cumplimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese.

aquellas que la Sociedad Concesionaria pueda proponer a sugerencia de las entidades financieras, unicamente seran validas cuando MORDAZA acordadas por escrito y suscritas por representantes con poder suficiente de las Partes y cumplan con los requisitos pertinentes de las Leyes Aplicables; Que, siendo conveniente modificar el texto de la Clausula 9.9 del Contrato con el fin de precisar la vigencia de condiciones exigibles solo durante la etapa de construccion del Sistema de Transmision, por cuanto el mismo ya se encuentra en operacion comercial, es necesario autorizar al Viceministro de Energia para que, en nombre del Estado y en representacion del Ministerio de Energia y Minas en calidad de Concedente, suscriba la Minuta que recoge tal modificacion y la Escritura Publica correspondiente; Estando a lo dispuesto en el inciso f) del articulo 30º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de las normas con rango de ley que regulan la entrega en concesion al Sector Privado de las obras publicas de infraestructura y de servicio publicos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 060-96-PCM, y en los incisos g) y j) del articulo 10º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 025-2003-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Viceministro de Energia para que, en nombre del Estado y en representacion del Ministerio de Energia y Minas en calidad de Concedente, suscriba con RED ELECTRICA DEL SUR S.A. la Minuta del Addendum Nº 3 que formalice la modificacion del texto de la Clausula 9.9 del Contrato BOOT para el "Reforzamiento de los Sistemas Electricos de Transmision del Sur". Registrese, comuniquese y publiquese. GLODOMIRO MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 20514

MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas 20587

MIMDES
Aceptan renuncia de Miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de Ica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 776-2005-MIMDES MORDAZA, 2 de diciembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-97PROMUDEH modificado mediante Decreto Supremo Nº 004-2003-MIMDES, se aprobo la conformacion de los Directorios de las Sociedades de Beneficencia y Juntas de Participacion Social, los cuales estan integrados, entre otros, por dos representantes del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES, uno de los cuales debe presidirlo; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 291-2005MIMDES de fecha 12 de MORDAZA de 2005, entre otros, se designo a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de Ica, cargo al que ha formulado renuncia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27793; en la Ley Nº 26918; en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES; y en el Decreto Supremo Nº 002-97-PROMUDEH modificado por el Decreto Supremo Nº 004-2003MIMDES;

ENERGIA Y MINAS
Autorizan suscribir con Red Electrica del Sur S.A. la Minuta del Addendum Nº 3 que formalice modificacion de Contrato BOOT para el "Reforzamiento de los Sistemas Electricos de Transmision del Sur"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 337-2005-MEM/DM MORDAZA, 23 de agosto de 2005 CONSIDERANDO: Que, con fecha 19 de marzo de 1999 se suscribio el Contrato BOOT denominado "Reforzamiento de los Sistemas Electricos de Transmision del Sur" entre RED ELECTRICA DEL SUR S.A. en calidad de Sociedad Concesionaria y el Estado Peruano, actuando a traves del Ministerio de Energia y Minas. En calidad de Concedente; Que, el 14 de setiembre de 2000 y el 7 de marzo del 2002 las mismas partes suscribieron el Addendum Nº 1 y el Addendum Nº 2 a dicho Contrato, respectivamente; Que, el MORDAZA parrafo de la Clausula 22.6 del mencionado Contrato establece que las modificaciones y aclaraciones que se realicen al mismo, incluyendo

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