Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2005 (30/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 108

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ORDENANZA Nº 092-MDCH Chorrillos, 3 de diciembre del 2005.

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 30 de diciembre de 2005

Modifican la Ordenanza Nº 088-MDCH

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA en Sesion Ordinaria de la fecha, visto el Dictamen Nº 019-2005-MJM-CPEP de la Comision de Planificacion, Economia y Presupuesto; con el MORDAZA UNANIME de sus miembros, y con dispensa del tramite de aprobacion de Acta, ha dado la siguiente: ORDENANZA SOBRE MODIFICACION DE DETERMINACION DE TASAS DE ARBITRIOS MUNICIPALES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- FINALIDAD DE APLICACION En uso de la potestad tributaria municipal prevista en la Constitucion Politica del Peru y en cumplimiento a lo establecido en las Sentencias del Tribunal Constitucional Nºs. 0041-2004AI/TC y 0053-2004-PI/TC, se ha efectuado la redistribucion de los costos de los arbitrios de limpieza publica, parques y jardines publicos y seguridad ciudadana, de los anos 2002 al 2005 en la jurisdiccion del distrito de MORDAZA MORDAZA, con la finalidad del cobro de la deuda pendiente de pago. Articulo 2º.- CONTRIBUYENTES Estan obligados al pago de los arbitrios municipales, en calidad de contribuyentes: a. Los propietarios de los predios cuando los habiten, desarrollen actividades en ellos, se encuentren desocupados o cuando un tercero use el predio bajo cualquier titulo o sin el. b. Tratandose de predios en copropiedad la obligacion tributaria recaera en uno de los condominos. En caso de controversia se distribuira el importe a pagar en forma proporcional a la propiedad que le corresponde a cada condomino. c. En el caso de predios de propiedad de personas inafectas que son utilizados para fines distintos a los que motivan la inafectacion al pago de los arbitrios, la obligacion de pago recae en el conductor del predio. d. Excepcionalmente, cuando no sea posible identificar al propietario, adquirira la calidad de responsable para el pago del tributo el poseedor del predio. Articulo 3º.- CONDICION DE CONTRIBUYENTE La condicion de contribuyente se adquiere desde el primer dia calendario del mes al que corresponda la obligacion tributaria. Cuando tenga lugar cualquier transferencia de dominio, la obligacion tributaria para el MORDAZA propietario nacera en el mes siguiente al que se adquirio la condicion de propietario. Articulo 4º.- DEFINICIONES a. Predio: Entiendase por predio, para los efectos de la aplicacion de esta Ordenanza, a todo inmueble destinado a MORDAZA habitacion o a usos comerciales, industriales o de servicios. Incluidos los terrenos sin construccion, que se encuentren situados dentro del ambito MORDAZA en que tiene competencia territorial la Municipalidad Distrital de MORDAZA Maria. No tendran la calidad de predio para efectos del calculo de los arbitrios municipales aquellas unidades que formen parte accesoria a la unidad de vivienda, tales como: estacionamientos, azoteas, aires, depositos o tendales, siempre y cuando, no se desarrollen en ellos actividad, comercial, industrial o de servicios permanentes. b. Servicio de Limpieza Publica: Comprende la organizacion, gestion y ejecucion de los siguientes servicios: 1. Recoleccion de basura. 2. Barrido de calles. c. Servicio de Parques y Jardines Publicos: Comprende la organizacion, gestion y ejecucion del servicio de conservacion y mantenimiento de las areas verdes de parques publicos y areas verdes publicas. d. Servicio de Seguridad Ciudadana: Comprende la organizacion, gestion y ejecucion del servicio de conservacion y mejoramiento de las actividades municipales de vigilancia MORDAZA, diurna y nocturna, con fines de prevencion y control de delitos y accidentes, a fin de lograr la mayor proteccion de la poblacion del distrito.

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesion Ordinaria de la fecha, por Mayoria aprobo la siguiente; ORDENANZA MUNICIPAL: ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA EL ARTICULO 11º, LA TERCERA Y CUARTA DISPOSICION COMPLEMENTARIA Y FINAL DE LA ORDENANZA Nº 088MDCH DE LA MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS DE FECHA 28 DE OCTUBRE DEL 2005 Articulo Primero.- Modificar el articulo 11º de la Ordenanza Nº 088-MDCH de fecha 28 de octubre del 2005, quedando redactada como sigue: "ARTICULO 11º.- DISTRIBUCION DE COSTOS DEL SERVICIO DE LIMPIEZA PUBLICA. Se distribuira el costo que demanda la prestacion del servicio segun el uso y teniendo en consideracion la intensidad del servicio gozado, diferenciandose las prestaciones de recoleccion de basura y barrido de calles, en funcion a los siguientes criterios: Recoleccion de basura: - MORDAZA Habitacion: comprende el servicio de recoleccion domiciliaria del residuo solido que se calculara en consideracion al area construida en metros cuadrados y la poblacion expresada a partir de la densidad poblacional. - Uso distinto al de MORDAZA Habitacion: se medira en funcion a la cantidad de residuos solidos generados y del tamano del predio (area construida en metros cuadrados). Para el uso del predio distinto al de MORDAZA habitacion se ha considerado los diversos usos: - Industria, Almacenes, MORDAZA Comerciales - Mercados e Hipermercados - Centros Penitenciarios - Centro de Esparcimiento, recreacion y similares - Grifos - Gobierno Central - Ejercito Peruano - Templos, Centros Culturales - Comercio - Panaderia - Expendio de Comida y similar - C. Educativos / Universidades / Institutos. - Clinicas - Entidades Financieras, Servicios, similares - Otros. Barrido de calles: El promedio de longitud del frente del predio expresado en metros lineales." Articulo Segundo.- Modificar la Tercera y Cuarta Disposicion Complementaria y Final de la Ordenanza Nº 088-MDCH de fecha 28 de octubre del 2005, quedando redactada como sigue: "Tercera.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del 1º de enero del 2006 siempre y cuando MORDAZA sido ratificada por la Municipalidad Metropolitana de Lima. Cuarta.- Apruebese el Informe Tecnico y sus anexos, asi como los MORDAZA de estructura de costos, siendo los mencionados documentos parte integrante de la presente Ordenanza." POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA 22004

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Modifican la determinacion de tasas de Arbitrios Municipales
ORDENANZA Nº 184-MJM MORDAZA MORDAZA, 17 de octubre de 2005

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