Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2005 (30/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 189

MORDAZA, viernes 30 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES

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en cuenta que mediante Expediente Nº 16571-05 de fecha 11 de MORDAZA del 2005, don MORDAZA Ayon MORDAZA interpuso dentro del plazo de Ley, Recurso de Apelacion contra dicho Acuerdo; Que, el Articulo 11º numeral 11.2 de la Ley Nº 27972, dispone que la nulidad sera conocida y declarada por la autoridad superior de quien dicto el acto. Si se tratara de un acto dictado por una autoridad que no esta sometida a subordinacion jerarquica, la nulidad se declarara por resolucion de la misma autoridad, y, estando a que la publicacion del Acuerdo de Concejo Nº 020-2005 del 2/ 3/05 suscrito por el entonces MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA publicado el 21 de MORDAZA del 2005 carece de validez por ser extemporaneo, y que existe pedido de Regidores observando dicha situacion, se debe adecuar el Recurso de Apelacion formulado por don MORDAZA Ayon MORDAZA, a uno de Reconsideracion por el MORDAZA de eficacia establecido en el Articulo 1.10º de la Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, mediante MORDAZA del Expediente Nº 16571-05 del 11 de MORDAZA del 2005, don MORDAZA Ayon MORDAZA interpuso Recurso de Apelacion contra el Acuerdo de Concejo Nº 020-2005 del 2 de marzo del 2005, habiendose resuelto mediante el Acuerdo de Concejo Nº 031-2005 de fecha 19 de MORDAZA del 2005 que declara infundado el recurso calificado como reconsideracion interpuesto por don MORDAZA Ayon MORDAZA, contra el Acuerdo de Concejo Nº 020-2005 de fecha 2 de marzo del 2005, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 1de MORDAZA del 2005, por medio del cual se declara Infundado el pedido de vacancia contra la senora Regidora MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa, ratificandolo en todos sus extremos; Que, mediante Informe Nº 1230-2005-GAJ/MDSMP, la Gerencia de Asesoria Juridica opina que el Concejo Municipal debe pronunciarse sobre la Nulidad de uno de los Acuerdos de Concejo Nº 020-2005 que obran en duplicado en el presente procedimiento, uno suscrito por el entonces MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y otro por el primer Regidor habil MORDAZA Caballlero Sabino; y encontrandose los presentes actuados en originales ante el MORDAZA Nacional de Elecciones, para su pronunciamiento al haberse remitido mediante Oficio Nº 429-2005-SG/MSMP, pero que este debe quedar pendiente de pronunciamiento hasta que el MORDAZA Nacional de Elecciones resuelva el procedimiento de vacancia a fin de uniformizar criterios; Que, con Resolucion Nº 245-2005-JNE publicada el 6 de setiembre del 2005, el MORDAZA Nacional de Elecciones declara INFUNDADO el Recurso de Apelacion inter puesto por don Humbetr to Ayon MORDAZA, en consecuencia, confirma el Acuerdo de Concejo No. 0202005 adoptado en la sesion extraordianria del Concejo Distrital de San MORDAZA de Porres de fecha 2/3/05; Que, existiendo un pronunciamiento del MORDAZA Nacional de Elecciones, se ha producido la sustraccion de la materia sobre un hecho en el cual ya no cabe pronunciamiento de la Corporacion Municipal; considerando ademas que pese a tener conocimiento sobre la existente, no ha sido materia de pronunciamiento por la MORDAZA instancia electoral, debiendo tener en cuenta que no obra documentacion sustentatoria de los hechos conforme se indica en el Memorandum Nº 16602005-SG/MDSMP; Que, no obra en los presentes actuados administrativos cargo de notificacion del Acuerdo de Concejo Nº 031-2005 de fecha 19 de MORDAZA del 2005 que obra a fs. 72 a 74, verificandose que desde la fecha de su emision no ha sido publicado en el Diario Oficial El Peruano, por lo que no surte efecto alguno sino a partir de la notificacion legalmente realizada, conforme lo dispone el Articulo 16º, numeral 16.1 de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27972; Que, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica mediante Informes Nº 1073 y 1658-2005- GAJ/ MDSMP y conforme a las facultades conferidas por el Articulo 9º inc. 22) y Articulo 41º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal presidido por el senor Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con el MORDAZA unanime de los senores Regidores presentes MORDAZA MORDAZA Casanova MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Ferrer MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castaneda, MORDAZA MORDAZA Paz Puelles, MORDAZA Alcedo De La MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Castaneda MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA

MORDAZA Vidalon, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, se aprobo el siguiente: ACUERDO: Articulo Primero.- DISPONER la acumulacion de los Expedientes Nº34637-2005 de fecha 9 de agosto del 2005, y la MORDAZA certificada del Expediente Nº 280562005 de fecha 30/06/05, ambos organizados por don MORDAZA Ayon Viera. Articulo Segundo.- Declarar que carece de valor legal la publicacion en el Diario Oficial El Peruano del Acuerdo de Concejo Nº 020-2005 suscrito por el ex MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA el 21 de MORDAZA del 2005 por ser extemporaneo; e Improcedente en el extremo referido a la Nulidad del Acuerdo de Concejo Nº 020-2005 del 2 de marzo del 2005 suscrito por el primer regidor habil Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y publicado el 1 de MORDAZA del 2005, el cual queda subsistente. Articulo Tercero.- AUTORIZAR al Procurador Publico Municipal a formular denuncia penal contra el ex Secretario General Sr. MORDAZA Cerpa MORDAZA y contra los que resulten responsables por el delito contra la Fe Publica en la modalidad de Falsedad Ideologica previsto en el Articulo 428º del Codigo Penal en agravio de la Municipalidad. Articulo Cuarto.- Encargar a la Oficina de Secretaria General, remitir en copias certificadas todos los actuados administrativos a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios para que califique la gravedad de los hechos detectados y se pronuncie sobre la procedencia de aperturar o no MORDAZA administrativo disciplinario al ex Secretario General Sr. MORDAZA Cerpa Zuniga. Registrese, comuniquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA DUARTE MORDAZA 22087

Modifican conformacion del Comite de Administracion del Programa del Vaso de Leche aprobada mediante el Acuerdo Nº 073-2005
ACUERDO DE CONCEJO Nº 088-2005 San MORDAZA de Porres, 22 de diciembre del 2005 VISTO: En Sesion Extraordinaria de la fecha, el Oficio Nº 0483-2005-MML-PGRLM ­ SUBGAM, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, del Programa de Gobierno Regional de MORDAZA Metropolitana Subgerencia Agraria Metropolitana, que designa como representante de la Asociacion de Productores Agropecuarios, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente de la Asociacion de Productores de Leche del MORDAZA Chillon ­ ASPROLE ­ CHILLON, a efecto de que conforme el Comite de Administracion del Programa de Vaso de Leche; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27470 - Ley que establece Normas Complementarias para la Ejecucion del Programa del Vaso de Leche, especifica que en cada Municipalidad Distrital se conformara un Comite de Administracion del Programa del Vaso de Leche, el mismo que sera aprobado mediante resolucion de Alcaldia con acuerdo del Concejo Municipal; Que, el Ministerio de Agricultura delego esta funcion al Programa de Gobierno Regional de MORDAZA Metropolitana, Direccion Agraria Metropolitana, quien mediante Oficio Nº 153-2005 ­ PGRLM-DAM, de fecha 30 de setiembre del 2005, designo al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante al Comite de Administracion del Programa del Vaso de Leche; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 073 -2005, de fecha 27 de noviembre de 2005, el Concejo Municipalidad

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