Norma Legal Oficial del día 30 de junio del año 2005 (30/06/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 30 de junio de 2005

Articulo 3º.- La empresa CONSULTORES Y COMUNICACIONES E.I.R.L. esta obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusion autorizado de acuerdo a las caracteristicas tecnicas indicadas en el articulo 1º de la presente resolucion, las cuales solo podran ser modificadas previa autorizacion del Ministerio. Bajo ninguna circunstancia, podra aumentarse la potencia nominal del transmisor consignada en el articulo 1º de la presente resolucion. Asimismo, la modificacion de la frecuencia asignada solo podra efectuarse en los casos previstos en el articulo 83º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Del mismo modo, los equipos instalados en la estacion del servicio autorizado deberan estar debidamente homologados por este Ministerio. Articulo 4º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al canon anual y a la publicacion de la presente resolucion, caso contrario la autorizacion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Articulo 5º.- Dentro de los doce (12) meses siguientes a la entrada de vigencia de la autorizacion, la empresa CONSULTORES Y COMUNICACIONES E.I.R.L, en forma individual o conjunta, aprobara su Codigo de Etica y presentara MORDAZA del mismo a la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones o podra acogerse al Codigo de Etica que emita el Ministerio. Asimismo, debera presentar el proyecto de comunicacion correspondiente. Articulo 6º.- La autorizacion a que se contrae la presente resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 11678 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 324-2005-MTC/03 MORDAZA, 24 de junio de 2005 CONSIDERANDO: Que, el articulo 16º de la Ley de Radio y Television, senala que las autorizaciones del servicio de radiodifusion se otorgan a solicitud de parte o por concurso publico. El concurso publico es obligatorio cuando la cantidad de frecuencias o MORDAZA disponibles en una banda es menor al numero de solicitudes presentadas; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 2222003-MTC/03 se aprueba las Bases para el Concurso Publico de Ofertas para el otorgamiento de autorizaciones del servicio de radiodifusion sonora en Frecuencia Modulada y por Television en VHF en las localidades de MORDAZA, MORDAZA, Ilo, Juliaca, MORDAZA, MORDAZA, Tarapoto-Lamas, Abancay, Andahuaylas, Camana, MORDAZA, Mollendo, Pacasmayo, Pedregal-Majes, Puerto MORDAZA, Quillabamba, Sicuani, Tacna y Talara; Que, a merito a la Resolucion Viceministerial Nº 2222003-MTC/03, se llevo a cabo el Concurso Publico de Ofertas Nº 002-2003-MTC/17, los dias 25 y 26 de agosto de 2003, otorgandose la Buena Pro para la autorizacion del servicio de radiodifusion sonora en la modalidad comercial, en la banda de Frecuencia Modulada (FM), para la localidad de MORDAZA, a la empresa CONSULTORES Y COMUNICACIONES E.I.R.L., segun consta en el Acta del acto publico del referido concurso; Que, la autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion se otorga por Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television; Que, la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones mediante Informe Nº 468-2005-MTC/ 17.01.ssr, considera que la empresa CONSULTORES Y COMUNICACIONES E.I.R.L. ha cumplido con la obligacion senalada en las Bases del Concurso y la MORDAZA de la informacion y documentacion establecida en el Texto

Unico de Procedimientos Administrativos de este Ministerio, emitiendo opinion tecnica y legal favorable para que se le otorgue la autorizacion correspondiente; De conformidad con la Ley de Radio y Television aprobada por Ley Nº 28278, la Primera Disposicion Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Unico Ordenado de su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, la Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 que aprueba las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion; y, Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa CONSULTORES Y COMUNICACIONES E.I.R.L. autorizacion, por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada, en el distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de MORDAZA, conforme a las siguientes caracteristicas tecnicas de operacion: Servicio Frecuencia Indicativo Emision Potencia Nominal del Transmisor : FM : 106.9 MHz : OAQ - 6I : 256KF8E : 0.50 KW

Ubicacion de la Estacion : - Estudios : MORDAZA Tarapaca Nº 665, distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de MORDAZA

Coordenadas Geograficas : Longitud Oeste : 70° 55' 40" Latitud Sur : 17° 11' 45" - Planta : MORDAZA Plataforma Mz. H-8, Lt.1 San MORDAZA, distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de MORDAZA

Coordenadas Geograficas : Longitud Oeste : 70° 56' 30" Latitud Sur : 17° 11' 50" MORDAZA de Servicio : El area comprendida dentro del contorno de 66 dBµV/m

La autorizacion otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiocomunicacion correspondientes. El plazo de la autorizacion y el permiso concedidos se computaran a partir del dia siguiente de notificada la presente resolucion, la cual ademas debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- La autorizacion que se otorga en el articulo precedente, se inicia con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses, improrrogables, dentro del cual la titular de la autorizacion esta obligada a instalar los equipos necesarios y realizar las pruebas de funcionamiento respectivas. La respectiva inspeccion tecnica se efectuara de oficio hasta dentro de los tres (3) meses siguientes al vencimiento del mencionado periodo, debiendose verificar el estado de las instalaciones y condiciones de operatividad del servicio autorizado. Sin perjuicio de lo MORDAZA indicado, la titular podra solicitar la realizacion de la inspeccion tecnica MORDAZA del vencimiento del periodo de instalacion y prueba otorgado. En caso de incumplimiento de las obligaciones MORDAZA mencionadas la autorizacion otorgada quedara sin efecto. Articulo 3º.- La empresa CONSULTORES Y COMUNICACIONES E.I.R.L. esta obligada a instalar y operar

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