Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2005 (08/03/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 8 de marzo de 2005

- Primer Secretario en el Servicio Diplomatico, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Joo, funcionario de la Subsecretaria de Asuntos Economicos; a la MORDAZA de MORDAZA D.C., del 14 al 18 de marzo de 2005. Articulo Segundo.- Designar a los siguientes funcionarios de la Embajada del Peru en los Estados Unidos de MORDAZA, para que integren la delegacion peruana que participara en las reuniones de negociacion con los Estados Unidos de MORDAZA, a celebrarse en la MORDAZA de MORDAZA D.C., del 14 al 18 de marzo de 2005: - Ministro Consejero en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nalvarte; y - Consejero en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA Max MORDAZA Arnillas, funcionario de la Embajada del Peru en Estados Unidos. Articulo Tercero.- Los gastos que ocasione la participacion de los funcionarios mencionados en el articulo primero seran cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino de la referida comision, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes Viaticos Numero Total Tarifa US$ por dia de dias viaticos aeropuerto US$ US$ US$ MORDAZA MORDAZA MORDAZA Reinel MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gervasi MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Joo 1,225.36 789.56 1,437.08 1,246.64 220.00 220.00 220.00 220.00 5+1 4+1 2+1 5+1 1,320.00 1,100.00 660.00 1,320.00 28.24 28.24 28.24 28.24

De conformidad con el Decreto Supremo Nº 001-A-2004DE/SG que aprueba el Plan Nacional de Prevencion de Desastres y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; y, SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Plan de Prevencion y Atencion de Desastres al 2014 del Sector Vivienda, Construccion y Saneamiento, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 05013

Establecen precisiones relativas a contratos de compraventa de departamentos edificados en el "Conjunto Habitacional MORDAZA I", actualmente denominados "Urbanizacion MORDAZA III Manzanilla", firmados por EMADIPERU
RESOLUCION SUPREMA Nº 003-2005-VIVIENDA
MORDAZA, 7 de marzo de 2005 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto el Decreto Ley Nº 17528, Ley Organica del Sector Vivienda, asi como en el Decreto Ley Nº 17729, Estatuto de la Empresa de Administracion de Inmuebles del Peru (EMADIPERU), se atribuyo a dicha entidad, entre otras funciones, la de administrar los terrenos y las viviendas y/o locales comprendidos en los programas de viviendas economicas del entonces Ministerio de Vivienda, encontrandose facultada para efectuar las adjudicaciones, otorgar los arrendamientos y expedir los contratos respectivos; Que, las disposiciones citadas con anterioridad no presuponen una transferencia de propiedad de los inmuebles referidos, a favor de EMADIPERU, quien solo actua como administrador y representante en las operaciones de transferencias de los inmuebles a que se hizo mencion, permaneciendo la propiedad de los mismos en el patrimonio del Ministerio de Vivienda, hasta el momento de su adjudicacion a terceros; Que, mediante Decreto Supremo Nº 063-71-VI del 19 de agosto de 1971 se autorizo la expropiacion del terreno de 165 950,00 m2 que formaba parte del entonces denominado Fundo MORDAZA, ubicado en el Cercado de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, llevandose a cabo la construccion de 658 departamentos incluidos en los programas de viviendas economicas, los mismos que pasaron a formar parte del "Conjunto Habitacional MORDAZA I"; Que, culminadas las obras de construccion, y en ejercicio de sus atribuciones, EMADIPERU adjudico via sorteo los 658 departamentos y suscribio los respectivos contratos; sin embargo, segun consta en los contratos de compraventa respectivos, dicha entidad actuo en supuesta representacion del Banco de la Vivienda y no del Ministerio de Vivienda; Que, en virtud de las operaciones concretadas con el Banco Interamericano de Desarrollo, el Banco de Vivienda unicamente tenia la calidad de entidad financiera para efectos de la ejecucion de la obra, por lo que solo podia aparecer en los contratos en calidad de financista, en tanto que otorgante de los creditos hipotecarios a los adquirientes, situacion que, sin embargo, no le permitia detentar la calidad de transferente, en la compraventa de los departamentos de referencia; toda vez que la propiedad de los mismos en la fecha de suscripcion de los contratos, era detentada por el Ministerio de Vivienda, segun consta en la Partida Nº P02123777 del Registro Predial Urbano; Que, en consecuencia en la seccion del contrato referida a la compraventa de los departamentos, dichos actos juridicos adolecen de error en la denominacion del propietario y vendedor de los departamentos; toda vez que el

Articulo Cuarto.- Los gastos que ocasione la participacion del Embajador MORDAZA MORDAZA MORDAZA Traverso seran asumidos por el programa para gastos de funcionamiento de la Embajada del Peru en los Estados Unidos de MORDAZA, con cargo a posterior reintegro de parte del pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Articulo Quinto.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes al termino de las referidas reuniones, los citados funcionarios deberan presentar ante el senor Ministro de Relaciones Exteriores un informe de las acciones realizadas. Articulo Sexto.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 04957

VIVIENDA
Aprueban Plan de Prevencion y Atencion de Desastres al 2014 del Sector Vivienda, Construccion y Saneamiento
RESOLUCION SUPREMA Nº 002-2005-VIVIENDA
MORDAZA, 7 de marzo de 2005 CONSIDERANDO: Que, el articulo 1º del Decreto Ley Nº 19336 creo el Sistema Nacional de Defensa Civil, como parte integrante de la Defensa Nacional, con la finalidad de proteger a la poblacion, previniendo danos, proporcionando ayuda oportuna y adecuada, asegurando su rehabilitacion en caso de desastres o calamidades de toda indole, cualesquiera que sea su origen; Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-A-2004-DE/ SG, se aprobo el Plan Nacional de Prevencion y Atencion de Desastres, disponiendose en su articulo 2º que los Planes Sectoriales y Regionales que se derivan de dicho Plan MORDAZA aprobados mediante Resolucion Suprema de cada Sector comprometido; Que, con Informe Nº 052-2004/VIVIENDA-ODN, la Oficina de Defensa Nacional del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, ha alcanzado el Plan de Prevencion y Atencion de Desastres al 2014 del Sector Vivienda, Construccion y Saneamiento, para su aprobacion;

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