Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2005 (08/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, martes 8 de marzo de 2005
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, a traves del documento del visto se invita al Jefe del INRENA a participar con una ponencia referida a la perspectiva del Peru sobre el tema del combate de las actividades ilegales en el sector forestal, el que sera presentado en el 17° periodo de sesiones del Comite de MORDAZA (COFO) de la FAO, que se llevara a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, Italia, del 14 al 19 de marzo de 2005; Que, asimismo el 17 de marzo de 2005, en un evento paralelo de la FAO y la OIMT, se presentara el documento preliminar del informe "Mejores Practicas para la Aplicacion de Leyes Forestales", el cual reviste importancia para el Peru; Que, la participacion del Jefe del INRENA en el citado evento no irrogara gastos al tesoro publico, los mismos que seran cubiertos por la Organizacion Internacional de Maderas Tropicales - OIMT; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 11º del Reglamento de la Ley Nº 27619, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los viajes al extranjero de los titulares de Organismos Publicos Descentralizados que no ocasionen ningun MORDAZA de gastos al Estado, seran autorizados mediante Resolucion del Titular del Sector correspondiente; Que, el numeral 73.1 del Articulo 73º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, dada por Ley Nº 27444, dispone que el desempeno de los cargos de los titulares de los organos administrativos puede ser suplido temporalmente en caso de vacancia o ausencia justificada, por quien designe la autoridad competente para efectuar el nombramiento de aquellos;

Que, en consecuencia, en merito a lo dispuesto en el Articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones del INRENA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2003AG, es pertinente otorgar la autorizacion de viaje pertinente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley que regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, dada por Ley Nº 27619, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Ley Nº 27444, Decreto Supremo Nº 017-2001-AG y el Decreto de Urgencia Nº 015-2004; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA a la MORDAZA de MORDAZA, Italia, del 12 al 21 de marzo de 2005, para participar en el 17° periodo de sesiones del Comite de MORDAZA (COFO) de la FAO. Articulo 2º.- La autorizacion otorgada en el articulo precedente no ocasionara gasto alguno al Tesoro Publico, siendo asumido en su integridad por la Organizacion Internacional de Maderas Tropicales - OIMT. Articulo 3º.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 4º.- El funcionario cuyo viaje se autoriza por la presente Resolucion, debera presentar al Ministro de Agricultura un informe con los resultados de su participacion dentro de los 15 dias posteriores a su retorno. Articulo 5º.- Encargar las funciones de la Jefatura del INRENA al Mg. Ing. MORDAZA Werenshon MORDAZA Gonza-

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MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS DIRECCION NACIONAL DEL ENDEUDAMIENTO PUBLICO

COMUNICADO Nº 002-2005-EF/75.01 A LAS ENTIDADES DEL SECTOR PUBLICO
La Direccion Nacional del Endeudamiento Publico comunica a las Entidades Publicas1 (incluidas las Universidades Publicas) los requisitos que deben cumplir para concertar operaciones de endeudamiento a plazos mayores a un ano, sin garantia del Gobierno Nacional, en el MORDAZA de la Ley Nº 28423 - Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005. La Novena Disposicion de la citada Ley establece que las operaciones MORDAZA referidas, se autorizan mediante Resolucion Suprema refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro del Sector correspondiente, previo acuerdo expreso de sus respectivos directorios u organos equivalentes. El cumplimiento de dicha MORDAZA legal es obligatorio bajo responsabilidad del Titular del Pliego o de la MORDAZA autoridad administrativa, segun corresponda. Asimismo, de acuerdo con la misma disposicion, si las mencionadas operaciones de endeudamiento financian proyectos de inversion publica, se debe contar previamente con la declaratoria de viabilidad por el Sistema Nacional de Inversion Publica, de conformidad con la Ley Nº 27293, normas reglamentarias y complementarias. Adicionalmente, la autorizacion para gestionar la concertacion de operaciones de endeudamiento, se realiza ante la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico, la cual debera contar con la informacion referida a la capacidad de la entidad solicitante para hacer frente a las obligaciones derivadas del financiamiento y debera efectuar las coordinaciones necesarias con la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, o con el FONAFE, segun corresponda. Para cualquier informacion adicional, sirvase contactar a los telefonos 4278583 y 4274391. MORDAZA, 4 de marzo de 2005. MORDAZA Garrido Lecca del Rio Director General Direccion Nacional del Endeudamiento Publico
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No estan incluidos los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, los cuales se rigen por normas especificas.

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