Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2005 (08/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, martes 8 de marzo de 2005

NORMAS LEGALES

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Ratifican Acuerdo de PROINVERSION que modifica Plan de Promocion de la Inversion Privada en el Proyecto Turistico "El Chaco La Puntilla"
RESOLUCION SUPREMA Nº 031-2005-EF
MORDAZA, 7 de marzo de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 159-2001-EF se ratifico el acuerdo adoptado por la Comision de Promocion de la Inversion Privada (COPRI), que aprobo entregar en concesion al sector privado el proyecto turistico "El Chaco La Puntilla" de acuerdo con los procedimientos establecidos por el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 195-2003-EF se ratifico el acuerdo del Consejo Directivo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada (PROINVERSION), conforme al cual se aprobo modificar el plan de promocion respectivo, estableciendose que el proyecto sera promovido bajo el MORDAZA legal del Decreto Legislativo Nº 674, definiendose como modalidad aplicable la establecida en el Literal A del Articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 674; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 074-2004-EF, se ratifico el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de

la Agencia de Promocion de la Inversion Privada (PROINVERSION), conforme al cual se aprobo modificar el Plan de Promocion del proyecto turistico "El Chaco-La Puntilla", a los efectos de determinar que el proyecto debera contribuir a mejorar la infraestructura turistica dentro de la Reserva Nacional de Paracas; Que, para facilitar el logro de los objetivos buscados, esto es el desarrollo y mejora de la infraestructura turistica y de las facilidades para la atencion de los turistas, dentro de la Reserva Nacional de Paracas, mediante acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSION de fecha 14 de enero del 2005, se ha aprobado la modificacion del Plan de Promocion del proyecto turistico "El Chaco La Puntilla"; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 4º del Decreto Legislativo Nº 674, modificado entre otros por la Ley Nº 27750, el acuerdo referido en el considerando anterior debe ser ratificado por resolucion suprema; y, en concordancia con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 027-2002-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ratificar el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION en su sesion del catorce de enero del 2005, conforme al cual se aprobo modificar el Plan de Promocion del MORDAZA de Promocion de la Inversion Privada en el Proyecto Turistico "El Chaco La Puntilla".

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MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS DIRECCION NACIONAL DEL ENDEUDAMIENTO PUBLICO

COMUNICADO Nº 003-2005-EF/75.01 A LAS ENTIDADES DEL SECTOR PUBLICO
La Direccion Nacional del Endeudamiento Publico comunica a las Entidades Publicas que tienen previsto convocar a licitacion publica con financiamiento para financiar proyectos, cumplir con los requisitos establecidos en el articulo 9º de la Ley Nº 28423 - Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005. De acuerdo con el acotado articulo, las entidades publicas que necesiten convocar a licitaciones publicas para la ejecucion de un proyecto cuyo financiamiento conlleve endeudamiento externo o interno, deben contar previamente con la Resolucion Ministerial de Economia y Finanzas que apruebe las condiciones financieras a considerar en la licitacion, para cuya gestion se requiere la solicitud del Titular del Sector al que pertenece la entidad u organo responsable de la ejecucion del proyecto, acompanada de la declaratoria de viabilidad, cuando corresponda, y del informe tecnico-economico favorable. Asimismo las licitaciones de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, se requiere, en el primer caso la solicitud del Presidente del Gobierno Regional, acompanada del acta de la sesion que de cuenta de la aprobacion del Consejo Regional, y en el caso de los Gobiernos Locales, la solicitud del MORDAZA y del acta de la sesion que de cuenta de la aprobacion por el Concejo Municipal. En ambos casos, se debe acompanar la declaratoria de viabilidad y el informe tecnico-economico favorable del Titular del sector vinculado al proyecto, cuando fuera pertinente. Adicionalmente, se precisa que estas disposiciones son aplicables cuando el endeudamiento a obtenerse lo acuerde el Gobierno Nacional o cuando requiera de la Garantia de este; ademas, se recuerda que la obtencion de la declaratoria de viabilidad de los proyectos debera sujetarse a lo dispuesto por la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica, y sus normas reglamentarias y normas modificatorias. Para cualquier informacion adicional, sirvase contactar a los telefonos: 4278583- 4274391. MORDAZA, 4 de marzo de 2005. MORDAZA Garrido Lecca del Rio Director General Direccion Nacional del Endeudamiento Publico 04955

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