Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2005 (08/03/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 8 de marzo de 2005

bustible para vehiculos, grupos electrogenos, incineracion y otros de la Intendencia Regional MORDAZA y la Oficina Remota de Sicuani, constando dicho MORDAZA de dos items; Que de acuerdo a lo expuesto en el Informe Nº 08-20052N0100, el Comite Especial otorgo la Buena Pro en ambos items a pesar contar solamente con una propuesta valida en cada caso; Que de conformidad con lo establecido en el primer parrafo del Articulo 32º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-2001-PCM, corresponde que el Comite Especial declare desierta una Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa cuando quede valida una unica oferta, salvo las excepciones establecidas en el mismo Articulo, ninguna de las cuales no resulta aplicable en el presente caso; Que se ha incurrido en contravencion de las normas aludidas al haberse otorgado la Buena Pro sin contar con el numero minimo de propuestas validas; Que de conformidad con el Articulo 57º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Articulo 26º de su Reglamento, solo hasta MORDAZA de la celebracion del contrato, la entidad convocante podra declarar la nulidad de oficio del MORDAZA de seleccion cuando dentro del mismo se contravengan las normas legales, debiendo expresar en la Resolucion que expida la etapa a la que se retrotraera el proceso; En uso de las facultades conferidas en el inciso m) del Articulo 79º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la nulidad de oficio de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0009-2004-SUNAT-2N0000 y retrotraer dicho MORDAZA a la etapa previa al otorgamiento de la Buena Pro a fin de que el Comite Especial proceda a declararlo desierto. Articulo 2º.- Publiquese la presente Resolucion, en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) dias siguientes a su expedicion, de acuerdo al Articulo 26º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrase, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente Nacional Intendencia Nacional de Administracion 04701

El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en su sesion ordinaria realizada en la MORDAZA de Mala, provincia de Canete el dia 28 de febrero del 2005 aprobo por unanimidad dar una prorroga perentoria a dichas comisiones constituidas a los efectos de evaluar mientras tanto la necesidad de reducirlas y/o integrarlas en funcion a los requerimientos y/o necesidades del Gobierno Regional en sus diversas areas; El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en uso de sus facultades contenidas en el Inc. s) del Articulo 15º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Nº 27867; ACUERDA: Articulo Unico.- Otorgar un plazo de 30 dias calendario como prorroga a las Comisiones de Trabajo del Consejo Regional tal como estan constituidas, luego del cual se determinara la conveniencia o necesidad de reducirlas y/o integrarlas atendiendo a los requerimientos y necesidades del Gobierno Regional POR TANTO: Mando se registre y se cumpla. MORDAZA MORDAZA MUFARECH NEMY Presidente 04947

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Modifican el Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones
ORDENANZA Nº 225-MDB
Barranco, 4 de febrero del 2005 EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO VISTO: El Informe Nº 011-2005-GAFT/MDB de la Gerencia de Administracion Financiera y Tributaria sobre la modificacion del Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones, en la Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Administracion Financiera y Tributaria Gerencia Municipal informa los montos de las sanciones de multa establecidas en el Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones (CUIS) son exiguos debiendo incrementarse; Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru establece que las municipalidades provinciales y distritales, y las delegadas conforme a ley, son los organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; De conformidad a lo dispuesto por el articulo 9º numeral 8) de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades y por unanimidad ha dado la siguiente: ORDENANZA: Articulo 1º.- Modificar el Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones aprobado por Ordenanza Nº 140-MDB y modificado por Ordenanzas Nºs. 170-MDB, 179-MDB, 186-MDB y 198-MDB, unicamente en los codigos que se detallan en el anexo 1 que forma parte de la presente ordenanza. Articulo 2º.- Precisar que, para los efectos de la Aplicacion del Regimen de Aplicacion de Sanciones aprobado por Ordenanza Nº 140-MDB modificado por Ordenanzas Nºs. 170-MDB, 179-MDB y 198-MDB las facultades establecidas para la Subgerencia de Fiscalizacion y Control seran asumidas por la Subgerencia de Comercializacion, Fiscalizacion y Control. Articulo 3º.- Encargar el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia de Administracion Financiera y Tributaria y a sus subgerencias en lo que correspondiera. Articulo 4º.- Dejar sin efecto las normas que se opongan a la presente ordenanza. Articulo 5º.- Autorizar al despacho de Alcaldia a compilar las normas que modifican el Regimen de Aplicacion de Sanciones y el Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones, mediante Resolucion de Alcaldia. POR TANTO: Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA DEL POMAR SAETTONE MORDAZA

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Otorgan plazo de prorroga a las Comisiones de Trabajo del Consejo Regional tal como estan constituidas, luego del cual se determinara la necesidad de reducirlas y/o integrarlas
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 003-2005-CR/GRL MORDAZA, 28 de febrero del 2005
CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Regional Nº 005-2003-GRL/ CR de fecha: 12 de febrero del 2003 se aprobo el Reglamento Interno del Consejo Regional, documento normativo que reglamenta las funciones, obligaciones, derechos, atribuciones y demas aspectos del Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima; Que, el Articulo 20º del acotado Reglamento Interno establece el Cuadro de las Comisiones de Trabajo del Consejo Regional que, son grupos de trabajo especializados integrados por Consejeros, cuya funcion principal es el seguimiento y fiscalizacion del funcionamiento de los organismos publicos regionales en concordancia con las funciones especificas que ejerce el Gobierno Regional y en el MORDAZA de las politicas nacionales sobre la materia. Asimismo le compete el estudio y dictamen de los proyectos de normas y la absolucion de consultas en los asuntos que son puestos en su conocimiento; Que, las Comisiones establecidas y en actual funcion son: 1) Comisiones Ordinarias, 2) Comisiones de Investigacion y 3) Comisiones Especiales, las cuales han venido a la fecha efectuando su trabajo conforme a los acuerdos emanados del Consejo Regional;

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