Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2006 (09/01/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 9 de enero de 2006

quedado en esta Oficina de Registro toda la documentacion correspondiente a la misma; Que, mediante Resolucion Nº 125-2005-OROP/JNE y Resolucion Nº 002-2006-JNE se declaro infundada la tacha interpuesta contra la solicitud de inscripcion bajo mencion, por lo que corresponde disponer la inscripcion de la misma; Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con las funciones conferidas por Ley a la Oficina de Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Inscribir en el Registro de Partidos Politicos a la Alianza Electoral: ALIANZA POR EL FUTURO, integrado por los partidos: Cambio 90 y Nueva Mayoria, quedando aprobado su simbolo el cual es representado por un elipse anaranjado que rodea en una primera linea las letras A y F escritas en color negro y en una linea inferior va escrito en numeros 2006 en color anaranjado Articulo Segundo.- Abrir la partida registral correspondiente en el Libro de Partidos Politicos, Partida Numero Treinta y Nueve y registrese la inscripcion en el Asiento Numero Uno. Articulo Tercero.- Tengase acreditada como personera a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Munoz. Registrese y notifiquese. MORDAZA M. MORDAZA PATRON Jefe de la Oficina de Registro de Organizaciones Politicas 00401

San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 00261

Modifican Titulos V y VIII del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones
RESOLUCION SBS Nº 7-2006 MORDAZA, 5 de enero de 2006 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES: CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion SBS Nº 1583-2004, se modifico el Capitulo III del Titulo III del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones (SPP), a efectos de incluir la posibilidad que las AFP ofrezcan programas de reduccion de las retribuciones que cobran a los afiliados por el servicio de administracion de los fondos de pensiones, denominados "Planes de Permanencia", a efectos de recompensar adecuadamente la fidelidad o permanencia futura de un afiliado como participe de un fondo de pensiones; Que, el articulo 57º del precitado Titulo III establece que los referidos planes de permanencia seran inscritos en el Registro del SPP, de confor midad con las disposiciones generales que a dicho efecto se senalen en el Titulo VIII del Compendio; Que, en tal sentido, resulta necesario establecer las modificaciones del caso en el mencionado titulo, a fin de facilitar los procesos de acceso a la informacion por parte del publico en general a las materias que integran el Registro del SPP; Que, asimismo, resulta necesario establecer precisiones a los procedimientos de aplicacion de la regla de decision para la asignacion del fondo MORDAZA de pensiones respecto de aquellos trabajadores que se incorporen al SPP a partir del 2 de noviembre de 2005, fecha prevista para el inicio de los multifondos en el SPP, asi como en cuanto a los plazos con que se cuenta para realizar un traspaso, en el caso de los trabajadores que se incorporen al SPP; Que, por otro lado, resulta necesario reforzar las acciones de difusion e informacion que deben realizar las AFP respecto de los pagos de aportes previsionales que realicen los trabajadores que tengan la condicion de independientes, a fin de cautelar la trayectoria de sus aportes previsionales en el SPP; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y de Asesoria Juridica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del articulo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, y el inciso d) del articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-97-EF; RESUELVE: Articulo Primero.- Incorporar como inciso N) del articulo 12º del Titulo VIII del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, correspondiente al registro de las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, aprobado mediante

SBS
Autorizan a la EDPYME Edyficar el traslado de oficina especial ubicada en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho
RESOLUCION SBS Nº 1975-2005 MORDAZA, 30 de diciembre de 2005 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la EDPYME EDYFICAR requiriendo autorizacion de esta Superintendencia para el traslado de su Oficina Especial ubicada en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de MORDAZA a un MORDAZA local ubicado en la misma localidad; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentacion pertinente para el traslado solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion Microfinanciera "A" mediante Informe Nº 1582005-DEM"A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 32º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, la Circular Nº EDPYME-01182005, y en virtud de las facultades delegadas por Resolucion SBS Nº 1096-2005 del 25 de MORDAZA de 2005; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la EDPYME Edyficar el traslado de su Oficina Especial ubicada en la Av. San MORDAZA, Mz. K Lote 10, Cooperativa MORDAZA Grande, distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de MORDAZA, a un MORDAZA local ubicado en Av. MORDAZA Grande, Mz. C1 - Lote 05, Cooperativa MORDAZA Grande, distrito de

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