Norma Legal Oficial del día 03 de febrero del año 2006 (03/02/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, viernes 3 de febrero de 2006

NORMAS LEGALES
a) Multa; b) Resolucion contractual.

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3. Dedicacion: Ejecutar la funcion con honestidad, lealtad y responsabilidad para con la institucion y sus usuarios; 4. Correcto Uso de los Fondos y Recursos Asignados: No derivar en el desarrollo de una labor y/ o un servicio distinto al senalado por el Ministerio, los fondos asignados por esta institucion; debiendo presentar una rendicion oportuna y documentada del destino de los mismos; 5. MORDAZA de Declaracion Jurada de Ingresos, y Bienes y Rentas: De los funcionarios y servidores publicos del Estado, conforme lo establecen los articulos 40º y 41º de la Constitucion Politica y los mecanismos de su publicidad, independientemente del regimen bajo el cual laboren, contraten o se relacionen con el Estado; 6. Secreto o Reserva: Guardar secreto de la informacion privilegiada, relevante o cuya opinion MORDAZA sido determinante en la toma de decisiones, asi como de la informacion que por ley expresa tenga dicho caracter; no utilizar informacion que, sin tener reserva legal expresa, pudiera resultar privilegiada por su contenido relevante, empleandola en su beneficio o de terceros y/ o en perjuicio o desmedro del Estado o de terceros; 7. Inhibicion: Del conocimiento y tramite de cualquier MORDAZA cuando se tenga interes directo o indirecto en el mismo, o cuando exista relacion de parentesco dentro del MORDAZA grado de consanguinidad o MORDAZA de afinidad con cualquier persona, socio, directivo o funcionario del administrado. Igual criterio sera aplicable cuando se trate de postores o contratistas de bienes y servicios del Ministerio; 8. De informar: A los superiores sobre aquellos actos que lleguen a su conocimiento y que puedan afectar la imagen de la institucion y faltas contrarias a las presentes Normas de Etica; 9. Calidad de servicio: Ofrecer a los usuarios un servicio sensible a sus requerimientos, procurando una mejora continua en la atencion que se les brinda; y, 10. Capacitacion constante: Optimizando las labores desarrolladas. PROHIBICIONES El servidor de PRODUCE de acuerdo a lo normado por el articulo 8º del Codigo de Etica de la Funcion Publica esta prohibido de: Mantener Intereses de Conflicto, Obtener Ventajas Indebidas, Realizar Actividades de Proselitismo Politico, Hacer Mal Uso de Informacion Privilegiada, Presionar, Amenazar y/o Acosar, asi como de solicitar o aceptar dadivas, obsequios, agasajos o beneficios, presentes o futuros, de parte de las personas naturales o juridicas que pudieran ser beneficiados de cualquier manera, directa o indirectamente, por el cumplimiento o incumplimiento de la normatividad vigente. V. SANCIONES Y PROCEDIMIENTO 1. Las infracciones a la presente MORDAZA y de las que MORDAZA derive, seran calificadas de acuerdo a lo previsto en los articulos 10º y 11º del Reglamento de la Ley del Codigo de Etica del Funcionario Publico. De esta forma, las sanciones pueden ser: Sanciones aplicables a aquellas personas que mantienen vinculo laboral: a) Amonestacion verbal o escrita; b) Suspension temporal en el ejercicio de sus funciones, sin goce de remuneraciones hasta por un ano; c) Destitucion o Despido. Sanciones aplicables a aquellas personas que desempenan servicios en la Funcion Publica y que no se encuentran en el supuesto anterior son:

2. Todo empleado publico, tiene el deber de comunicar, bajo responsabilidad, asi como la persona natural o juridica tiene el derecho de denunciar, los actos contrarios a lo establecido en la presente MORDAZA y aquellas de las cuales se deriva. Para estos efectos debera presentar la comunicacion o denuncia, ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios. 3. El procedimiento administrativo sancionador, para los funcionarios publicos, sera de cumplimiento de acuerdo a lo previsto en el articulo 16º del Reglamento de la Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica. Estara a cargo de la Comision Permanente o Especial (de ser el caso) de Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de la Produccion, regulado por la Resolucion Ministerial Nº 128-2002-PRODUCE. VI. ESTIMULOS, INCENTIVOS Y PROTECCION ESTIMULOS E INCENTIVOS: Son las acciones dirigidas a motivar la denuncia de los actos contrarios realizados por las personas inmersas dentro del ambito de aplicacion establecido en el articulo primero de la presente MORDAZA, respecto de las disposiciones establecidas en Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica, su Reglamento y las Normas de Etica del Ministerio de la Produccion, ante la Secretaria General. En caso de acreditarse la denuncia presentada, se premiara al denunciante en la siguiente forma: 1. Felicitacion escrita 2. Reconocimiento publico de ser el caso, salvo solicitud expresa del denunciante de no realizar ningun acto publico. 3. Compensacion material, la que sera definida, de acuerdo a la magnitud del acto denunciado y la disponibilidad presupuestal de la entidad. PROTECCION: En caso de ser solicitado por la persona denunciante, se mantendra absoluta reserva del nombre del denunciante y se brindaran las garantias laborales. La solicitud se podra realizar ante la Secretaria General o a la Oficina General de Administracion. 01973

RELACIONES EXTERIORES
Designan Consejera Economico Comercial en el Consulado General del Peru en Sao MORDAZA, Brasil
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0128-2006-RE MORDAZA, 31 de enero de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0533-2002RE, se creo la Oficina Comercial en el Consulado General de Sao MORDAZA, Republica Federativa del Brasil; Que, para el mejor aprovechamiento de los mercados es necesario la participacion de funcionarios tecnicos especializados que permita apoyar la labor que realiza la Cancilleria en la promocion economica y especialmente en la identificacion de nuevas oportunidades comerciales, el desarrollo de nuevos mercados y en la promocion de las inversiones y el turismo; Que, teniendo en cuenta que se encuentra vacante la Consejeria Comercial de Sao MORDAZA ante la renuncia presentada por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Consejera Economico Comercial, la misma que fue aceptada mediante Resolucion Ministerial Nº 1052-2003RE; Que, es necesario contar con un consejero economico comercial en Sao MORDAZA, dado el MORDAZA de insercion estrategica en Sudamerica, dentro del cual se encuentra

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