Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2007 (23/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, viernes 23 de febrero de 2007

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

340373

Que, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 0452006-VIVIENDA, por el que se modifica la Primera Disposicion Complementaria del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Banco de Materiales S.A.C. - BANMAT, se encuentra bajo el ambito del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, es necesario acorde con los dispositivos legales vigentes, continuar con el MORDAZA de evaluar y declarar la viabilidad de los proyectos de inversion publica, elaboracion del expediente tecnico, ejecucion de los proyectos declarados viables de los Proyectos del Programa Mejoramiento Integral de Barrios-MiBarrio en los MORDAZA Urbanos Marginales: Asentamientos Humanos "El Bosque" y "Mafalda Lama" en la MORDAZA de Tumbes, y para los demas proyectos del Programa de Mejoramiento Integral de MORDAZA que en el futuro se ejecuten con recursos del Fondo de Apoyo Social - FONAS del BANMAT y que cuenten con la aprobacion del Directorio de dicha entidad, de acuerdo a lo solicitado mediante documento de visto; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica, sus normas modificatorias, el Decreto Supremo Nº 221-2006-EF, Reglamento del Sistema Nacional de Inversion Publica, y en uso de las atribuciones conferidas mediante Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Delegar al Banco de Materiales S.A.C. - BANMAT, las facultades para evaluar y declarar la viabilidad de los Proyectos de Inversion Publica, elaboracion del expediente tecnico, ejecucion de los proyectos declarados viables de los Proyectos del Programa Mejoramiento Integral de MORDAZA - MiBarrio en los MORDAZA Urbanos Marginales: Asentamientos Humanos "El Bosque" y "Mafalda Lama" ubicados en la MORDAZA de Tumbes; y para los demas proyectos del Programa de Mejoramiento Integral de MORDAZA que en el futuro se ejecuten con recursos del Fondo de Apoyo Social FONAS del BANMAT y que cuenten con la aprobacion del Directorio de dicha entidad. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GARRIDO-LECCA MONTANEZ Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 30023-1

ORGANISMOS AUTONOMOS OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de seguridad y vigilancia para instalaciones de la ONPE
RESOLUCION JEFATURAL Nº 034-2007-J/ONPE MORDAZA, 20 de febrero de 2007 VISTOS: El Memorandum Nº 221-2007-GAF/ONPE y el Informe Tecnico Nº 107-2007-SGL-GAF/ONPE de la Gerencia de Administracion y Finanzas; el Memorando Nº 110-2007GAJ/ONPE y el informe Nº 004-2007-GNR-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoria Juridica; y,

Que, de conformidad con lo dispuesto en el literal c) del articulo 19º delTexto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, se encuentran exoneradas de los procesos de seleccion correspondientes, entre otras, las contrataciones que se realicen en situacion de desabastecimiento inminente declaradas conforme a Ley, en cuyo supuesto la contratacion se realizara empleando acciones inmediatas; Que, asimismo el articulo 21º del citado dispositivo legal establecequeseentiendecomosituaciondedesabastecimiento inminente, a la situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio y obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; facultando a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, a su vez, el articulo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que la necesidad de los bienes, servicios u obras debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos, no pudiendose invocar la existencia de una situacion de desabastecimiento inminente en supuestos como en via de regularizacion, por periodos consecutivos y que excedan el lapso del tiempo requerido para paliar la situacion y para satisfacer necesidades anteriores a la fecha de aprobacion de la exoneracion al MORDAZA de seleccion; Que, con fecha 21 de agosto de 2006, se suscribio el Contrato Nº 127-2006-ONPE con el Consorcio conformado por las empresas MORDAZA SERVIS S.A.C. y B.F. SECURITY S.A.C., con el objeto que este ultimo preste el servicio de seguridad y vigilancia para las instalaciones de la ONPE, con un plazo de vigencia hasta el 21 de agosto de 2007. Adicionalmente, mediante Resolucion Jefatural Nº 004-2007-J/ONPE la ONPE aprobo la realizacion de prestaciones adicionales; Que, en atencion al Informe Nº 011-2007-WIA/ JVB-SEG emitido por los Asistentes de Seguridad de la ONPE, con fecha 6 de febrero de 2006 se notifico al Contratista la Carta Notarial Nº 001-2007-GAF/ONPE, mediante la cual se le comunico que venia incumpliendo diversas obligaciones contractuales establecidas en los Terminos de Referencia, otorgandosele un plazo de cinco (5) dias para corregir las situaciones observadas, bajo apercibimiento de que la ONPE resuelva el contrato; Que, en atencion al Informe Nº 102-2007-SGL-GAF/ ONPE, emitido por la Subgerencia de Logistica, el que se sustenta a su vez en los Informes Nos. 018-2007-JV-SEG, 018a/2007/JV-SEG, 021/2007/JV/SEG y 022/2007/JV/SEG, emitidos por los Asistentes de Seguridad de la ONPE; y de conformidad con el procedimiento de resolucion del contrato establecido en la Normativa de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; mediante Carta Notarial Nº 003-2007-GAF/ONPE, notificada con fecha 19 de febrero de 2007, se comunica al Contratista la decision de la ONPE de resolver el Contrato Nº 127-2006/ONPE, a partir del dia siguiente de su recepcion, ello en consideracion a que, pese al plazo transcurrido, no habia cumplido con subsanar los incumplimientos senalados mediante la Carta Notarial Nº 001-2007-GAF/ONPE; Que, en atencion a los informes de vistos y de conformidad con los hechos expuestos, se verifica que estos son extraordinarios e imprevisibles, atribuibles exclusivamente al accionar del Contratista. Asimismo, se verifica que el servicio de vigilancia y seguridad resulta de caracter indispensable, dado que ademas de garantizar la seguridad e intangibilidad del patrimonio de la institucion, permite a sus funcionarios y trabajadores realizar sus labores bajo adecuadas condiciones de proteccion y seguridad personal, asi como de los bienes y equipos necesarios para tal fin, sin el riesgo de que estos puedan sufrir danos o perjuicios como consecuencia de actos dolosos en contra del patrimonio estatal y personal. De lo expuesto se infiere que la ausencia del servicio MORDAZA citado pone directamente en riesgo la continuidad de los servicios esenciales que ejecuta la ONPE; Que, por lo senalado es inminente el desabastecimiento del servicio de vigilancia y seguridad debido a causas extraordinarias e imprevisibles para la ONPE, siendo que la ausencia del servicio MORDAZA citado pone directamente en

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