Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2007 (23/02/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, viernes 23 de febrero de 2007

NORMAS LEGALES

340385

Articulo 3°.- Disponer, que el Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Informatica del Instituto Nacional Penitenciario, elabore y/o actualice el MORDAZA de Transparencia de la Institucion. Articulo 4°.- Los funcionarios indicados en el articulo primero, facilitaran la documentacion y/o informacion, previo pago del costo de reproduccion senalados en el MORDAZA del INPE, segun lo dispuesto en el articulo 13° del Decreto Supremo N° 072-2003-PCM. Articulo 5°.- Dejar sin efecto la Resolucion Presidencial N° 343-2004-INPE/P de fecha 20 de MORDAZA de 2004. Articulo 6°.- Remitir, MORDAZA de la presente resolucion a las instancias pertinentes, para su conocimiento y fines establecidos por Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BACCA Presidente 30022-1

Que, de conformidad con el articulo 8º de la Ley Nº 28294, inciso d), concordante con el articulo 7º, inciso c) de su Reglamento, el CNC tiene la facultad de emitir las Directivas para unificar, actualizar y mantener la base de datos catastral; Que, el CNC en la sesion Nº 25 de fecha 25 MORDAZA de 2006, aprobo la presente Directiva; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 002-2006-SNCP/ CNC que establece las normas basicas para la elaboracion y estandarizacion de la cartografia catastral; de acuerdo con el siguiente texto: I. ANTECEDENTES El articulo 30º del Reglamento de la Ley Nº 28294, precisa que "La cartografia catastral es fundamental para correlacionar la superficie del predio con el registro de inmuebles y comprende las actividades y procesos relacionados con la geodesia, fotogrametria, teledeteccion, topografia y sistemas de informacion geografica que permitan obtener la representacion grafica del territorio......". El articulo 32º del mencionado Reglamento dispone que, "La produccion de la Cartografia Basica es continua, homogenea y articulada, de acuerdo a las series de escalas que se determinaran mediante directivas aprobadas por el CNC. Los contenidos minimos de las series cartograficas urbanas y rurales, asi como la estandarizacion y el formato de las mismas seran desarrolladas, complementadas o modificadas mediante Directivas aprobadas por el CNC..." Corresponde, en consecuencia, al CNC, aprobar las Series de Escalas, el Codigo de las Hojas Catastrales, Formato de Impresion, Nomenclatura y Contenido Minimo de la Informacion de las Series Cartograficas Catastrales. Para estandarizar la elaboracion de la cartografia catastral se ha tomado en consideracion el Sistema de Proyeccion Cartografico vigente para la Republica del Peru, el Sistema "Universal Transverse Mercator" (UTM), tecnicamente definido y aprobado por el Instituto Geografico Nacional - IGN a traves de la Resolucion Jefatural Nº 112-2006-IGN/OAJ/DGC/J. Asimismo, se ha tenido en cuenta las escalas empleadas y publicadas por el IGN y por las EGC que producen cartografia catastral, entre las que se encuentran: 1/500; 1/1,000; 1/2,500; 1/5,000; 1/10,000 y 1/25,000. II. OBJETIVO Establecer las normas basicas para la elaboracion de la Cartografia Catastral de las EGC, para cuyo efecto se utilizara como base, las Series de Escalas y el Codigo de las Hojas Cartograficas aprobadas por el IGN a traves de la Resolucion Jefatural Nº 112-2006-IGN/OAJ/DGC/J; asi como de la Nomenclatura, Informacion Minima y el Formato de Impresion contenida en las Hojas de las Series Cartograficas Catastrales, con la finalidad de identificar la ubicacion de los predios, correlacionando su superficie y linderos perimetricos con el Registro de Predios. III. ALCANCE La presente Directiva es de aplicacion obligatoria para las Municipalidades Distritales y Provinciales en su jurisdiccion, asi como a las demas EGC a que se refiere el literal f) del articulo 3º del Decreto Supremo Nº 005-2006JUS y a toda persona natural o juridica que se le encargue dicha facultad. IV. BASE LEGAL - Ley Nº 28294: Ley del Sistema Nacional Integrado de Catastro y su vinculacion con el Registro de Predios. - D.S. Nº 005-2006-JUS: Reglamento de la Ley Nº 28294. - Resolucion Jefatural Nº 079-2006-IGN/OAJ/DGC - Resolucion Jefatural Nº 112-2006-IGN/OAJ/DGC/J

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Aprueban Directiva que establece normas basicas para la elaboracion y estandarizacion de la cartografia catastral
(Se publica la Directiva de la referencia a solicitud de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos mediante Oficio Nº 485-2007-SUNARP/SG, recibido el 22 de febrero de 2007). DIRECTIVA Nº 002­2006-SNCP/CNC "SERIES DE ESCALAS CARTOGRAFICAS CATASTRALES, NOMENCLATURA, CONTENIDO MINIMO Y FORMATO DE IMPRESION" MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2006 VISTO, el informe Nº 002-2006 de la Secretaria Tecnica del Sistema Nacional Integrado de Informacion Catastral Predial - SNCP; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28294 se creo el Sistema Nacional Integrado de Catastro y su vinculacion con el Registro de Predios - SNCP, con la finalidad de regular la integracion y unificacion de los estandares, nomenclaturas y procesos tecnicos de las diferentes Entidades Generadoras de Catastro (en adelante EGC) en el MORDAZA, a efectos de consolidar la informacion catastral y las caracteristicas de los predios y/o derechos sobre estos; Que, de conformidad con el inciso 2 del articulo 14º de la citada Ley Nº 28294, la Cartografia Catastral se sujeta a las normas de la Cartografia Basica Oficial aprobadas por el Instituto Geografico Nacional - IGN a traves de la Resolucion Jefatural Nº 112-2006-IGN/OAJ/DGC/J; y a las normas y estandares tecnicos que establece la Ley y su Reglamento, siendo que el articulo 32º del citado Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2006-JUS, precisa que las series de escalas; las series cartograficas catastrales, sus contenidos minimos y formatos seran determinados y desarrollados mediante Directivas, aprobadas por el Consejo Nacional de Catastro - CNC; Que, para efectos de facilitar a las EGC la elaboracion de la Cartografia Catastral, se hace necesario dictar las normas basicas, para estandarizar las Series de Escalas Cartograficas Catastrales, el Codigo de las Hojas, Nomenclatura, Informacion Minima y Formato de Impresion, que permitan determinar la localizacion de los predios, dentro del territorio nacional, correlacionando su superficie con el Registro de Predios;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.