Norma Legal Oficial del día 22 de mayo del año 2007 (22/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, martes 22 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

345763

Dejan sin efecto la R.M. Nº 4492005-EF/75, que aprobo condiciones financieras a ser consideradas en la licitacion publica con financiamiento externo para ejecutar el Proyecto "Inscripcion Registral con Competencia Nacional"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 292-2007-EF/75 MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 4492005-EF/75, se aprobaron las condiciones financieras a considerar en la licitacion publica para la ejecucion del Proyecto "Inscripcion Registral con Competencia Nacional", que conllevaria la concertacion de una operacion de endeudamiento externo; Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos - SUNARP, dentro del MORDAZA de sus politicas institucionales, cuenta actualmente en el presupuesto aprobado para el Ejercicio Fiscal del Ano 2007, por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, con los recursos financieros necesarios para iniciar la ejecucion del aludido Proyecto; Que, al no requerirse recursos externos para financiar el citado proyecto resulta necesario, en aras de una administracion eficiente, dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 449-2005-EF/75; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento y el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 449-2005-EF/75, con la cual se aprobaron las condiciones financieras a ser consideradas en la licitacion publica con financiamiento externo para ejecutar el Proyecto "Inscripcion Registral con Competencia Nacional". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 63000-1

Articulo 1º.- Aceptar a partir de la fecha, la renuncia presentada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Director de Educacion Primaria, dependiente de la Direccion Nacional de Educacion Basica Regular del Ministerio de Educacion, cargo considerado de confianza, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Encargar a partir de la fecha, a don MORDAZA MORDAZA COBIAN MORDAZA, el cargo de Director de Educacion Primaria, dependiente de la Direccion Nacional de Educacion Basica Regular del Ministerio de Educacion, cargo considerado de confianza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 63116-1

MUJER Y DESARROLLO SOCIAL
Reincorporan trabajadores al FONCODES
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 263-2007-MIMDES MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2007 Vistos, el Memorando Nº 162-2007-MIMDES/OGRH del Director General de la Oficina General de Recursos Humanos, y el Informe Nº 060-2007-MIMDES/OGRH/ORP del Jefe de la Oficina de Remuneraciones y Pensiones de la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES; CONSIDERANDO: Que, el articulo 11º de la Ley Nº 27803 establece que procede la reincorporacion en sus puestos de trabajo o reubicacion en cualquier otra entidad del Sector Publico y de los Gobiernos Locales, de los ex trabajadores que fueron cesados irregularmente u obligados a renunciar compulsivamente segun lo determinado por la Comision Ejecutiva creada por la citada Ley, y que la reincorporacion se sujeta a la disponibilidad de plazas presupuestadas y vacantes de caracter permanente existentes en la entidad; Que, mediante Resolucion Nº 01 de fecha 27 de noviembre de 2006 (Expediente Nº 2005-00975-900501-JR-CI-1), emitida por el Primer Juzgado Civil de Huamanga de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, en el MORDAZA Contencioso Administrativo seguido por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA (ex trabajadores de la ex Unidad Ejecutora 007: Oficina Nacional de Cooperacion Popular - COOPOP), contra el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, se resolvio admitir la solicitud de Medida Cautelar Innovativa, y en consecuencia ordeno la reincorporacion de los demandantes a su centro de trabajo y en un cargo similar o equivalente al que tenian al momento de su cese, hasta que se resuelva en forma definitiva el MORDAZA principal; Que, la Constitucion Politica del Peru, en su articulo 139º, inciso 2), establece que "ninguna autoridad puede avocarse a causas pendientes ante el organo jurisdiccional ni interferir en el ejercicio de sus funciones. Tampoco puede dejar sin efecto resoluciones que han pasado en autoridad de cosa juzgada, ni cortar procedimientos en tramite, ni modificar sentencias ni retardar su ejecucion"; asimismo, el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 01793-JUS, en su articulo 4º, establece que "Toda persona y autoridad esta obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones judiciales o de indole administrativa, emanadas de autoridad judicial competente, en sus propios terminos, sin poder calificar su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances, bajo la responsabilidad civil, penal o administrativa que la ley senala (...)"; Que, la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, en su articulo 4º, numeral

EDUCACION
Aceptan renuncia y encargan funciones de Director de Educacion Primaria, dependiente de la Direccion Nacional de Educacion Basica Regular
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0187-2007-ED MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2007 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 0180-2006-ED, de fecha 31 de marzo de 2006, se designo a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Director de Educacion Primaria, dependiente de la Direccion Nacional de Educacion Basica Regular del Ministerio de Educacion, cargo considerado de confianza; Que el citado funcionario ha presentado su renuncia al cargo, senalado en el considerando precedente, debiendose designar a la persona que desempenara dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley 27594, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510 y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED;

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