Norma Legal Oficial del día 06 de agosto del año 2008 (06/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, miercoles 6 de agosto de 2008

NORMAS LEGALES
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EL CONCEJO MUNICIPAL DE COMAS

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nuestra region, quienes se constituyen como paradigmas y ejemplos a seguir por las muestras de su MORDAZA a la patria y defensa de nuestras fronteras y territorio nacional; Que, de conformidad con lo previsto en los Arts. 191º y 192º de la Constitucion Politica el Peru, modificado por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el articulo 38º de la Ley 27867-Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley 27902, establece que los gobiernos regionales, a traves de sus organos de gobierno, dictan las normas pertinentes a traves de Ordenanzas Regionales, las mismas que, MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Estando a lo expuesto y de conformidad con la Constitucion Politica del Estado, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias Leyes 27902, 28968 y 29053; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- DECLARAR el mes de MORDAZA de cada ano, como el MES DE LA MORDAZA DE TUMBES, periodo en el que el Gobierno Regional establecera un programa de actividades con motivo de la celebracion de la MORDAZA de Tumbes. Articulo Segundo.- INSTITUYASE el dia 24 de MORDAZA de cada ano como el dia central de esta celebracion, por conmemorarse la Gloriosa Batalla de Zarumilla, disponiendo el embanderamiento e izamiento del pabellon nacional en el ambito de la Region, debiendo iniciar sus actividades con una ceremonia civico patriotica de conmemoracion de esta fecha. Articulo Tercero.- DISPONER que se inicien las actividades civico patriotica con un desfile civico militar el primer MORDAZA de MORDAZA en la Provincia de Tumbes, asimismo, se realizara desfile civico militar el MORDAZA MORDAZA de MORDAZA en la Provincia de Contralmirante MORDAZA y el 24 de MORDAZA en la Provincia de Zarumilla por la Gloriosa Batalla de Zarumilla. Articulo Cuarto.- INSTITUYASE el lema "Tumbes tierra Gloriosa Victoriosa e MORDAZA de la Patria", debiendo figurar en el encabezamiento de los documentos oficiales de las entidades publicas y privadas de la Region Tumbes. Articulo Quinto.- DISPONER que la Gerencia General Regional, la Gerencia Regional de Desarrollo Social y la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial implementen la ejecucion de la presente Ordenanza Regional. Articulo Sexto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion, conforme a lo dispuesto en el articulo 42°, de la Ley Organica de Gobiernos Regionales. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Tumbes para su promulgacion. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado POR TANTO Registrese, publiquese y cumplase. WILMER MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 233806-1

VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 31 de MORDAZA de 2008, el Informe Nº 065-2008-GAT/ MC de fecha 30 de MORDAZA de 2008, de la Gerencia de Administracion Tributaria de la Municipalidad de Comas a traves del cual solicita la ampliacion de la Ordenanza Nº 264-C/MC, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 17 de junio de 2008; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipales establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo el ultimo parrafo del Articulo 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado con D.S. Nº 135-99EF faculta a los Gobiernos Locales condonar de manera excepcional, con caracter general el interes moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren, en caso de contribuciones y tasas dicha condonacion tambien podra alcanzar al tributo; Que, el IV Titulo de las Obligaciones de los Administrados del Texto Unico Ordenado aprobado con D.S. Nº 135-99EF, en su Articulo 87º inciso 1) senala que los administrados deberan inscribirse en los Registros de la Administracion Tributaria aportando todos datos necesarios y actualizando los mismos en la forma y dentro de los plazos establecidos por las normas pertinentes; Que, mediante Ordenanza N° 264-C/MC publicado en el Diario Oficial El Peruano el 17 de junio de 2007, el Concejo Municipal de Comas dispuso la Exoneracion de las Multas Tributarias desde el 100% a los que en forma voluntaria se apersonen a regularizar la valoracion de su predio, asi como la inscripcion de los omisos; de igual forma dispone la Condenacion del 90% de las multas a aquellos administrados que han sido requeridos y se apersonen a regularizar las subvaluaciones o de aquellos que se encuentren en calidad de omisos; Que, mediante Informe Nº 068-2008-GAT/MC, de fecha 30 de MORDAZA de 2008, de la Gerencia de Administracion Tributaria, informa que estando el trabajo desarrollado (emision de 15,448 requerimientos de acuerdo a las cifras), y de los trabajos que se encuentran en MORDAZA (inspecciones oculares programadas hasta el 21 de agosto de 2008) para el desarrollo de la emision de las Resoluciones de Determinacion de Impuesto Predial y Multa; y estando a las cifras recaudadas por dicho concepto (multas tributarias en el mes de junio de 2008 S/. 25,533.51 nuevos soles, y en lo que va en el mes de MORDAZA S/. 31,1286.00 nuevos soles), por lo que solicito la ampliacion de la Ordenanza Nº 264-C/MC por el lapso de 31 dias, a partir de 1 de agosto de 2008; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Pleno del Concejo Municipal, luego de las deliberaciones correspondientes, por Mayoria aprobo la siguiente: ORDENANZA: Articulo Primero.- AMPLIAR, la vigencia de la Ordenanza Nº 264-C/MC en todos sus extremos, por el lapso de 31 dias, a partir del 1 de agosto de 2008. Articulo Segundo.- La Gerencia de Administracion y Finanzas; la Gerencia de Administracion Tributaria y la Unidad de Comunicacion Municipal, en lo que corresponda, seran responsables del cumplimiento de esta Ordenanza. Articulo Tercero.- DISPENSAR de la lectura y aprobacion del acta para que la presente Ordenanza, sea publica de inmediato. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. WILFER MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (e) 233864-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE COMAS
Amplian vigencia de la Ordenanza Nº 264-C/MC referida a beneficios tributarios
ORDENANZA Nº 267-C/MC Comas, 31 de MORDAZA de 2008

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