Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2008 (19/12/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano MORDAZA, viernes 19 de diciembre de 2008

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe
Factores Nodales de Factores Energia Nodales de Potencia Horas Punta Horas Fuera de Punta 1,0129 1,0242 1,0010 1,0121 1,0403 1,0894 1,0115 1,0205 0,9997 1,0085 1,0328 1,0668 1,0193 1,0283 1,0074 1,0163 1,0399 1,0746

385531

Punto de Suministro

MORDAZA de Entrega y Medicion SE Ica 60 kV SE Ica 10 kV SE Independencia 60 kV SE Independencia 10 kV SE Marcona 60 kV SE Caudalosa 22 kV

SE Ica SE Independencia SE Marcona SE Caudalosa

ser materia de notificacion a traves de Notificaciones SOL; Que resulta necesario establecer la forma y condiciones para solicitar la autorizacion de una nueva Orden de Pago del Sistema Financiero; asi como modificar el anexo de la Resolucion de Superintendencia Nº 014-2008/SUNAT; En uso de las facultades conferidas por la Primera Disposicion Complementaria y Final del Decreto Supremo Nº 051-2008-EF, el articulo 11º del Decreto Legislativo Nº 501 y el inciso q) del articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DEFINICIONES Para efecto de la presente Resolucion, se entendera por: a) Decreto Supremo: Al Decreto Supremo Nº 0512008-EF, que regula la devolucion mediante Ordenes de Pago del Sistema Financiero de pagos indebidos o en exceso de deudas tributarias cuya administracion esta a cargo de la SUNAT y cuyo rendimiento constituya ingreso del Tesoro Publico. b) Solicitante: A la persona a que se refiere el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 051-2008-EF. c) SUNAT: A la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria. d) SUNAT Virtual: Al MORDAZA de la SUNAT en la Internet, cuya direccion electronica es http://www.sunat.gob.pe. e) SUNAT Operaciones en linea: Al sistema informatico disponible en Internet, regulado por la Resolucion de Superintendencia Nº 109-2000/SUNAT y normas modificatorias, que permite que se realicen operaciones en forma telematica entre el usuario y la SUNAT. f) Codigo de usuario: Al texto conformado por numeros y letras, que permite identificar al usuario que ingresa a SUNAT Operaciones en Linea, segun el inciso d) del articulo 1º de la Resolucion de Superintendencia Nº 1092000/SUNAT y normas modificatorias. g) Clave SOL: Al texto conformado por numeros y letras, de conocimiento exclusivo del usuario, que asociado al Codigo de usuario otorga privacidad en el acceso a SUNAT Operaciones en Linea, segun el inciso e) del articulo 1º de la Resolucion de Superintendencia Nº 109-2000/SUNAT y normas modificatorias. Cuando se mencionen articulos sin indicar la MORDAZA a la que corresponda, se entenderan referidos a la presente Resolucion. Articulo 2º.- FORMA PARA SOLICITAR LA AUTORIZACION DE UNA NUEVA ORDEN DE PAGO DEL SISTEMA FINANCIERO Para la autorizacion de una nueva Orden de Pago del Sistema Financiero a que se refiere el MORDAZA parrafo del articulo 7º del Decreto Supremo, el solicitante debera presentar su solicitud: a) Utilizando el Formulario Virtual Nº 1649 "Solicitud de devolucion", que se aprueba mediante la presente Resolucion, el cual se presentara a traves de SUNAT Virtual. En este caso, el solicitante debe contar previamente con el Codigo de Usuario y la Clave SOL que le permitan ingresar a SUNAT Operaciones en Linea, y cumplir con las condiciones para la MORDAZA mencionadas en el articulo 3º; o, b) Utilizando el Formulario Nº 4949 "Solicitud de devolucion", el cual debera ser presentado ante la Intendencia, Oficina Zonal o Centro de Servicios al Contribuyente de la SUNAT de su domicilio fiscal o en la dependencia que se le hubiera asignado para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, segun corresponda, para lo cual debera cumplir con las condiciones para la MORDAZA mencionadas en el articulo 3º. Articulo 3º.CONDICIONES PARA LA MORDAZA DE LA SOLICITUD DE AUTORIZACION

Articulo 2º.- Aprobar las Bases para la Tercera Convocatoria a Licitacion de Suministro de Energia Electrica para la Empresa Concesionaria de Distribucion Electro Sur Medio S.A.A., las mismas que como Anexo forman parte de la presente resolucion. Articulo 3º.- La presente Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano" y consignada, conjuntamente con su Anexo, en la pagina Web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 292946-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Establecen forma y condiciones para la autorizacion de nueva Orden de Pago del Sistema Financiero regulada mediante D.S. Nº 051-2008-EF
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 232-2008/SUNAT MORDAZA, 18 de diciembre de 2008 CONSIDERANDO: Que el articulo 7º del Decreto Supremo Nº 0512008-EF senala que para hacer efectiva la devolucion mediante Ordenes de Pago del Sistema Financiero de pagos indebidos o en exceso de deudas tributarias cuya administracion esta a cargo de la SUNAT y cuyo rendimiento constituya ingreso del Tesoro Publico, la SUNAT debera autorizar al Banco de la Nacion para que ponga a disposicion del solicitante el monto a devolver el dia en que surta efectos la notificacion de la resolucion que resuelva la solicitud de devolucion. Agrega que las referidas ordenes de pago se mantendran por tres (03) meses computados desde la fecha en que se efectuaron; Que asimismo, el MORDAZA parrafo del citado articulo establece que una vez vencido el plazo mencionado en el considerando anterior, cada vez que lo indique el solicitante, la SUNAT podra autorizar por otros tres (03) meses al Banco de la Nacion para que el solicitante pueda retirar el monto a devolver; Que la Primera Disposicion Complementaria y Final del Decreto Supremo Nº 051-2008-EF, faculta a la SUNAT a establecer la forma y condiciones en que el solicitante realizara dicha indicacion; Que el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 051-2008EF dispone que los conceptos cuya devolucion podra ser solicitada a traves de Ordenes de Pago del Sistema Financiero, son aquellos previstos en la Resolucion de Superintendencia Nº 014-2008/SUNAT; Que el articulo 3º de la Resolucion de Superintendencia Nº 014-2008/SUNAT, que regula la notificacion de actos administrativos por medio electronico, establece que los actos administrativos que se senalan en su anexo, podran

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.