Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2008 (23/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, miercoles 23 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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Articulo 4°.- La presente Resolucion Ministerial sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, quedando la Direccion General de Gestion Administrativa encargada de remitir MORDAZA de la presente Resolucion y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los siguientes diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su expedicion, adicionalmente, debera publicarla a traves del SEACE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa 229837-1

peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinion favorable del Ejercito del Peru y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de tres (03) oficiales de la Fuerza Terrestre del Ecuador, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 23 al 25 de MORDAZA de 2008, para participar en la XXXV Conferencia Bilateral de Inteligencia entre el Ejercito del Peru y la Fuerza Terrestre del Ecuador. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa ANEXO A LA RESOLUCION MINISTERIAL Nº 752-2008 DE/SG a) MOTIVO Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de tres (03) oficiales de la Fuerza Terrestre del Ecuador para participar en la XXXV Conferencia Bilateral de Inteligencia entre el Ejercito del Peru y la Fuerza Terrestre del Ecuador. . b) IDENTIFICACION DEL PERSONAL MILITAR DE LA REPUBLICA DE ECUADOR, SIN MORDAZA DE MORDAZA, QUE INGRESARA AL TERRITORIO DE LA REPUBLICA: 1. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 2. MORDAZA MORDAZA MORDAZA TROYA 3. MAYOR MORDAZA MORDAZA MORDAZA c) TIEMPO DE PERMANENCIA Del 23 al 25 de MORDAZA de 2008. 229837-2 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 753-2008 DE/SG MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2008 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 699 de fecha 10 de MORDAZA de 2008, respectivamente, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de America;

Autorizan ingreso al territorio de la Republica de personal militar de Ecuador y de los Estados Unidos de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 752-2008 DE/SG MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2008 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 695 de fecha 09 de MORDAZA de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de Ecuador, sin MORDAZA de guerra; Que, en el MORDAZA de la XXXIV Conferencia Bilateral de Inteligencia, realizada en la MORDAZA de MORDAZA - Ecuador, se acordo que la siguiente Conferencia Bilateral de Inteligencia entre el Ejercito del Peru y la Fuerza Terrestre del Ecuador, se llevaria cabo en la MORDAZA de MORDAZA ­ Peru, en el mes de MORDAZA de 2008; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio

DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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