Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2009 (23/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 23 de diciembre de 2009

Que, en el MORDAZA de las acciones comprendidas en el Plan del Estimulo Economico para aminorar los efectos de la crisis externa en el MORDAZA, el gobierno peruano ha establecido medidas para dar impulso a la actividad economica, a la infraestructura y a los sectores sociales; Que, para lograr los objetivos MORDAZA indicados, a traves de la Resolucion Suprema Nº 342-2008-PCM se conformo la Comision Multisectorial encargada de monitorear el impacto de la crisis economica financiera internacional y el seguimiento de las medidas aprobadas por el poder ejecutivo para el sostenimiento y el empleo y para la proteccion a los grupos mas vulnerables de la poblacion; Que, una de las acciones ejecutadas fue el lanzamiento de "Compras a MYPEru" a traves del Decreto de Urgencia Nº 015-2009 que autorizo excepcionalmente al Fondo de Cooperacion para el Desarrollo Social ­ FONCODES a gestionar a traves de la modalidad de Nucleo Ejecutor adquisiciones a la Micro y Pequena Empresa ­ MYPE de carpetas, uniformes, calzados, chompas y buzos, estableciendose posteriormente las disposiciones complementarias con el Decreto Supremo Nº 001-2009MIMDES. Que, ante la gran acogida obtenida en el sector de la micro y pequena empresa, asi como los beneficios a la poblacion menos favorecida, el Gobierno emitio el Decreto de Urgencia Nº 100-2009 a traves del cual se autoriza nuevamente en forma excepcional al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES, Unidad Ejecutora 004 ­ Fondo de Cooperacion para el Desarrollo Social ­ FONCODES, a gestionar durante el presente ano y hasta el mes de MORDAZA del ano 2010, a traves de la modalidad de Nucleo Ejecutor, las adquisiciones a la Micro y Pequena Empresa - MYPE de uniformes, chompas y calzado para escolares ubicados en las zonas de pobreza a nivel nacional, asi como uniformes y calzado para los oficiales y el personal de la Policia Nacional del Peru y de las Fuerzas Armadas y, ropa hospitalaria para los hospitales a nivel nacional; hasta por CIEN MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 100 000 000,00). Que, el referido Decreto de Urgencia preve en su articulo 2, que el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social en coordinacion con los Ministerios de la Produccion, Salud, Interior, Defensa y Educacion, establecera las normas reglamentarias sobre conformacion, reconocimiento y administracion de los Nucleos Ejecutores, medidas de control, rendicion de cuentas y responsabilidad en el uso de los recursos, asi como disposiciones que regulen el expediente de compra, los procedimientos de adquisicion de los bienes, determinacion, cantidad y calidad de los bienes, seguimiento y supervision. Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar las normas reglamentarias que permitiran la implementacion de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 100-2009; De conformidad, con lo dispuesto por la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27793 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, el Decreto de Urgencia Nº 100-2009 y la Resolucion Suprema Nº 342-2008-PCM; DECRETA: Articulo 1.- De las Compras a MYPEru De acuerdo a lo establecido en el articulo 1 del Decreto de Urgencia Nº 100-2009, los recursos se administraran en el MORDAZA de las "Compras a MYPEru" a traves de la modalidad de Nucleo Ejecutor, quien tendra a su cargo la gestion de las adquisiciones de bienes a la Micro y Pequena Empresa ­ MYPE hasta por las siguientes cantidades: 480 mil uniformes, chompas y calzado, y; 120 mil buzos destinados a la poblacion escolar de acuerdo al requerimiento del Ministerio de Educacion; 110 mil uniformes destinados al personal de la Policia Nacional del Peru de acuerdo al requerimiento del Ministerio del Interior; 290 mil prendas de ropa hospitalaria destinados a los hospitales de acuerdo al requerimiento del Ministerio de Salud.

Articulo 2.- De los bienes a comprar a las MYPE El Ministerio de la Produccion, en coordinacion con los Sectores beneficiarios de los bienes, elabora los Expedientes Tecnicos en los que se definira las especificaciones tecnicas de los bienes a adquirir, la estructura de costos, lotes y los criterios y prioridades a aplicar en los procesos de convocatoria a las MYPE y proveedores de insumos. El Ministerio de la Produccion, promueve, dentro de lo posible, que las compras dinamicen las MORDAZA productivas de los sectores textilconfecciones y cuero-calzado, cuidando la calidad de los bienes a adquirir. El Ministerio de la Produccion, remite a FONCODES, los Expedientes Tecnicos y los informes de evaluacion tecnica favorables, para su incorporacion en los Convenios a suscribirse con los respectivos Nucleos Ejecutores. Articulo 3.- De la continuidad, conformacion y reconocimiento de los Nucleos Ejecutores Las adquisiciones de los bienes requeridos por el Ministerio de Educacion en el MORDAZA del Decreto de Urgencia Nº 100-2009, estaran a cargo de los Nucleos Ejecutores de Uniformes, Chompas y Calzado conformados en virtud del Decreto Supremo Nº 001-2009MIMDES, encargandose al Nucleo Ejecutor de Uniformes la adquisicion de buzos escolares. En el caso de las adquisiciones de los bienes requeridos por el Ministerio del Interior y el Ministerio de Salud, se conformara el Nucleo Ejecutor de Uniformes Interior ­ Ropa Hospitalaria, integrado por: 1. Un (01) representante del Ministerio de la Produccion; 2. Un (01) representante del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; 3. Un (01) representante del Ministerio del Interior; 4. Un (01) representante del Ministerio de Salud; 5. Un (01) representante de la Sociedad Nacional de Industrias ­ SNI; 6. Un (01) representante del gremio de las MYPE vinculado a confecciones. Para la conformacion del Nucleo Ejecutor de Uniformes Interior ­ Ropa Hospitalaria, las instituciones publicas deberan acreditar a sus representantes a traves de Resoluciones Ministeriales, en el plazo de cinco (05) dias calendario, a partir de la vigencia del presente Decreto Supremo. La designacion del representante del gremio de las MYPE sera formalizada por Resolucion Ministerial del Ministerio de la Produccion en un plazo de diez (10) dias calendario. La Sociedad Nacional de Industrias ­ SNI acreditara a su representante que sera designado por Resolucion Ministerial del Ministerio de la Produccion en el mismo plazo. Para los Nucleos Ejecutores de Uniformes, Chompas y Calzado, las instituciones publicas podran designar representantes distintos a los actuales en cualquier momento. Asimismo, de resultar necesario el reemplazo de los representantes de la Sociedad Nacional de Industrias y del gremio de las MYPE respectivos, se efectuara por Resolucion Ministerial del Ministerio de la Produccion. Articulo 4.- De la representatividad de los Nucleos Ejecutores Los Nucleos Ejecutores estaran representados por un Presidente, un Tesorero, un Secretario y Vocales. Los cargos de Presidente y Tesorero, seran ejercidos por los representantes del Ministerio de la Produccion y del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, respectivamente. Los otros cargos seran elegidos entre los demas representantes. El Presidente sera el representante legal del Nucleo Ejecutor y gozara de las facultades para intervenir en los procedimientos administrativos y procesos judiciales, y tendra el MORDAZA dirimente en las sesiones respectivas. Articulo 5.- De la administracion, rendicion de cuentas y responsabilidad de los Nucleos Ejecutores Cada Nucleo Ejecutor gozara de capacidad juridica y se regira por las normas que regulan las actividades

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