Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2009 (23/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano MORDAZA, miercoles 23 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

408601

Que, a traves de la Ordenanza Municipal Nº 0382008/MDV-CDV, se aprobo la MORDAZA de incentivos para contribuyentes y/o responsables tributarios del distrito de Ventanilla. Asimismo, mediante Ordenanza Municipal Nº 016-2009/MDV-CDV de fecha 18 de junio del 2009, se modifico el ultimo parrafo del articulo MORDAZA de la Ordenanza Municipal Nº 038-2008/MDV-CDV, describiendo las caracteristicas tecnicas del vehiculo materia de sorteo con motivo de la MORDAZA de incentivos, sin mencionar MORDAZA, fabricante o MORDAZA de producto. Que, la Gerencia de Rentas propone la inclusion del item e) al articulo 3 de la Ordenanza Municipal Nº 038-2008/MDVCDV, con la finalidad de otorgar la oportunidad de participar en el sorteo con motivo de la MORDAZA de incentivos, a los contribuyentes que han regularizado el pago de sus tributos municipales luego del vencimiento de la primera cuota, sugiriendo la inclusion del siguiente texto: "e) Haber efectuado el pago del primer y MORDAZA trimestre del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2009 hasta el 30 de junio del 2009". Que, la Gerencia de Asesoria Juridica opina favorablemente con relacion a la inclusion de este MORDAZA supuesto, que garantizara una mayor participacion de los contribuyentes para el pago de sus impuestos prediales asi como arbitrios, contando con el sustento legal segun lo prescrito en el numeral 14 del articulo 9 de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades. Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972, con el Dictamen favorable de la Comision de Rentas, el Concejo Municipal con el MORDAZA POR UNANIMIDAD, y con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta; Aprobo la siguiente Ordenanza: MODIFICACION DEL ARTICULO 3 DE LA ORDENANZA MUNICIPAL QUE APROBO LA MORDAZA DE INCENTIVOS PARA CONTRIBUYENTES Y/O RESPONSABLES TRIBUTARIOS Articulo Primero.- ADICIONAR el literal e) al articulo 3 de la Ordenanza Municipal N° 038-2008/MDV-CDV, que aprobo la MORDAZA de incentivos para contribuyentes y/o responsables tributarios, en los siguientes terminos: "Articulo 3.- DE LAS CONDICIONES Y REQUISITOS PARA ACOGERSE AL INCENTIVO: Para acogerse a lo establecido en la presente Ordenanza, los contribuyentes o responsables tributarios deberan de cumplir las siguientes condiciones: e) Haber efectuado el pago del primer y MORDAZA trimestre del Impuesto Predial y arbitrios municipales del ejercicio 2009, hasta el 30 de junio del 2009" Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 437827-6

Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 017-2009/ MDV de fecha 18 de Junio del 2009, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 04 de MORDAZA del 2009, se establecio el beneficio de amnistia de deudas tributarias y no tributarias, con la finalidad de que los contribuyentes puedan cumplir con sus obligaciones pendientes de pago derivadas del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, Multas Tributarias y Multas Administrativas. Que, el articulo 13º de la referida ordenanza municipal senala que el beneficio tributario y no tributario tendra vigencia hasta el dia 01 de agosto del 2009, asimismo en su tercera disposicion final, se faculta al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia establezca su prorroga de ser el caso. Que, mediante Memorando Nº 390-2009/MDV-GR de fecha 31 de MORDAZA del 2009, la Gerencia de Rentas, manifiesta que luego de la evaluacion, analisis de los resultados obtenidos, y dada la concurrencia masiva de contribuyentes acogiendose a dicho beneficio, seria conveniente aprobar una prorroga de la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 017-2009/MDV, siendo su propuesta que sea por veinte (20) dias calendario, es decir, del 03 al 22 de agosto del 2009, ello con la finalidad de seguir brindando facilidades a los contribuyentes para que cancelen sus obligaciones pendientes de pago a esta Corporacion Edil. Que, mediante Informe N° 281-2009/MDV-GAJ la Gerencia de Asesoria Juridica, opina que es procedente la prorroga del beneficio de amnistia de deudas tributarias y no tributarias, aprobado mediante Ordenanza Municipal N° 017-2009/MDV de fecha 18 de junio de 2009. Que, el articulo 55º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, modificado mediante Decreto Legislativo Nº 981, establece que "Es funcion de la administracion tributaria recaudar los tributos" y el articulo 69º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades senala "Son rentas municipales, los tributos creados por Ley a su favor y las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias, multas y derechos creados por su Concejo Municipal, los que constituyen sus ingresos propios". Que, el articulo 194° de la Constitucion Politica del Estado modificado por Ley N° 26680, Ley de Reforma Constitucional del 07 de marzo del 2002, establece que las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con lo establecido en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades. Que, el articulo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece "Los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del Concejo Municipal". Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. SE DECRETA: Articulo Primero: ESTABLECER LA PRORROGA, por unica vez, del beneficio de amnistia de deudas tributarias y deudas no tributarias, aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 017-2009/MDV, por el plazo de 20 dias calendarios, es decir del 03 de agosto hasta el 22 de agosto del 2009. Articulo Segundo: ENCARGAR a la Gerencia de Rentas, y demas unidades organicas pertinentes el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldia. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 437827-7

Prorrogan beneficio de amnistia de deudas tributarias y no tributarias aprobado mediante Ordenanza Nº 0172009/MDV
DECRETO DE ALCALDIA Nº 008-2009/MDV-ALC Ventanilla, 03 de agosto de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: El Memorando Nº 390-2009/MDV-GR de fecha 31 de MORDAZA del 2009 remitido por la Gerencia de Rentas, y;

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