Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2009 (29/12/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, martes 29 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES

409055

Tratandose de las operaciones gravadas con el ITF a que se refiere el inciso g) del articulo 9° del TUO de la Ley N° 28194, Ley para la lucha contra la evasion y la formalizacion de la economia aprobado por Decreto Supremo N° 1502007-EF, la declaracion y el pago del Impuesto se realizara en la misma oportunidad de la MORDAZA de la declaracion jurada anual del Impuesto a la Renta del ejercicio gravable en el cual se realizaron dichas operaciones, de acuerdo a lo que se establezca mediante Resolucion de Superintendencia. DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL Unica.- VIGENCIA La presente resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente al de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional (e) Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria 439707-1

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Aprueban Cuadro de tipificacion de infracciones de seguridad e higiene minera
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 260-2009-OS/CD MORDAZA, 14 de diciembre de 2009 VISTO: El Memorando Nº GFM-358-2009 de la Gerencia de Fiscalizacion Minera, por el cual se remite el Cuadro de tipificacion de infracciones de seguridad e higiene minera; CONSIDERANDO: Que, segun lo dispuesto por el articulo 1º de la Ley Nº 27699 - Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, el Consejo Directivo esta facultado para tipificar los hechos y omisiones que configuran infracciones administrativas, asi como aprobar la Escala de Multas y Sanciones. Que, conforme al Decreto Supremo Nº 046-2001-EM, se aprobo el Reglamento de Seguridad e Higiene Minera. Que, conforme a la Ley Nº 28964, OSINERGMIN asumio la competencia referida a las actividades de supervision y fiscalizacion de Seguridad e Higiene Minera y de conservacion y proteccion del Ambiente en las actividades mineras. Que, conforme al articulo 13º de la Ley Nº 28964, para el ejercicio de las funciones de fiscalizacion y supervision de las actividades mineras, el Consejo Directivo de OSINERGMIN esta facultado para tipificar los hechos y omisiones que configuran infracciones administrativas. Que, conforme al articulo 22º del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, la funcion normativa de caracter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo del OSINERGMIN a traves de resoluciones. Que, la Gerencia de Fiscalizacion Minera ha presentado un proyecto de resolucion que establece las infracciones en materia de seguridad e higiene minera, con la finalidad de facilitar la labor de supervision y fiscalizacion de las actividades mineras y que las empresas supervisadas puedan prever aquellas conductas generadoras de infracciones administrativas. Que, vista la propuesta presentada por la Gerencia de Fiscalizacion Minera con opinion favorable de la Gerencia Legal; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Cuadro de tipificacion de infracciones de seguridad e higiene minera. Articulo 2º.- Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, en el MORDAZA del Estado Peruano y en el MORDAZA institucional del OSINERGMIN. Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. DISPOSICION UNICA Las sanciones previstas en la Resolucion Ministerial Nº 353-2000-EM-VMM se mantienen vigentes hasta la aprobacion de la escala de multas y sanciones mediante Resolucion del Consejo Directivo del OSINERGMIN. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo

Dejan sin efecto representante de la CETICOS MATARANI

y designan SUNAT ante

RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 277-2009/SUNAT MORDAZA, 28 de diciembre de 2009 CONSIDERANDO: Que mediante Ley Nº 28569 se otorgo autonomia a los Centros de Exportacion, Transformacion, Industria, Comercializacion y Servicios ­ CETICOS de Ilo, Matarani y Paita, con la finalidad de contribuir al desarrollo de las zonas sur y norte del pais; Que el Articulo 5° de la referida Ley establece que la Junta de Administracion es el organo MORDAZA de direccion de los CETICOS y esta conformada, entre otros, por un representante de la Intendencia de Aduana donde se ubique el mismo, el cual debe ser designado por resolucion del titular del pliego; Que mediante Resolucion de Superintendencia Nº 2262009/SUNAT, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Intendente de Aduana de Mollendo; Que en ese sentido, resulta necesario dejar sin efecto la designacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Riega como representante de la SUNAT ante el CETICOS Matarani, efectuada mediante Resolucion de Superintendencia Nº 025-2009/SUNAT; En uso de las facultadas conferidas en el inciso u) del Articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 1152002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Dejar sin efecto la designacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Riega como representante de la SUNAT ante el CETICOS Matarani, efectuada mediante Resolucion de Superintendencia Nº 0252009/SUNAT. Articulo 2°.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Intendente de Aduana de Mollendo, como representante de la SUNAT ante el CETICOS Matarani. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional (e) 439709-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.