Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2009 (29/12/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 54

409072
VISTO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 29 de diciembre de 2009

El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en Sesion Extraordinaria celebrada el dia veintitres de Diciembre del 2009 ha tratado, debatido y aprobado por unanimidad la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el Art. 197° de la Constitucion Politica del Estado establece que las Regiones tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, considera que la descentralizacion es una forma de organizacion democratica y constituye una politica permanente de Estado, de caracter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del pais; por ello se ha otorgado a los Gobiernos Regionales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, de conformidad al Art. 13º de la Ley 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional; Art. 15º literal a) de la MORDAZA senalada, "es atribucion del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional"; el Art. 37º literal a) el Consejo Regional dicta Ordenanzas y Acuerdos del Consejo Regional; Art. 38° Ordenanzas Regionales.- las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 en su Art. 2°.- Legitimidad y Naturaleza Juridica.Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administracion economica y financiera, un pliego presupuestal Art. 3°.Jurisdiccion.- Los gobiernos regionales tienen jurisdiccion en el ambito de sus respectivas circunscripciones territoriales, conforme a Ley; Art. 4°.- Finalidad.- Los gobiernos regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversion publica y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo. Que, la Ley N° 29289 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, prescribe en su Art. 8° literal h), "El nombramiento del personal contratado en entidades del Sector Publico, que a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley ocupen plaza presupuestal vacante bajo la modalidad de servicios personales y reunan los requisitos establecidos en las leyes de MORDAZA correspondientes", establece el nombramiento del personal contratado en entidades del Sector Publico, en los supuestos ya enunciados. Que, la Ley N° 29289, al indicar que el personal a nombrar debera de reunir los requisitos establecidos en las leyes de MORDAZA correspondiente, se toma en cuenta lo pertinente para poder cumplir con algunas de las exigencias toda vez que algunas por extemporaneas al caso no seria de aplicabilidad en este momento por considerar aberrante, inconstitucional e inaplicable, por lo que se adecuara en lo que sea pertinente y aplicable. Que, considerando la existencia de servidores publicos en la Sede Central, Direcciones Regionales, Sectoriales y Unidades Ejecutoras del Gobierno Regional MORDAZA, que a la fecha de entrada en vigencia de la Ley N° 29289, se encuentran ocupando plaza presupuestal vacante, bajo la modalidad de servicios personales y estan laborando por mas de tres anos consecutivos en la misma plaza, corresponde a los mismos se les incorpore a la MORDAZA administrativa estableciendo su nombramiento por incorporacion a traves de un Acto Administrativo Resolutivo.

Que, a fin de garantizarse un efectivo y legal nombramiento del personal indicado, corresponde a las areas de recursos humanos o personal y presupuesto y/o planeamiento o quienes MORDAZA sus veces del Ejecutivo Regional, Direcciones Regionales Sectoriales y Unidades Ejecutoras del Gobierno Regional MORDAZA, evacuar los informes tecnicos correspondientes, con las pruebas de los requisitos para alcanzar el nombramiento y que obran en las mismas en la actualidad, bajo responsabilidad administrativa y penal de ser el caso. Que, al aplicar adecuaciones del Decreto Legislativo N° 276 y su Reglamento Decreto Supremo 00590-PCM, sustentamos la obligatoriedad de exigir el cumplimiento de la antiguedad minima de tres anos, no pudiendo aplicar otros requisitos como es el caso del concurso publico para acceder a la MORDAZA publica toda vez que no podria darse un hecho como este por cuanto resultaria extemporaneo y anticonstitucional, provocaria desestabilidad normativa y crearia un pesimo precedente, por lo que solo sera de aplicacion de las acotadas normas lo que pueda adecuarse, tanto asi como respetar las normas de orden nacional y regional que para el caso se han dado. Que, en los casos de trabajadores que vienen laborando por mas de cinco anos, que en la actualidad no tengan plaza especifica, los responsables de las diferentes Comisiones, deberan de adecuar dentro de los instrumentos de ordenamiento interno del Gobierno Regional MORDAZA, con la finalidad de legalizar dichos nombramientos por incorporacion, materia del presente MORDAZA de nombramientos. Que, por Acuerdo de Consejo Regional N° 0332009-CR/GRM, se forma la Comision Central la misma que a traves de directivas organiza en los diferentes organos regionales tanto en la Sede Central como en las Direcciones Sectoriales y Unidades Ejecutoras, con la finalidad de cumplir con los requerimientos establecidos por las diferentes normas materia del presente MORDAZA de nombramiento. Que, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley No. 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, asi como nuestro Reglamento Interno; ORDENA: Articulo Primero.- DECLARAR de interes regional el MORDAZA de Nombramiento por Incorporacion del personal contratado que vienen laborando en la sede central y en los diferentes sectores del Gobierno Regional de MORDAZA, conforme a las leyes de la materia, a las Directivas que se aprueben para tal efecto y conforme a los considerandos de la presente Ordenanza, con el proposito de regularizar sus Derechos laborales que les correspondan. Articulo Segundo.- DISPONER que los procesos de nombramiento que se hayan iniciado MORDAZA de la vigencia de la presente Ordenanza Regional, deberan de culminar conforme a las directivas que se hayan aprobado para tal efecto, debiendo los sectores correspondientes o Unidades Ejecutoras disponer las acciones administrativas correspondientes para su cumplimiento bajo responsabilidad. Articulo Tercero.- ENCARGAR, que la Gerencia General Regional y la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial en coordinacion con los diferentes sectores que conforman el Gobierno Regional de MORDAZA a que realicen las modificaciones y/o adecuaciones de los documentos de Gestion correspondientes a fin de poder viabilizar el MORDAZA de nombramiento. Articulo Cuarto.- DELEGAR a los Directores Regionales de los diferentes sectores confortantes del Gobierno Regional realicen las acciones administrativas por medio de las Comisiones Encargadas de llevar a cabo el MORDAZA de nombramiento de sus trabajadores conforme a lo establecido en los fundamentos expuestos en la presente Ordenanza Regional y conforme a las Directivas aprobadas por cada sector para los fines del presente MORDAZA de nombramiento.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.