Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2009 (31/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 31 de diciembre de 2009

Intergubernamental del Sector Vivienda, Construccion y Saneamiento encargada de desarrollar los componentes de gestion descentralizada incorporados con el Decreto Supremo Nº 047-2009-PCM, respecto de las funciones y competencias del Sector; encontrandose asimismo autorizados a culminar la transferencia de funciones del articulo 62 de la Ley Nº 27867 a diecinueve (19) Gobiernos Regionales, con excepcion de MORDAZA Metropolitana que tiene un Regimen Especial, dispuesto por el Decreto Supremo Nº 083-2008-PCM; Que, en atencion al MORDAZA enfoque que se esta dando al MORDAZA de descentralizacion, la citada Comision Intergubernamental, recientemente instalada con fecha 30 de noviembre del ano 2009, tiene entre sus funciones la de culminar con la transferencia de funciones del articulo 62 de la Ley Nº 27867 y, asimismo, prevenir los mecanismos que posibiliten el seguimiento, fortalecimiento y mejoramiento continuo del ejercicio de tales funciones, las cuales deben ser implementadas por dicha Comision; Que, la transferencia de las funciones en materia de administracion y adjudicacion de terrenos de propiedad del Estado previstas en el articulo 62 de la Ley Nº 27867, debe efectuarse de acuerdo con la legislacion vigente y el Sistema de Bienes Nacionales; Que, de conformidad con la Ley Nº 29151- Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, vigente desde el 16 de marzo de 2008, el Sistema Nacional de Bienes Estatales esta constituido por el conjunto de organismos, garantias y normas que regulan, de manera integral y coherente, los bienes estatales, en sus niveles de Gobierno Nacional, Regional y Local, a fin de lograr una administracion ordenada, simplificada y eficiente de los bienes del Estado; Que, para efectivizar la transferencia de funciones de administracion y adjudicacion de terrenos de propiedad del Estado previstas en el articulo 62 de la Ley Nº 27867, como parte del Sistema Nacional de Bienes Estatales, resulta necesario que el Ente Rector de dicho Sistema continue con: i) la implementacion del Registro Unico Obligatorio de los bienes estatales a que se refiere el inciso e) del numeral 14.1 del articulo 14 de la Ley Nº 29151, el cual permitira la identificacion de los bienes de propiedad estatal y con ello proporcionara informacion confiable sobre dichos bienes para la toma de decisiones administrativas por parte de los Gobiernos Regionales y demas entidades del Sistema Nacional de Bienes Estatales; ii) el desarrollo del software para la interconexion tecnologica del Ente Rector con los Gobiernos Regionales que permitan la incorporacion de nuevos predios al Registro Unico Obligatorio con el codigo unico nacional y efectuar el seguimiento de las acciones que se tomen respecto de dichos bienes por parte de la entidades del Sistema; y iii) la capacitacion del personal de los Gobiernos Regionales que estaran a cargo de la administracion y adjudicacion de los terrenos eriazos y urbanos del Estado en su jurisdiccion; Que, dichas acciones deberan implementarse progresivamente en el transcurso del ano 2010, acompanadas de las coordinaciones que se efectuen en la Comision Intergubernamental del Sector Vivienda, Construccion y Saneamiento, creada recientemente con la Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 0632009-PCM/SD, de fecha 19 de noviembre de 2009; En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 8) del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru, y de conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1.- Ampliacion de plazo para culminar la transferencia de funciones previstas en el articulo 62 de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales Prorroguese el plazo para culminar la transferencia a los Gobiernos Regionales de las funciones previstas en el articulo 62 de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, establecido en el articulo 1 del Decreto Supremo Nº 083-2008-PCM, hasta el 31 de diciembre de 2010, por las razones expuestas en la parte considerativa del presente dispositivo legal. Articulo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento.

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treinta dias del mes de diciembre del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento

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Aprueban Directiva para el MORDAZA de transferencia de la Maquinaria Pesada del Ministerio de Agricultura a Gobiernos Regionales
RESOLUCION DE SECRETARIA DE DESCENTRALIZACION Nº 112-2009-PCM/SD
MORDAZA, 18 de diciembre de 2009 VISTO: El Oficio Nº 496-2009-AG-DVM y el Informe Nº 0342009-PCM/SD-OTME/LENC; CONSIDERANDO: Que, el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2009, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2009PCM, ha considerado la transferencia de Maquinaria Pesada del Ministerio de Agricultura a favor de los Gobiernos Regionales de Ica, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA y Tumbes; Que, dichas transferencias se enmarcan para el caso de los Gobiernos Regionales, en la funcion prevista en el literal f) del Articulo 51º de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, la funcion f) del Articulo 51º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, ha sido transferida a todos los Gobiernos Regionales, conforme se expone en el numeral 3, del Capitulo III "Transferencias para el Ciclo 2009" del Decreto Supremo Nº 047-2009PCM, a excepcion del Gobierno Regional de MORDAZA que se encuentra en MORDAZA de suscripcion de la documentacion para la transferencia de las funciones especificas en materia agraria; Que, en el MORDAZA de las reuniones de coordinacion que se ha tenido entre la Secretaria de Descentralizacion y representantes del Ministerio de Agricultura, se ha elaborado de manera consensuada, una propuesta de directiva para regular la transferencia de la Maquinaria Pesada a los Gobiernos Regionales, programada en el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2009; Que, en base a la mencionada propuesta de directiva, mediante Oficio Nº496-2009-AG-DVM, el Viceministro de Agricultura presenta ante la Secretaria de Descentralizacion, un proyecto de directiva para regular la transferencia de la Maquinaria Pesada del Ministerio de Agricultura a los Gobiernos Regionales, programada en el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2009, solicitando su aprobacion correspondiente; Que, acorde al Articulo 15° del Decreto Supremo N° 047-2009-PCM, la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros, queda facultada para establecer, mediante las resoluciones que emite, disposiciones que faciliten la adecuada ejecucion de los Planes Anuales de Transferencia en curso; Que, conforme al informe de vistos, es necesario formalizar mediante Resolucion de Secretaria de Descentralizacion, la aprobacion del proyecto remitido por el Viceministro de Agricultura, a efectos de contar con una directiva para realizar la mencionada transferencia; De conformidad con las Leyes Nºs. 27783, 27867, 28273 y 29158; los Decretos Supremos Nºs. 010-2007PCM, 063-2007-PCM, 093-2007-PCM y 047-2009-PCM;

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