Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2009 (30/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, viernes 30 de enero de 2009

NORMAS LEGALES
GASTOS CORRIENTES 1 Personal y Obligaciones Sociales TOTAL

389479
(En Nuevos Soles) 58 452 480,00 -------------------58 452 480,00 ===========

c) Dos (02) AETAs y dos (02) Productividades se sujeta al presupuesto institucional de los Pliegos de los Gobiernos Regionales, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para lo cual los pliegos verificaran sus saldos de libre disponibilidad resultantes a las proyecciones de gasto estimadas al cierre del ano fiscal 2009. Articulo 4°.- Exoneracion para el pago de las AETAs y Productividades Para efecto unicamente del otorgamiento de las AETAs y Productividades a que se refiere el articulo 1° del presente Decreto de Urgencia se exceptua a los Gobiernos Regionales de lo dispuesto en el numeral 5.1 del articulo 5° y el numeral 10.2 del articulo 10º de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, y el literal a.5 de la Novena Disposicion Transitoria de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, segun corresponda. Las modificaciones presupuestarias que se efectuen en el MORDAZA de lo establecido en el presente articulo no podran afectar las partidas vinculadas a gastos en proyectos de inversion y en la planilla continua de pago de remuneraciones y beneficios. Articulo 5º.- Autorizacion de Transferencia de Partidas Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, hasta por la suma de CINCUENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 58 452 480,00), para financiar el pago de las AETAs y Productividades establecidas en los literales a) y b) del articulo 3° del presente Decreto de Urgencia, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA FUENTE DE FINANCIAMIENTO 011 001 1 : GOBIERNO CENTRAL : Ministerio de Salud : Administracion Central MINSA : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) GASTOS CORRIENTES SUBTOTAL PLIEGO UNIDAD EJECUTORA FUNCION 009 001 03 24 120 720,00 -------------------24 120 720,00 ============

Los recursos habilitados a los Pliegos de los Gobiernos Regionales se detallan en el Anexo adjunto al presente Decreto de Urgencia. Articulo 6°.- Obligacion Transferencias de Partidas de desagregar las

6.1 Los Pliegos Habilitadores y Habilitados comprendidos en el articulo precedente desagregan los gastos mediante Resolucion del Titular del Pliego a nivel Unidad Ejecutora, Funcion, Programa Funcional, Sub-Programa Funcional, actividad y proyecto y generica del gasto dentro de los cinco dias siguientes de la aprobacion del presente dispositivo legal. La citada Resolucion se remite a los cinco dias de aprobada a los Organismos senalados en el articulo 23º, numeral 23.2 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 6.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruyen a las Unidades Ejecutoras bajo su ambito para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. 6.3 La Oficina de Presupuesto, o la que haga sus veces, de los Pliegos comprendidos en la presente Transferencia de Partidas, solicitaran a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevos Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Articulo 7°.- Disposiciones Complementarias 7.1 Autorizase al Ministerio de Salud al pago de seis (06) Asignaciones Extraordinarias por Trabajo Asistencial (AETA) al personal medico cirujano residente del Pliego 011 Ministerio de Salud, siempre y cuando el citado personal no perciba dicha asignacion. El pago se efectua con cargo al presupuesto institucional del pliego 011 Ministerio de Salud, quedando exceptuado para tal fin, de lo dispuesto en el numeral 10.2 del articulo 10º de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, no pudiendo afectar las partidas vinculadas a gastos en proyectos de inversion y en la planilla continua de pago de remuneraciones y beneficios. 7.2 Para efecto de la Transferencia de Partidas establecida en el articulo 5° del presente Decreto de Urgencia, el pliego Ministerio de Salud queda exceptuado de lo dispuesto en el numeral 10.2 del articulo 10° de la Ley N° 29289, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, no pudiendo afectar las partidas vinculadas a gastos en proyectos de inversion y en la planilla continua de pago de remuneraciones y beneficios. Articulo 8º.- Derogatoria Deroguese o dejese sin efecto, segun sea el caso, toda disposicion legal o reglamentaria que se oponga al presente Decreto de Urgencia o limite su aplicacion. Articulo 9º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Salud y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de enero del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros

PROGRAMA FUNCIONAL 008 SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0014 : Reserva de Contingencia ACTIVIDAD 000010 : Administracion del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) GASTOS CORRIENTES 0 Reserva de Contingencia SUBTOTAL TOTAL A LA: SECCION MORDAZA PLIEGOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS : Gobiernos Regionales 1 : Recursos Ordinarios 34 331 760,00 -------------------34 331 760,00 =========== 58 452 480,00 ===========

: Ministerio de Economia y Finanzas : Administracion General : Planeamiento, Gestion y Reserva de Contingencia : Reserva de Contingencia

MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas

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