Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 2009 (16/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, lunes 16 de febrero de 2009

NORMAS LEGALES

390919

En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a los senores MORDAZA MORDAZA CHANCAFE y MORDAZA MORDAZA MORDAZA autorizacion de incremento de flota para ampliar la capacidad de bodega de la embarcacion "JESUS EN TI CONFIO" de matricula PL18108-CM hasta 81.43 m3 via sustitucion de la embarcacion pesquera "MI MILAGRITOS" de matricula PL-11292-CM, de 33.00 m3 de capacidad de bodega; para la extraccion de los recursos anchoveta para consumo humano directo e indirecto, y el recurso sardina para el consumo humano directo, utilizando redes de cerco con tamano minimo de malla de ½" pulgada (13 mm) y 1 ½" pulgadas (38 mm), respectivamente, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas de la costa. Articulo 2º.- La autorizacion otorgada por el articulo precedente se regira de acuerdo a lo senalado en el articulo 37º del Reglamento de la Ley General de Pesca. Articulo 3º.- Ejecutada la autorizacion de incremento de flota otorgada, dentro de los plazos previstos y senalados en el articulo precedente, los senores MORDAZA MORDAZA CHANCAFE y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, deberan solicitar dentro del plazo MORDAZA de un (01) ano, la modificatoria del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "JESUS EN TI CONFIO" de matricula PL-18108-CM; bajo sancion de caducidad de pleno derecho de la citada autorizacion. Articulo 4º.- Las embarcaciones pesqueras "JESUS EN TI CONFIO" de matricula PL-18108-CM y de 48.43 m3 de capacidad de bodega, asi como "MI MILAGRITOS" de matricula PL-11292-CM y de 33.00 m3 de capacidad de bodega, podran operar hasta que la embarcacion objeto de la presente autorizacion de incremento de flota se encuentre en condiciones de efectuar faenas de pesca con su nueva capacidad de bodega; para lo cual, previo al otorgamiento de la modificacion de permiso de pesca correspondiente, debera procederse al desguace de la embarcacion sustituida "MI MILAGRITOS" de matricula PL-11292-CM, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

313254-8

Otorgan cambio de titular de permiso de pesca a favor de personas naturales
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 010-2009-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 12 de enero del 2009. Visto el escrito con Registro Nº 00063710 de fecha 13 de setiembre del 2007, 27 de febrero, 22 de MORDAZA del y 08 de MORDAZA del 2008 presentados por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Y ROSITA MORDAZA URCIA. CONSIDERANDO: Que el Articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0122001-PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron. Solo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca. No procede la autorizacion de cambio

de titular del permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion pesquera cuentan con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 004-2007PRODUCE, establece que las transferencias del permiso de pesca de embarcaciones bajo el regimen de la Ley Nº 26920, se efectuaran conforme a las disposiciones contenidas en el Articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca; Que por Resolucion Directoral Nº 053-99 PRE/P, de fecha 14 de junio de 1999, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a los armadores pesqueros MORDAZA MORDAZA MORDAZA y esposa y MORDAZA MORDAZA URCIA y esposo, para operar una (01) embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "ALMIRANTE GRAU Nº 3" de matricula Nº PL10317-CM, con una capacidad de bodega de 42.00 m3 , la cual se dedicara a la extraccion de los recursos anchoveta y sardina, para el consumo humano directo e indirecto, utilizando MORDAZA de hielo y redes de cerco con longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgada (38 mm), y los recursos jurel y caballa para consumo humano directo, respectivamente en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas costeras; Que mediante la Resolucion Directoral Nº 197-2008PRODUCE7DGEPP, de fecha 10 de MORDAZA del 2008, se declaro en abandono el procedimiento administrativo de cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "ALMIRANTE GRAU Nº 3" de matricula Nº PL10317-CM, solicitado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su conyuge ROSITA PALAMA URCIA; Que mediante Resolucion Vice-Ministerial Nº 0802008-PRODUCE/DV, de fecha 2 de MORDAZA del 2008, se resuelve encauzar el escrito presentado por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y ROSITA MORDAZA URCIA, con registro Nº 00063710 de fecha 22 de MORDAZA del 2008, como uno de apelacion y declara inadmisible la apelacion por MORDAZA extemporanea. Asimismo declara nula la Resolucion Directoral Nº 197-2008-PRODUCE/DGEPP; por lo que se devuelve el expediente a la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, retrotrayendo el procedimiento al estado anterior al pronunciamiento sobre la solicitud de cambio de titular de permiso de pesca; Que los Articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 0012002-PRODUCE, de fecha 5 de septiembre del 2002, establecen respectivamente, que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax); jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) seran destinados al consumo humano directo y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y/o indirecto solo podran desarrollar actividades extractivas de los recursos en mencion, en el MORDAZA del Regimen de Abastecimiento Permanente a la Industria Conservera, Congeladora y de Curados aprobado por Resolucion Ministerial Nº 1502001-PE, debiendo para cuyo efecto adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada resolucion; Que la embarcacion pesquera "ALMIRANTE GRAU Nº 3" de matricula Nº PL-10317-CM, con 42.00 m3 de capacidad de bodega, se encuentra consignada en el listado de embarcaciones pesqueras de la Resolucion Directoral Nº 494-2007-PRODUCE/ DGEPP que caduca los permisos de pesca unicamente en el extremo referido a la extraccion de los recursos jurel y caballa para consumo humano directo e indirecto; Que actualmente la embarcacion pesquera "ALMIRANTE GRAU Nº 3" de matricula Nº PL-10317-CM, se encuentra consignada en el listado de embarcaciones pesqueras publicado en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion, con permiso de pesca vigente de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina para consumo humano directo e indirecto; Que a traves de los escritos del visto, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Y ROSITA MORDAZA URCIA, solicitan el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "ALMIRANTE GRAU Nº 3" de matricula Nº PL-10317-CM; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Y ROSITA MORDAZA URCIA, acreditan poseer el dominio sobre la embarcacion pesquera "ALMIRANTE GRAU Nº 3" de matricula Nº PL-.10317-CM, segun consta en el Certificado Compendioso de Dominio expedido por Registros Publicos, MORDAZA Registral Nº VIISede MORDAZA de fecha 19 de junio del 2008, y segun los documentos que obran en el expediente los administrados han cumplido con los requisitos exigidos en el procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del

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