Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 2009 (16/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 16 de febrero de 2009

y de los derechos administrativos de las embarcaciones pesqueras DON MORDAZA de matricula PL-4177-CM y DON MORDAZA Nº 1 de matricula PL-11434-CM, cuyos permisos de pesca fueron otorgados por Resolucion Directoral Nº 041-2000-PRE/P del 29 de noviembre del 2000, y Resolucion Directoral Nº 047-98-CTAR LL/DIREPE del 28 de setiembre de 1998. Articulo 6º.- La autorizacion de incremento de flota otorgada tendra vigencia por un plazo de veinticuatro (24) meses, la misma que podra ser ampliada por veinticuatro (24) meses adicionales improrrogables. La referida ampliacion debe ser solicitada dentro del plazo original, y declarada expresamente por el Ministerio de la Produccion. Vencido el plazo inicial, o la ampliacion, si esta hubiese sido otorgada; y, de no haberse acreditado la construccion total de la embarcacion dentro del mismo, la autorizacion de incremento de flota caducara y sera declarada expresamente. La inspeccion tecnica efectuada por la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion acreditara el termino de construccion de la embarcacion pesquera, la referida inspeccion tecnica puede ser efectuada de oficio o a pedido del administrado, en este ultimo caso la solicitud debe presentarse, necesariamente dentro del plazo fijado. Articulo 7º.- El tramite para el otorgamiento de la autorizacion de incremento de flota es independiente del permiso de pesca. Sin embargo, dicho permiso de pesca debera solicitarse dentro de un plazo de un (1) ano, contado a partir de la acreditacion del termino de construccion. Vencido dicho plazo, sin iniciar el procedimiento de permiso de pesca respectivo, la autorizacion de incremento de flota caduca de pleno derecho. Mediante Resolucion Directoral se declarara la caducidad de la autorizacion de incremento de flota otorgada. Articulo 8º.- Las embarcaciones pesqueras DON MORDAZA de matricula PL-4177-CM y DON MORDAZA Nº 1 de matricula PL-11434-CM, podran operar hasta que la embarcacion objeto de la presente autorizacion de incremento de flota se encuentre en condiciones de efectuar faenas de pesca, para lo cual, previo al otorgamiento del permiso de pesca de la nueva embarcacion, debera procederse al desguace de las embarcaciones sustituidas DON MORDAZA de matricula PL-4177-CM y DON MORDAZA Nº 1 de matricula PL-11434-CM, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 004-2007PRODUCE. Articulo 9º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral, y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

Creacion, Ley Nº 27692 y sus normas modificatorias, es el ente rector de la cooperacion tecnica internacional responsable de conducir, programar, organizar, priorizar y supervisar la cooperacion tecnica internacional no reembolsable, que se gestiona a traves del Estado y que proviene de MORDAZA del exterior de caracter publico y/o privado, en funcion de la politica nacional de desarrollo; Que, el articulo 11º de la citada MORDAZA establece que la APCI cuenta con un Comite de Coordinacion Multisectorial de cooperacion que actua como la instancia de enlace y coordinacion para fortalecer los espacios de concertacion y dialogo de la politica y gestion de la cooperacion internacional, estableciendose sus funciones; Que, el articulo 51º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la APCI, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 028-2007-RE, precisa que el Comite de Coordinacion Multisectorial actua como instancia de enlace y coordinacion con los responsables de cooperacion de los Ministerios, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, otros poderes del Estado y de los organismos constitucionalmente autonomos, para fortalecer los espacios de concertacion y dialogo de la politica y gestion de la cooperacion tecnica internacional; Que, el literal b) del articulo 52º del citado dispositivo legal considera a los directores o jefes de las oficinas responsables de cooperacion de los Ministerios o quienes MORDAZA sus veces, como miembros del Comite de Coordinacion Multisectorial, los mismos que deberan ser designados mediante Resolucion del Titular de la Entidad; Que, en consecuencia resulta necesario designar al funcionario diplomatico de este Ministerio como miembro en el referido Comite de Coordinacion Multisectorial; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, Ley Nº 28091, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 1302003-RE y sus modificatorias; la Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobada por Ley Nº 26112, en concordancia con lo establecido en la Ley Organica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29158; la Ley de Creacion de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional ­ APCI, Ley Nº 27692 y sus normas modificatorias y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 028-2007-RE; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORELLI MORDAZA, Director General de Diplomacia Social de la Subsecretaria para Asuntos Multilaterales, como miembro del Comite de Coordinacion Multisectorial de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional - APCI. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores

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RELACIONES EXTERIORES
Designan miembro del Comite de Coordinacion Multisectorial de la APCI
RESOLUCION MINISTERIAL N° 0195-RE
MORDAZA, 12 de febrero de 2009 VISTO: El Memorandum Nº 026-2009-DE de fecha 26 de enero de 2009 emitido por la Direccion Ejecutiva de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional ­ APCI y la Hoja de Tramite (GAC) Nº 555 de fecha 30 de enero de 2009 emitida por Gabinete de Coordinacion del Viceministro Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores, CONSIDERANDO: Que, la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional ­ APCI, de conformidad con lo establecido en su Ley de

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Adecuan concesion otorgada a persona natural al regimen de concesion unica para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones en area que comprende todo el territorio de la Republica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 120-2009-MTC/03
MORDAZA, 12 de febrero de 2009 VISTA, la solicitud de adecuacion al regimen de concesion unica para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones presentada con registro P/D No. 019456 de fecha 20 de febrero de 2008, por la senora MORDAZA MORDAZA GANOZA SAM, titular de la concesion

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