Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2010 (01/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES
VISTO:

El Peruano MORDAZA, viernes 1 de enero de 2010

Que, en reunion conjunta de fecha 25 de Junio del presente ano, la Comision de Desarrollo Economico del Consejo Regional, acordo favorable el proyecto de Ordenanza Regional y derivo el presente al Pleno del Consejo Regional para el debate correspondiente; Que, el literal o) del Articulo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, la cual establece que es atribucion del Presidente Regional, promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) dias habiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; Que, el Articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Se ha aprobado la siguiente ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- INSTITUCIONALIZAR el Festival del Cacao y Chocolate en la Region San MORDAZA, con sede en la provincia de Mariscal MORDAZA ­ Juanjui, en el MORDAZA de la semana turistica a desarrollarse del 26 de junio al 3 de MORDAZA de cada ano. Articulo Segundo.- RECONOCER Y POSICIONAR a la Region como productor de cacao de calidad, buscando promocionar el producto (cacao y chocolate) en los mercados nacionales e internacionales, logrando el fortalecimiento organizacional como el crecimiento de esta actividad productiva en nuestra region. Declarandose como producto Bandera de la Region San MORDAZA a la actividad cacaotera reconociendo y valorando el trabajo de los productores cacaoteros, el cual sirva de experiencia replicable a demas productores de la region, promoviendo asi un desarrollo sostenible e inclusivo. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo de San MORDAZA dar cumplimiento a la presente Ordenanza Regional. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a Secretaria del Consejo Regional de San MORDAZA, para que en coordinacion de la Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo de San MORDAZA realicen los tramites respectivos para la publicacion de la presente Ordenanza Regional, en el diario de mayor circulacion de la Region San MORDAZA y en el Diario Oficial El Peruano, previa promulgacion del Presidente Regional del Gobierno Regional de San Martin. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de San MORDAZA para su promulgacion. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de San MORDAZA a los veintisiete dias del mes de junio del ano dos Mil Nueve. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional

En Sesion Ordinaria de Consejo Regional Nº 12-2009 de fecha 16 de diciembre del 2009, el Informe de Estimacion de Riesgo Nº 442-2009/GRT-GGR-GRRNGMA-SGMADCSG, de fecha 15 de diciembre del 2009 y el Informe Nº 1107-2009-GOBIERNO REGIONAL DE TUMBESGGRORAJ de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe de estimacion de riesgos elaborado por la Subgerencia de Defensa Civil, se da a conocer a la Gerencia General Regional que el Asentamiento Humano Los Claveles, ademas de estar expuesta a inundaciones, tambien esta expuesta a los peligros de electrocucion, debido al desprendimiento de cable de media tension, asi como debido a las conexiones clandestinas que existen en el lugar y constituyen del 51 al 75% el peligro mas alto que existe en el lugar, por lo que se recomienda la instalacion del servicio de conexiones electricas domiciliarias; Que, con Acuerdo de Consejo Nº 051-2009/GOB. REG.TUMBES-CR-CD de fecha 17 de MORDAZA del 2009, precisado con Acuerdo de Consejo: Nº 065-2009/GOB. REG.TUMBES-CR-CD, de fecha 07 de setiembre del 2009, se exonero la obra referida a la electrificacion en el departamento de Tumbes, Sector I, correspondiente al Asentamiento Humano Los Claveles, el mismo que debia ser ejecutado por ENOSA como proveedor unico; Que sin embargo, la empresa ENOSA, mediante carta NTM. 2024-2009/ENOSA, responde que no se encuentra inscrita en el Registro Nacional de Proveedores, por lo que siendo este un requisito indispensable para su pago, se abstiene de ejecutar dicha obra; Que, nos encontramos a puertas de iniciar el periodo lluvioso de MORDAZA que se presenta todos los anos por esta epoca en esta parte del MORDAZA, ademas del pronostico sobre la presencia de un posible fenomeno El Nino; Que, la poblacion del Asentamiento Humano Los Claveles, con MORDAZA derecho y razon, reclama a las autoridades del Gobierno Regional, la instalacion de 92 conexiones electricas que les permita erradicar las conexiones clandestinas que significan un grave peligro para la integridad fisica de los moradores, que ya en una ocasion han generado un incendio con perdida de vidas; Que, el articulo 20º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 1017, establece que estan exonerados de los procesos de seleccion las contrataciones que se realicen: "b) ante una situacion de emergencia derivada de acontecimientos catastroficos, de situaciones que supongan grave peligro, o que afecten la defensa y seguridad nacional". (el resaltado es nuestro); Que, con Informe Nº 1107-2009-GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES-GGR-ORAJ, de fecha 16 de diciembre del 2009, Asesoria Juridica emite opinion favorable para que se exonere dicha obra por la causal de situacion de emergencia; Que, el Art. 191º de la Constitucion Politica del Estado Peruano, modificado por la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional sobre Descentralizacion, concordante con el Art. 2º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, que precisa que los Gobiernos Regionales que emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera un pliego presupuestal; Que, de conformidad con el articulo 39º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decision de este organo sobre asuntos internos, de interes publico, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; Que, despues de un democratico debate y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 27902 y el Reglamento del Consejo Regional de Tumbes;

440940-1

GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES
Exoneran de MORDAZA de seleccion el proyecto Servicio de Conexion Electrica a todo costo referido a "Electrificacion en el Departamento de Tumbes, sector I, correspondiente al Asentamiento Humano Los Claveles"
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 102-2009/GOB.REG.TUMBES-CR-CD
Tumbes, 16 de diciembre del 2009

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