Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2010 (01/01/2010)


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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 1 de enero de 2010

Articulo 2º.- Fin y Objetivos de la Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes y Puntas Guaneras La Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes y Puntas Guaneras tiene como fin conservar una muestra representativa de la diversidad biologica de los ecosistemas MORDAZA costeros MORDAZA frio de la corriente de Humboldt, asegurando la continuidad del ciclo biologico de las especies que MORDAZA habitan, asi como su aprovechamiento sostenible con la participacion MORDAZA y equitativa de los beneficios que se deriven de la utilizacion de los recursos. Asimismo, tiene como objetivos los siguientes: a) Proteger las poblaciones de aves y mamiferos marinos que se refugian en las islas, islotes y puntas guaneras o las utilizan en sus rutas de migracion. b) Manejar de manera sostenible los recursos naturales que albergan estos espacios, a traves de actividades compatibles tales como el aprovechamiento del guano, el turismo, la recreacion, la pesca responsable y la maricultura sostenible, promoviendo la participacion de la inversion privada, asi como de las poblaciones locales y usuarios tradicionales, a fin de lograr una MORDAZA y equitativa distribucion de los beneficios que de su aprovechamiento se deriven. c) Proteger los stocks de peces e invertebrados marinos y mantener los procesos naturales que proveen las islas, islotes y puntas guaneras y aguas circundantes. d) Contribuir a la recuperacion de los recursos pesqueros dentro y fuera de los espacios protegidos. e) Considerar prioritaria la investigacion cientifica que contribuya al mejor conocimiento y monitoreo de la diversidad biologica del ecosistema MORDAZA costero peruano. f) Promover el desarrollo de la educacion ambiental y la investigacion aplicada para el desarrollo de la tecnologia pesquera y de maricultura a favor de la poblacion local que aprovecha los recursos de la Reserva. Articulo 3º.- Rol del Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado y entidades involucradas El Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado- SERNANP, como ente rector del Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el EstadoSINANPE es la entidad encargada de la gestion, control, supervision y manejo sostenible de los recursos naturales de su competencia ubicados en el interior de la Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes y Puntas Guaneras. Como autoridad competente para administrar el patrimonio forestal, MORDAZA y fauna MORDAZA, incluidos sus productos y sub-productos, dentro las Areas Naturales Protegidas, establece mecanismos de coordinacion con el Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural (AGRORURAL), y el Ministerio de Defensa a traves de la Direccion General de Capitanias y Guardacostas­DICAPI, en el ambito de sus competencias. El manejo de los recursos hidrobiologicos esta a cargo del Ministerio de la Produccion, a traves del Viceministerio de Pesqueria, en el MORDAZA de lo dispuesto en la Ley General de Pesca, Ley de Promocion y Desarrollo de la Acuicultura, sus Reglamentos e instrumentos de gestion que rigen para las mismas y en concordancia con lo establecido en la Ley de Areas Naturales Protegidas y su Reglamento. El Instituto MORDAZA del Peru-IMARPE, es el ente tecnico y cientifico encargado de realizar investigaciones MORDAZA y de las aguas continentales y de los recursos de ambos. En la Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes y Puntas Guaneras las investigaciones cientificas y tecnologicas en relacion a los ecosistemas marino-costeros, incluyendo la fauna que utiliza el medio terrestre para reproduccion y descanso, recursos pesqueros y pesquerias se realizaran en coordinacion con el SERNANP, canalizando a este ultimo los resultados y/o recomendaciones de las investigaciones desarrolladas a efectos de que MORDAZA aplicadas en la gestion del Area Natural Protegida. AGRORURAL, en el ambito de la Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes y Puntas Guaneras esta encargado de efectuar la recoleccion del guano de islas en estricto cumplimiento del Convenio de Administracion que se suscriba con el SERNANP para dichos efectos, los documentos de gestion de la Reserva y las normas sobre la preservacion del ambiente y la fauna silvestre. La Direccion General de Capitanias y Guardacostas ­ DICAPI, en el MORDAZA de sus competencias, controla en la Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes y Puntas Guaneras, las actividades relativas a la pesca y nautica

deportiva, trabajo maritimo, proteccion del medio acuatico y seguridad de la MORDAZA humana en el mar; asi como la seguridad y vigilancia de puertos y muelles, a fin de evitar ocupaciones y actividades ilicitas en el ambito de su jurisdiccion. Estas competencias las ejercera, cuando se requiera, en coordinacion con el SERNANP, como ente rector del SINANPE. Articulo 4º.- Mecanismos de coordinacion interinstitucional para la gestion de la Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes y Puntas Guaneras La administracion de la Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes y Puntas Guaneras esta a cargo del SERNANP. Para promover una adecuada coordinacion interinstitucional se conformara el Grupo Tecnico de Coordinacion de la Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes y Puntas Guaneras, el cual estara conformado por un representante de las siguientes entidades: · Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado ­ SERNANP, quien lo preside. · Ministerio del Ambiente ­ MINAM. · Vice-Ministerio de Pesqueria del Ministerio de la Produccion. · Vice-Ministerio de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. · Ministerio de Agricultura a traves de la Direccion General Forestal y de Fauna Silvestre. · Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRORURAL. · Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE. · Direccion General de Capitanias y Guardacostas de la MORDAZA de MORDAZA del Peru-DICAPI. En un plazo de 15 dias desde la fecha de publicacion del presente Decreto Supremo, cada institucion designara a un representante titular y alterno para que participe en este grupo. Para temas especificos las entidades competentes podran establecer los mecanismos de coordinacion que consideren convenientes. Articulo 5º.- Documentos de gestion de la Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes y Puntas Guaneras El Grupo Tecnico de Coordinacion de la Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes y Puntas Guaneras estara encargado de la elaboracion de la Estrategia para la gestion de la misma, la cual incluira el Plan de Accion de Emergencia, Conservacion y Repoblamiento a que se refiere la Ley Nº 28793. Este documento sera aprobado mediante Decreto Supremo con el refrendo de los Ministros involucrados. El SERNANP podra aprobar Planes Maestros por zonas geograficas delimitadas para facilitar la gestion del area. Articulo 6º.- Uso de los recursos naturales El aprovechamiento de recursos naturales como pesca artesanal, maricultura, entre otros, al interior de la Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes y Puntas Guaneras, se desarrollara bajo planes de manejo especificos. Los derechos que se otorguen para desarrollar dichas actividades deben contar con la opinion previa favorable del SERNANP y respetar lo establecido en los documentos de gestion, la Ley de Areas Naturales Protegidas, su Reglamento y las demas normas aplicables. En los documentos de gestion del Area Natural Protegida se determinaran los artes y aparejos de pesca permitidos, las tallas minimas de captura por especie, los periodos de MORDAZA, las prohibiciones por ambito geografico, entre otras medidas para garantizar la sostenibilidad de las especies y de los ecosistemas. Para el aprovechamiento del recurso natural paisaje asi como para el aprovechamiento de fauna y MORDAZA MORDAZA con fines no consuntivos se promovera la participacion privada para la prestacion de servicios turisticos. Dichas actividades se desarrollaran en el MORDAZA de lo establecido en los respectivos documentos de gestion de la Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes y Puntas Guaneras, Ley de Areas Naturales Protegidas, su Reglamento y normas complementarias, sobre el particular. Articulo 7º.- Aprovechamiento sostenible del guano de islas El aprovechamiento del recurso guano de islas, sera realizado por AGRORURAL en el MORDAZA de un Contrato de

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