Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 2010 (06/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 6 de junio de 2010

- Director General de la Oficina General de Estadistica e Informatica o su representante. - Director General de la Oficina General de Comunicaciones o su representante. - Director General de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos o su representante". Articulo 2º.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el MORDAZA de Internet del Ministerio de Salud, en la direccion: http://www.minsa.gob.pe/transparencia/ dge normas.asp. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud

De conformidad con lo previsto en el articulo 83º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Incorporar a las siguientes personas como miembros de la Comision Intergubernamental de Salud a que se refiere el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 871-2009/MINSA: Por el Ministerio de Salud - El Jefe del Instituto Nacional de Salud. - El Jefe del Seguro Integral de Salud. - El Director General de la Oficina General de Defensa Nacional. - El Director General de la Oficina General de Cooperacion Internacional. Por los Gobiernos Locales - Un representante de la Asociacion de Municipalidades del Peru (AMPE). - Un representante de la Red de Municipalidades Rurales del Peru (REMURPE). Articulo 2º.- Los miembros de la Comision Intergubernamental de Salud podran ser representados por sus alternos previamente acreditados. Articulo 3º.- Notificar la presente resolucion a la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros y la Secretaria Tecnica de la Comision Intergubernamental de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud

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Incorporan miembros a la Comision Intergubernamental de Salud
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 438-2010/MINSA
MORDAZA, 3 de junio del 2010 Visto el Informe Nº 025-2010-OD/MINSA, emitido por la Oficina de Descentralizacion; CONSIDERANDO: Que conforme a los articulos 43, 188 y 189 de la Constitucion Politica de 1993, la descentralizacion es una politica publica permanente del Estado peruano de caracter obligatorio, que se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada; Que el Acuerdo Nacional ha establecido como Octava Politica la descentralizacion politica, economica y administrativa, como medio para propiciar el desarrollo integral, armonico y sostenido del Peru; Que en cumplimiento de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion; Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales; Ley Nº 28273, Ley del Sistema de Acreditacion de los Gobiernos Regionales y Locales, y demas normas complementarias, el Ministerio de Salud ha culminado el MORDAZA de transferencia de funciones sectoriales de salud a veinticinco Gobiernos Regionales; Que en cumplimiento de las normas MORDAZA senaladas, asi como de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y al MORDAZA de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 077-2006-PCM y sus normas complementarias, se inicio un MORDAZA de dialogo y toma de acuerdos para concretar la transferencia de la gestion de la atencion primaria de salud a los Gobiernos Locales; Que en cumplimiento del Decreto Supremo Nº 0472009-PCM, que aprueba el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2009, y otras disposiciones vinculadas al MORDAZA de descentralizacion, cada Sector debe conformar una Comision Intergubernamental para desarrollar los componentes que forman parte de la gestion descentralizada; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 871-2009/ MINSA del 28 de diciembre de 2009, se constituyo la Comision Intergubernamental de Salud como instancia permanente de articulacion de la gestion sanitaria entre el Ministerio de Salud y los Gobiernos Regionales, la cual se encuentra reconocida mediante Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 006-2010-PCM/SD; Que en la Reunion Extraordinaria de la Comision Intergubernamental de Salud de fecha 20 de marzo del 2010, se acordo la incorporacion de los Jefes Institucionales del Instituto Nacional de Salud y del Seguro Integral de Salud, asi como de los Directores Generales de la Oficina General de Defensa Nacional, y de la Oficina General de Cooperacion Internacional, como representantes del MINSA ante la referida Comision; asi como de los representantes de la Asociacion de Municipalidades del Peru (AMPE) y de la Red de Municipalidades Rurales del Peru (REMURPE); Que en tal virtud, corresponde emitir el acto resolutivo que formalice el acuerdo MORDAZA senalado; Con el visado del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica, del Responsable de la Oficina de Descentralizacion y del Viceministro de Salud; y,

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TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan a la Escuela de Conductores Integrales El Buen Conductor S.A.C. de la Region MORDAZA la modificacion de su plana docente
RESOLUCION DIRECTORAL N° 3624-2009-MTC/15
MORDAZA, 24 de noviembre de 2009 VISTO: El Expediente Nº 2009-024868 de fecha 04 de noviembre del ano en curso, presentado por la Escuela de Conductores Integrales El Buen Conductor S.A.C. de la Region MORDAZA, en adelante La Escuela, que solicita autorizacion para modificar su plana docente previamente autorizada por esta administracion y; CONSIDERANDO: Que, segun Resolucion Directoral Nº 2299-2009MTC/15 de fecha 30 de junio del ano en curso, se otorgo a la empresa El Buen Conductor S.A.C. autorizacion para funcionar como una Escuela de Conductores Integrales en la Region Piura; Que, mediante el Expediente senalado en visto la Escuela solicita se autorice la modificacion de su Plana Docente, tan solo respecto al cargo de Instructor Practico de Manejo, proponiendo a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA en reemplazo de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, adjuntando su Curriculum Vitae debidamente documentado, con el que acredita Estudios Superiores, ser titular de una Licencia de Conducir de la clase A categoria III, con una antiguedad no menor de tres anos, experiencia en instruccion de manejo mayor a cinco anos, tambien presenta Record de Conductor actualizado, con lo que se determina que no esta inhabilitado, ni que su licencia MORDAZA

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