Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2010 (27/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, jueves 27 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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otros instrumentos existentes o que el MORDAZA desarrolle, que tengan por objeto obtener recursos ante la eventual ocurrencia de un desastre de origen natural y/o tecnologico, para destinarlos a financiar la rehabilitacion y reconstruccion de la infraestructura y de servicios publicos ubicados en las zonas que eventualmente pudiesen ser afectadas o devastadas por dichos desastres y atender de manera inmediata las necesidades de la poblacion afectada, y para mitigar los riesgos de situaciones de emergencia y crisis de MORDAZA economico y financiero en el pais; Que, en el MORDAZA de la citada autorizacion, el Ministerio de Economia y Finanzas, en representacion de la Republica del Peru, acordara con la Corporacion MORDAZA de Fomento ­ CAF, un financiamiento contingente hasta por la suma de US$ 300 000 000,00 (TRESCIENTOS MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), destinado a financiar la atencion de desastres ocasionados por fenomenos naturales cuya declaratoria oficial conste en el respectivo Decreto Supremo publicado en el Diario Oficial El Peruano, en los componentes de rehabilitacion y reconstruccion de los servicios e infraestructura publica danados por la ocurrencia de desastres producidos por fenomenos naturales; Que, de acuerdo con lo establecido en el numeral 59.3 del Articulo 59° de la Ley N° 28563 y sus modificatorias, la contratacion de los financiamientos contingentes no esta sujeta a los limites ni a los procedimientos de aprobacion para las operaciones de endeudamiento que fija la citada Ley General o la Ley de Endeudamiento del Sector Publico para cada ano fiscal; Que, sobre la aprobacion del Financiamiento Contingente MORDAZA indicado han opinado favorablemente la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 28563 y sus modificatorias; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1°.Contingente Aprobacion del Financiamiento

Designan miembro del Directorio de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV
RESOLUCION SUPREMA Nº 063-2010-EF
MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2010 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de miembro del Directorio de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV; Que, es necesario designar al funcionario que desempene dicho cargo; De conformidad con lo establecido en el articulo 1º de la Ley Nº 27594 y en el articulo 4º del Decreto Ley Nº 26126, Texto Unico Concordado de la Ley Organica de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como miembro del Directorio de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores CONASEV. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Economia y Finanzas

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1.1 Apruebese el financiamiento contingente a ser acordado entre la Republica del Peru y la Corporacion MORDAZA de Fomento ­ CAF, hasta por la suma de US$ 300 000 000,00 (TRESCIENTOS MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), destinado a financiar la atencion de desastres ocasionados por fenomenos naturales cuya declaratoria oficial conste en el respectivo Decreto Supremo publicado en el Diario Oficial El Peruano, en los componentes de rehabilitacion y reconstruccion de los servicios e infraestructura publica danados por la ocurrencia de desastres producidos por fenomenos naturales. 1.2 Las utilizaciones que se realicen con cargo al aludido financiamiento contingente seran aprobadas en el MORDAZA de lo dispuesto en el Articulo 60º de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, y sus modificatorias. Articulo 2°.- Suscripcion de documentos Autoricese a la Ministra de Economia y Finanzas, o a quien MORDAZA designe, a suscribir en representacion de la Republica del Peru, el "Convenio de Financiamiento Contingente para la Atencion de Desastres Ocasionados por Fenomenos Naturales" correspondiente al financiamiento que se aprueba en el articulo 1° de esta MORDAZA legal, asi como al Director General de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir los documentos que se requieran para implementarlo. Articulo 3°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Economia y Finanzas

ENERGIA Y MINAS
Aprueban "Acuerdo para el Incremento y Uso de la Capacidad de Transporte del Ducto Principal"
RESOLUCION SUPREMA Nº 040-2010-EM
MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 101-2000EM se otorgo a Transportadora de Gas del Peru S.A. (en adelante "TGP"), la concesion de transporte de gas natural por ductos de Camisea al City Gate en MORDAZA, la misma que va desde el punto de fiscalizacion de la produccion, en la MORDAZA denominada Las Malvinas, provincia de La Convencion, departamento de MORDAZA hasta el City Gate en el distrito de Lurin, provincia de Lima. En tal sentido, el Estado Peruano suscribio con TGP el "Contrato BOOT Concesion de Transporte de Gas Natural por Ductos de Camisea al City Gate" (en adelante "Contrato BOOT"); Que, el 12 de enero de 2006 se suscribio el "Convenio de Inversion para la Instalacion, Operacion y Mantenimiento de una Planta de Procesamiento de Gas Natural" (en adelante "Convenio"), aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2006EM, entre el Estado Peruano y la empresa Peru LNG S.R.L. (en adelante "Peru LNG"), Convenio que incluye la construccion de un Ducto Principal para el transporte de gas natural hasta la planta de procesamiento; Que, mediante carta s/n de fecha 14 de diciembre de 2009, Peru LNG y TGP presentaron el "Acuerdo para el Incremento y Uso de la Capacidad de Transporte del Ducto Principal" (en adelante "Acuerdo"), el cual fue suscrito al MORDAZA del Articulo 81º del Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, aprobado por Decreto Supremo Nº 081-2007-EM, mediante el cual dichas empresas llegaron a un acuerdo para que TGP preste del servicio de transporte a traves del incremento de capacidad en el Ducto Principal de Peru LNG;

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