Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2011 (09/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 9 de agosto de 2011

fiscal 2011, resulta pertinente delegar determinadas funciones asignadas al titular del Pliego; Con las visaciones del Secretario General, del Jefe de la Oficina General de Administracion, del Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, del Jefe de la Oficina General de Recursos Humanos y del Jefe de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 8) del articulo 25º de la Ley Nº 29158, Ley del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley Nº 29381, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2010-TR; la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011; el Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Delegacion de facultades al Secretario General Delegar al Secretario General del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, para el presente ejercicio fiscal 2011, las siguientes facultades y atribuciones respecto a la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Trabajo ­ Oficina de Administracion: a) La facultad de suscribir, en la materia del ambito de su competencia, convenios interinstitucionales, asi como disponer su exclusion o ampliacion; b) La facultad de suscribir directivas, circulares y/o manuales, asi como todo documento de caracter normativo que permita la racionalizacion del gasto y el manejo adecuado de los recursos asignados por toda fuente de financiamiento durante la ejecucion presupuestaria 2011, asi como los que regulen actos de administracion interna, la elaboracion de documentos de gestion, tramites internos, lineamientos tecnico normativos y metodologicos, orientados a optimizar los procedimientos y procesos administrativos de caracter interno, a cargo de los organos de apoyo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; c) Autorizar y resolver acciones de personal adscrito al regimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, hasta el Nivel F-5. Esta facultad no incluye la de designar y remover a la que alude el articulo Nº 25º inciso 5) de la Ley Nº 29158; d) Representar al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, ante las autoridades publicas en las que este tenga que formular petitorios, impugnaciones, solicitudes, reclamaciones, tramites, acciones y procedimientos administrativos en que sea parte interesa o tenga legitimo interes; e) Disponer la cancelacion parcial o total de los procesos de seleccion, por causal debidamente motivada y bajo los lineamientos dispuestos en el Decreto Legislativo Nº 1017 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, previo informe favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; f) Aprobar las modificatorias presupuestarias en el nivel funcional programatico, previo informe favorable a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, asi como la suscripcion de formatos, fichas y documentacion que tenga incidencia presupuestaria; g) Aprobar las modificaciones del Plan Anual de Contrataciones ­ PAC, dentro de los parametros regulados en el ordenamiento juridico; h) Aprobar el MORDAZA de estandarizacion para la adquisicion de bienes y servicios de acuerdo a lo previsto por el Articulo 11º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; i) Designar al Comite Especial y resolver los recursos de apelacion cuando el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo actue en compras corporativas facultativas como entidad encargada;

j) Resolver los recursos de apelacion que interpongan los postores en los procesos de seleccion de Licitacion Publica y Concurso Publico, convocados por el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, dentro de los parametros regulados en el ordenamiento juridico; k) Designar a los titulares y suplentes responsables del manejo de las cuentas bancarias de las Unidades Ejecutoras 001, 002 y 005 del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. l) Aprobar el Presupuesto Analitico de Personal ­ PAP El Secretario General esta obligado a dar cuenta mensualmente al Despacho Ministerial, respecto de las actuaciones derivadas de esta delegacion de facultades. Articulo 2º.- Delegacion de facultades al Jefe de la Oficina General de Administracion Delegar al Jefe de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, las siguientes facultades y atribuciones respecto de la Unidad Ejecutora 001: a) Supervisar y controlar la correcta implementacion de las medidas de disciplina fiscal, racionalidad y austeridad del gasto publico a ser ejecutadas por la entidad, contenidas en la Ley Nº 29626, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011 y demas normas complementarias vinculadas a la materia; b) Aprobar los expedientes de contratacion, a excepcion de los procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia, cuyos expedientes seran aprobados por el funcionario a cargo de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares; c) Aprobar las bases de los procesos de seleccion, incluyendo las provenientes de exoneraciones; d) Disponer la ejecucion de prestaciones adicionales o la reduccion de las mismas, asi como las ampliaciones de plazos, respecto de los contratos administrativos suscritos por la entidad, de conformidad con los parametros dispuestos en la normativa sobre la materia; e) La suscripcion de los contratos con los postores beneficiados con el otorgamiento de la buena pro, como las modificaciones posteriores que se incluyeran a estos, asi como disponer la resolucion de los mismos por las causales reguladas en la normatividad sobre la materia, con excepcion de la suscripcion de los contratos que son de competencia del Director de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, aludidos en el articulo 38° inciso c) del Reglamento de Organizacion y Funciones; f) La suscripcion de convenios y/o contratos con entidades publicas destinados al uso y/o disfrute total o parcial de muebles o inmuebles de propiedad o bajo administracion estatal; g) Elaborar y proponer a la Secretaria General el proyecto del Plan Anual de Contrataciones - PAC del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo y sus modificaciones; h) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los comites especiales de los procesos de seleccion dentro de los parametros establecidos en el ordenamiento juridico; i) Autorizar el otorgamiento de la buena pro a las propuestas que superen el valor referencial, la que debera realizarse dentro de los parametros dispuestos en la normativa sobre la materia; j) Suscribir los convenios interinstitucionales con otras entidades del Sector Publico que involucren las funciones de la Oficina General de Administracion, las que deberan cenirse a las disposiciones normativas vinculadas al Presupuesto Publico para el Ano Fiscal 2011; k) Aprobar el reconocimiento de creditos devengados; l) La suscripcion de los contratos administrativos de servicios, asi como sus adendas y resolucion de los mismos; m) Aprobar el expediente de contratacion y las bases administrativas cuando el Ministerio de Trabajo y

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