Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2011 (09/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, sabado 9 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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referido, el mismo que se encuentra presupuestado, resulta necesario autorizar dicho viaje; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; la Ley N° 29626 - Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011; la Ley Nº 27238 - Ley de la Policia Nacional del Peru y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2000-IN; la Ley Nº 29334 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0042005-IN, modificado por el Decreto Supremo Nº 0032007-IN. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, el viaje al extranjero en comision del servicio del Comandante de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA SANTANDER MORDAZA MORDAZA y del Suboficial Brigadier de la Policia Nacional del Peru Rildo MORDAZA MORDAZA RICOPA, a la MORDAZA de Miami - Estados Unidos de MORDAZA, a partir del 11 al 15 de MORDAZA de 2011, para ejecutar la extradicion activa del procesado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulado por el MORDAZA Juzgado Penal Supranacional de MORDAZA y declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por los Delitos contra la MORDAZA, el Cuerpo y la Salud - Asesinato, en agravio de MORDAZA MORDAZA MORDAZA y otros, asi como contra la MORDAZA Individual - Secuestro y contra la Humanidad - Desaparicion Forzada, en agravio de MORDAZA CHUCHON TECSI Articulo 2º.- Los gastos por concepto de viaticos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el articulo precedente se efectuaran con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Comandante de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA SANTANDER MORDAZA MORDAZA - Viaticos (Art. 5º DS. 047-2002-PCM) 5 x S/.605.00. TOTAL Suboficial Brigadier de la Policia Nacional del Peru Rildo MORDAZA MORDAZA RICOPA - Viaticos (Art. 5º DS. 047-2002-PCM) 5 x S/.605.00. TOTAL S/. 3,025.00. ------------------S/. 3,025.00. S/. 3,025.00. ------------------S/. 3,025.00.

JUSTICIA
Modifican Reglamento del Consejo de Supervigilancia de Fundaciones
DECRETO SUPREMO Nº 009-2011-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 103º del Codigo Civil establece que el Consejo de Supervigilancia de Fundaciones es la organizacion administrativa encargada del control y vigilancia de las fundaciones, estableciendo que su integracion y estructura se determinan en la ley de la materia; Que, el articulo 32º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia, establecio que la integracion y funciones del Consejo de Supervigilancia de Fundaciones sera aprobado por Decreto Supremo expedido por el Sector Justicia; Que, mediante Decreto Supremo Nº 03-94-JUS del 11 de marzo de 1994, se aprobo el Reglamento del Consejo de Supervigilancia de Fundaciones; estableciendose en su articulo 6º las funciones de dicho organo colegiado, siendo entre otras; formular y proponer la politica referente a las fundaciones; proponer proyectos de leyes o normas que mejoren la eficiencia funcional de las fundaciones; y, llevar el Registro Administrativo Nacional de Fundaciones; Que, la Secretaria Tecnica del Consejo de Supervigilancia de Fundaciones ha sustentado en razones de interes publico la necesidad de sincerar el Registro Administrativo Nacional de Fundaciones; Que, con la finalidad de optimizar la gestion que realiza el Consejo de Supervigilancia de Fundaciones, es necesario efectuar modificaciones en las normas que establecen sus funciones; De conformidad con lo establecido en el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, en la Ley Nº 29158, Ley organica del Poder Ejecutivo y el Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia; DECRETA: Articulo 1º.- Modifiquese el literal n) del articulo 6º del Reglamento del Consejo de Supervigilancia de Fundaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94JUS, en los siguientes terminos: Articulo 6º.- Son funciones del Consejo de Supervigilancia de Fundaciones: (...) n) Llevar el registro administrativo nacional de fundaciones actualizado; estando facultado a retirar del registro a aquellas fundaciones que no hayan presentado durante dos ejercicios presupuestales, las obligaciones previstas en el articulo 105º del Codigo Civil y articulo 19º del Decreto Supremo Nº 03-94-JUS. Articulo 2º.- Las fundaciones retiradas del Registro Administrativo Nacional de Fundaciones, podran ser fiscalizadas por los ejercicios presupuestales anteriores, con las responsabilidades que se pudieran generar de los resultados de las fiscalizaciones. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo se aplicara inclusive a las fundaciones que se encuentran incursas en el incumplimiento previsto en el literal n) del articulo 6º del Decreto Supremo Nº 03-94-JUS. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de Justicia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los ocho dias del mes de MORDAZA del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia 663444-5

Articulo 3º.- Dentro de los QUINCE (15) dias calendario de efectuado el viaje, el personal policial designado debera presentar un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; asi como la rendicion de cuentas debidamente documentada. Articulo 4º.- Dentro de los SIETE (7) dias calendario de efectuado el viaje, el personal policial designado debera presentar a la Presidencia de la Republica, a traves de la Secretaria del Consejo de Ministros, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 5°.- La presente resolucion suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de ninguna clase o denominacion. Articulo 6°.- La presente resolucion suprema sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 663444-21

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