Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2011 (28/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 125

El Peruano MORDAZA, jueves 28 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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publicos locales de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo, siendo competentes, entre otros, para desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de salud y medio ambiente. Que, el sub numeral 4.1) del numeral 4) del articulo 80° de la precitada Ley Organica de Municipalidades establece que las municipalidades, en materia de saneamiento, salubridad y salud, administran y reglamentan directamente el servicio de limpieza publica y tratamiento de residuos solidos. Que, el articulo 6º de la Ley Nº 28611 - Ley General del Ambiente prescribe que corresponde a los gobiernos locales, priorizar medidas de saneamiento basico que incluyan la gestion y manejo adecuado, entre otros, de los residuos solidos. Que, el MORDAZA parrafo del numeral 12) del articulo 10° de la Ley Nº 27314 - Ley General de Residuos Solidos, modificado por el Decreto Legislativo W 1065, senala que las municipalidades distritales son responsables por la prestacion de los servicios de recoleccion y transporte de los residuos solidos municipales y de la limpieza de vias, espacios y monumentos publicos en su jurisdiccion, y deben contar con planes de manejo de los mismos. Asimismo el literal a) del numeral 2) del articulo 8° de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 057-2004-PCM, dispone que la municipalidad distrital es responsable por la gestion y manejo de los residuos de origen domiciliario, comercial y de aquellos similares a estos originados por otras actividades; y que corresponde a esta municipalidades, entre otras, asegurar una adecuada prestacion del servicio de limpieza, recoleccion y transporte de residuos en su jurisdiccion, debiendo garantizar su adecuada disposicion final. Que, el literal c) del articulo 4° de la Ley Nº 29419 Ley que regula la actividad de los Recicladores, establece que los gobiernos locales provinciales y distritales deben encargarse de establecer las politicas y medidas destinadas a la gestion ecologicamente eficiente de los residuos solidos en su respectiva jurisdiccion. En este sentido, y con la finalidad de garantizar la gestion integral y manejo sostenible de los residuos solidos, y contribuir a la mejora de la calidad ambiental en el distrito de MORDAZA, asi como para lograr el adecuado manejo de los residuos solidos, se hace necesario contar con el Plan Integral de Gestion Ambiental de Residuos Solidos - PIGARS para el distrito de MORDAZA que es un instrumento de gestion municipal que orientara el desarrollo de acciones para mejorar el Servicio de Limpieza Publica en el ambito y jurisdiccion del distrito; asi como la adecuada formulacion de politicas y estrategias para la sostenibilidad del sistema de gestion. De la misma forma servira para cumplir con las metas establecidas en el Programa de Modernizacion Municipal y Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion Municipal del Gobierno Central Que, el Articulo 40° de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, establece que las ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa; Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades conferidas en el numeral 8) del Articulo 9° de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades y con el MORDAZA UNANIME de los senores Regidores, se aprobo la siguiente:

Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y del Ambiente la Implementacion del Plan de Manejo de Residuos Solidos para el Distrito de MORDAZA, con el apoyo de las Unidades Organicas de la Corporacion MORDAZA, quienes deberan prestar las facilidades necesarias para su cabal cumplimiento. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina de Informatica y Estadistica la publicacion del Plan de Manejo de Residuos Solidos en la pagina Web de la Municipalidad: www.munipachacamac.gob.pe Articulo Quinto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de la publicacion, en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Sexto.- DISPENSAR del tramite de la aprobacion del acta para proceder a la ejecucion inmediata del presente Acuerdo. Registrese, comunique, publiquese y cumplase. MORDAZA L. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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Aprueban Programa de Segregacion en la Fuente en el distrito de MORDAZA
DECRETO DE ALCALDIA Nº 014-2011-MDP/C
MORDAZA, 27 de MORDAZA del 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA VISTO: El Memorando Nº 1470-2011-MDP/GM de fecha 27 de MORDAZA del 2011, Informe Nº 077-2011-MDP/GSC, a traves del cual solicitan la dacion del Decreto de Alcaldia que aprueba el "Programa de Segregacion en la Fuente de Residuos Solidos como parte del MORDAZA de recoleccion Selectiva de residuos Solidos en el Distrito de MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto en la Constitucion Politica del Peru modificada en su Articulo 194° por la Ley Nº 27680 "Ley de Reforma Constitucional" y la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, definen que las Municipalidades son los Organos de Gobierno Local que emanan de la voluntad popular, con personeria juridica de derecho publico y autonomia economica, politica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el inciso 22) del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru precisa que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su MORDAZA, lo que desde una perspectiva constitucional, se traduce en la obligacion de los propios particulares, de mantener las condiciones en que la MORDAZA humana exista en un entorno ambientalmente MORDAZA y aceptable donde las personas puedan disfrutar de un ambiente en el que sus elementos se desarrollan e interrelacionan de manera natural y armonica; Que, el articulo 195º de la MORDAZA acotada ut supra senala que los Gobiernos Locales son responsables del desarrollo y la economia local asi como de la prestacion de los servicios publicos a su cargo, en MORDAZA con los planes nacionales y regionales de desarrollo de manera que para cumplir con sus funciones, son competentes para desarrollar actividades en materia de limpieza publica, reciclaje, salubridad e higiene, ello en concordancia con el articulo 80º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Que, mediante informe N°319-2011-MDP/GCSA/ SGLPPJ de la Sub Gerencia de Limpieza Publica Parques y Jardines; remite el documento denominado Programa de Segregacion de residuos solidos en la fuente del distrito de MORDAZA, sustentado en la Ley N° 27314 Ley General de Residuos Solidos y dentro del cumplimiento de las metas del programa de Modernizacion Municipal que mediante ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades Establece en su Articulo N° 80 Numeral 3.1 ) que es funcion especifica exclusiva de las municipalidades distritales

"ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SOLIDOS EN EL DISTRITO DE MORDAZA
Articulo Primero.- APROBAR el Plan de Manejo de Residuos Solidos en el Distrito de MORDAZA, que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza, instrumento de Gestion a implementarse con el objetivo de mejorar la calidad de MORDAZA de la poblacion del Distrito de Pachacamac. Articulo Segundo: FACULTAR al senor MORDAZA dictar mediante Decreto de Alcaldia las disposiciones complementarias y necesarias para la debida aplicacion de la presente Ordenanza.

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