Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2011 (28/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, jueves 28 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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importacion de "Porcinos para reproduccion o engorde", siendo su origen y procedencia Canada y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 12º del Decreto Legislativo Nº 1059 Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Sanidad Agraria, expresa que el ingreso al MORDAZA, como importacion, MORDAZA internacional o cualquier otro regimen aduanero de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos beneficos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, asi como los medios utilizados para transportarlos, se sujetaran a las disposiciones que establezca en el ambito de su competencia el Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA; Que, asi tambien el articulo 9° de la referida MORDAZA establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA dictara las medidas fito y zoosanitarias para la prevencion, el control o la erradicacion de plagas y enfermedades. Dichas medidas seran de cumplimiento obligatorio por parte de los propietarios u ocupantes, bajo cualquier titulo, del predio o establecimiento respectivo, y de los propietarios o transportistas que se trate; Que, el articulo 12° del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, establece que los requisitos fito y zoosanitarios se publican en el Diario Oficial El Peruano y se notifican a la Organizacion Mundial del Comercio ­ OMC; Que, el articulo 28° del Decreto Supremo N° 0082005-AG ­ Reglamento de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria establece que la Direccion de Sanidad Animal tiene entre sus funciones establecer, conducir y coordinar un sistema de control y supervision zoosanitaria tanto al comercio nacional como internacional de productos y subproductos pecuarios; Que, el articulo 21º de la Decision 515 de la Comunidad MORDAZA de Naciones - CAN refiere que un MORDAZA Miembro que realice importaciones desde terceros paises se aseguraran que las medidas sanitarias y fitosanitarias que se exijan a tales importaciones no impliquen un nivel de proteccion inferior al determinado por los requisitos que se establezcan en las normas comunitarias; Que, mediante Resolucion 1183 de la Secretaria General de la CAN se aprueba la MORDAZA Sanitaria MORDAZA para el comercio y la movilizacion intrasubregional y con terceros paises de porcinos domesticos y sus productos; Que, el Informe Nº 410-2011-AG-SENASA-SCA-DSA recomienda que se publiquen los requisitos sanitarios para la importacion de "Porcinos para reproduccion o engorde", siendo su origen y procedencia Canada; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, el Decreto Supremo N° 008-2005-AG, la Decision 515 de la CAN y la Resolucion 1183 de la Secretaria General de la CAN y con el visado de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Establecer los requisitos sanitarios especificos de cumplimiento obligatorio en la importacion de "Porcinos para reproduccion o engorde" siendo su origen y procedencia Canada, de acuerdo al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion, el cual se publicara en el MORDAZA institucional del SENASA (www. senasa.gob.pe) Articulo 2°.- Disponer la emision de los Permisos Zoosanitarios de Importacion a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion. Articulo 3°.- El SENASA, a traves de la Direccion de Sanidad Animal, podra adoptar las medidas sanitarias complementarias a fin de garantizar el cumplimiento de la presente norma. Registrese, comuniquese y publiquese JANIOS MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General(e) Servicio Nacional de Sanidad Agraria

AMBIENTE
Aceptan renuncia de Jefa de Gabinete de Asesores de la Alta Direccion del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 167-2011-MINAM
MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0032008-MINAM, se designo a la senora MORDAZA MORDAZA Fernandez-Davila Messum, en el cargo de Jefa de Gabinete de Asesores de la Alta Direccion del Ministerio del Ambiente; Que, la mencionada funcionaria ha formulado renuncia al cargo que venia desempenando: Que, en tal sentido es necesario aceptar su renuncia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar la renuncia formulada por la senora MORDAZA MORDAZA Fernandez-Davila Messum, con efectividad al 28 de MORDAZA de 2011, al cargo de Jefa de Gabinete de Asesores de la Alta Direccion del Ministerio del Ambiente, dandosele las MORDAZA por los importantes servicios prestados a la Nacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BRACK EGG Ministro del Ambiente

671503-1

Aprueban el Plan Sectorial de Desarrollo de Capacidades 2011-2015 del Sector Ambiental, para la Gestion Publica y Buen Gobierno de los Gobiernos Regionales y Locales
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 168-2011-MINAM
MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2011 CONSIDERANDO: Que, el articulo 188º de la Constitucion Politica del Peru, dispone que la descentralizacion es una forma de organizacion democratica y constituye una politica permanente del Estado de caracter obligatorio, que tiene como objetivo lograr el desarrollo integral del MORDAZA y, que el MORDAZA de descentralizacion se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignacion de competencias y transferencia de recursos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales; Que, la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, establece en su articulo 5º, literal c), que el MORDAZA de modernizacion de la gestion del Estado se sustenta en la descentralizacion, a traves del fortalecimiento de los Gobiernos Locales y Regionales; Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2007PCM, se definieron y establecieron las Politicas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional: dentro de las cuales se encuentra la Politica Nacional Nº 1 "En materia de Descentralizacion", cuyo numeral 1.3 establece capacitar sectorialmente a los Gobiernos Regionales y Locales, a fin de generar y consolidar una conveniente capacidad de gestion;

671511-1

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