Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2011 (02/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, miercoles 2 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

438105

Renuevan autorizacion a EFE Automotriz S.A. como Entidad Verificadora para realizar inspeccion fisica y documentaria de vehiculos usados
RESOLUCION DIRECTORAL N° 697-2011-MTC/15 MORDAZA, 24 de febrero de 2011 VISTOS: Los partes diarios Nos. 137212, 137863, 144193, 147144, 150838, 154807 y 010507, mediante los cuales la empresa EFE AUTOMOTRIZ S.A., en adelante La Empresa, solicita la renovacion de su autorizacion como Entidad Verificadora para realizar la inspeccion fisica y documentaria de los vehiculos usados dentro del procedimiento de su nacionalizacion, para operar por el regimen regular y por el regimen de CETICOS y ZOFRATACNA en las Zonas de Reconocimiento Fisico de ZOFRATACNA­Tacna, CETICOS Matarani, Ilo y Paita, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2003MTC, se aprobo el Reglamento Nacional de Vehiculos, el mismo que tiene por objeto establecer los requisitos y caracteristicas tecnicas que deben cumplir los vehiculos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del sistema nacional de transporte terrestre; Que, el articulo 94º del citado Reglamento, modificado por el Decreto Supremo Nº 014-2004-MTC, establece que el Reporte de Inspeccion y MORDAZA Reporte de Verificacion (Revisa 2), los mismos que constituyen requisitos para la nacionalizacion de vehiculos usados por el regimen regular y por el regimen de CETICOS y/o ZOFRATACNA, respectivamente, para garantizar que estos cumplan con las exigencias tecnicas establecidas en el citado Reglamento y con la normativa vigente en materia de limites maximos permisibles de emisiones contaminantes, es emitido por la Entidad Verificadora; Que, mediante Ley N° 29303 de fecha 18 de diciembre del 2008, en su articulo 1º, establece como plazo limite para la culminacion de las actividades de reparacion y reacondicionamiento de vehiculos usados a que se refiere la tercera disposicion transitoria y complementaria de la Ley N° 27688, Ley de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Comercial de Tacna, modificada por la Ley Nº 28629, el 31 de diciembre de 2010, siendo dicho plazo improrrogable; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 12489-2007MTC/15, se aprobo la Directiva Nº 003-2007-MTC/15, elevada a rango de Decreto Supremo mediante el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 022-2007-MTC, la misma que regula el regimen de autorizacion y funcionamiento de las Entidades Verificadoras; Que, mediante Parte Diario Nº 137212 de fecha 21 de octubre de 2010, la empresa EFE AUTOMOTRIZ S.A., solicita la renovacion de su autorizacion como Entidad Verificadora; la misma que con Resolucion Directoral Nº 3242-2010-MTC/15 de fecha 18 de noviembre de 2010, declaro procedente la solicitud de la Empresa; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 005-2011MTC/02, de fecha 05 de enero de 2011, se declara la Nulidad de oficio de la Resolucion Directoral Nº 3242-2010-MTC/15, que resolvio renovar la autorizacion como entidad verificadora a La Empresa, por encontrase incursa en causal de nulidad de acuerdo a lo senalado en el numeral 1 del articulo 10º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo, retrotrayendo el procedimiento hasta el estado que la Direccion General de Transporte Terrestre cumpla con lo dispuesto en el articulo 125º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolucion Viceministerial Nº 005-2011-MTC/02, mediante Oficio Nº 716-2011-MTC/15.03, notificado el 24 de enero de 2011, se procedio a comunicar a La Empresa, las observaciones encontradas en su solicitud, quien mediante Parte Diario Nº 010507, responde al mencionado oficio adjuntando diversa documentacion; Que, en el informe Nº 158-2011-MTC/15.03, la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, concluye, que La Empresa,

ha cumplido con presentar toda la documentacion requerida en el numeral Nº 5.2 de la Directiva Nº 003-2007-MTC/15, Regimen de Autorizacion y Funcionamiento de las Entidades Verificadoras, aprobada mediante Resolucion Directoral Nº 12489-2007/MTC/15 y elevada a rango de Decreto Supremo mediante el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 022-2007-MTC, para renovar su autorizacion como Entidad Verificadora, en ese sentido es necesario dictar el acto administrativo correspondiente; Que, de conformidad a lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Ley Nº 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Directiva N° 0032007-MTC/15 "Regimen de autorizacion y funcionamiento de las entidades verificadoras", aprobadas mediante Resolucion Directoral N° 12489-2007-MTC, elevada a rango de Decreto Supremo mediante el articulo 3º del Decreto Supremo N° 022-2009-MTC. SE RESUELVE: Articulo 1º.- RENOVAR la autorizacion como Entidad Verificadora a la empresa EFE AUTOMOTRIZ S.A., otorgada mediante Resolucion Directoral Nº 11155-2008MTC/15, por el plazo de un (01) ano contado a partir del 19 de noviembre de 2010, quien se encargara de realizar la inspeccion fisica y documentaria de los vehiculos usados dentro del procedimiento de su nacionalizacion, para operar por el regimen regular y por el regimen de CETICOS en las Zonas de Reconocimiento Fisico de Matarani, Ilo y Paita. Articulo 2º.- La empresa EFE AUTOMOTRIZ S.A., debera aplicar los dispositivos mencionados en el MORDAZA juridico y sujetar su actuacion a la Directiva Nº 003-2007-MTC/15 publicada en 1º de octubre del 2007 en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo 3º.- Remitir a la Superintendencia Nacional de Transportes de Personas, Carga y Mercancias SUTRAN, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo 4°.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion, siendo de cargo de la empresa EFE AUTOMOTRIZ S.A., los gastos que origine su publicacion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre 608031-1

VIVIENDA
FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL Nº 062-2011-VIVIENDA-SG Mediante Oficio Nº 080-2011-VIVIENDA-SG/T el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial Nº 062-2011-VIVIENDA-SG, publicada en la edicion del 28 de febrero de 2011. DICE: RESOLUCION MINISTERIAL Nº 062-2011-VIVIENDA-SG (...) DEBE DECIR: RESOLUCION MINISTERIAL Nº 062-2011-VIVIENDA (...) 608069-1

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