Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2011 (02/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, miercoles 2 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES
ORDENANZA REGIONAL

438123

POR TANTO: Mando se registre, notifique, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al dia veintidos de diciembre del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional del Gobierno Regional Tacna 607799-3

Crean el Consejo Regional de la Juventud de Tacna - COREJU TACNA
ORDENANZA REGIONAL Nº 027-2010-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha veintiuno de diciembre del ano dos mil diez, en Sesion Ordinaria, aprobo la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, el articulo 191 de la Constitucion Politica del Estado, senala que: "Los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica y administrativa en los asuntos de su competencia"; Que, de acuerdo a las estadisticas del INEI, el 27.6% de la poblacion nacional tiene entre 15 a 29 anos de edad, asimismo, en la Region Tacna la poblacion juvenil representa el 29.56% del total de habitantes, por encima del promedio nacional; Que, la problematica de los jovenes se encuentra presente en diversos sectores, y posee sus propias caracteristicas; en cuanto a la salud, la principal causa de muerte entre los jovenes son los accidentes de transporte terrestre, el VIH - SIDA, el ahogamiento y los eventos violentos; en el caso de las adolescentes y jovenes, la causa principal es la muerte materna durante el embarazo, parto y puerperio, la tuberculosis y las infecciones respiratorias; Que, la poblacion joven en el Peru representa un importante sector al que, aun en nuestros dias, el Estado no le ha otorgado toda la atencion debida, y no ha logrado formular politicas publicas integradas, coordinadas y multidisciplinarias que permitan atender sus propias carencias; Que, la presente MORDAZA regional crea el Consejo Regional de la Juventud de Tacna - COREJU TACNA, como un espacio de coordinacion para la formulacion de propuestas de politica juvenil que puedan orientar las acciones del Gobierno Regional de Tacna en la busqueda de la promocion y desarrollo integral de la juventud. Asimismo, tiene como objetivos, el de representar los intereses de los jovenes, el ser un espacio para la formacion de nuevos liderazgos, concentrar e integrar diferentes esfuerzos orientados al sector juvenil, presentar proyectos ante las distintas instancias publicas, asi como impulsar y fortalecer los procesos de organizacion de los jovenes; Que, con Oficio Nº 007-2010-JPR-CR-GOB.REG. TACNA de fecha 17 Diciembre.2010, el senor Consejero Regional Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presenta al Consejero Regional, la propuesta normativa "Creacion del Consejo Regional de la Juventud - COREJU", solicitando la exoneracion del pase a Comision; Que, el Pleno del Consejo Regional, en merito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los articulos 15 literal a), 36 y 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesion Ordinaria de la fecha, ha aprobado la siguiente;

Articulo Primero.- CREASE EL CONSEJO REGIONAL DE LA JUVENTUD DE TACNA - COREJU TACNA, COMO INSTANCIA DE CONSULTA, COORDINACION, CONCERTACION Y PROPUESTAS DE POLITICAS REGIONALES DE JUVENTUD, Y COMO ESPACIO DE ENCUENTRO ENTRE LAS INSTITUCIONES DEL ESTADO DE NIVEL REGIONAL Y LOCAL, CON LAS ORGANIZACIONES DE JOVENES ORGANIZADOS Y NO ORGANIZADOS. Articulo Segundo.- El Consejo Regional de la Juventud de Tacna - COREJU TACNA, esta conformado por: 1. Un (01) representante del Presidente Regional de Tacna, quien lo presidira, 2. Cuatro (04) representantes del Consejo Regional de Participacion de la Juventud de Tacna, 3. El Director Regional Sectorial de Educacion, 4. El Director Regional Sectorial de Trabajo y Promocion del Empleo, 5. El Director Regional Sectorial de Salud, 6. El Director Regional de la Produccion. Articulo Tercero.- Son funciones del Consejo Regional de la Juventud de Tacna: a) Proponer la politica regional en materia de juventudes, y el Plan Regional de la Juventud, el mismo que sera presentado al Consejo Regional para su aprobacion. b) Supervisar el cumplimiento de las politicas y planes regionales aprobados. c) Concertar, sistematizar y orientar los planes, programas, proyectos, iniciativas presentadas por las organizaciones que realicen trabajos en materia de juventudes, en las instancias del Gobierno Regional de Tacna. d) Coordinar, articular y promover programas y proyectos productivos y sociales que contribuyan al desarrollo integral de los jovenes de la Region. e) Elaborar su propio reglamento, que sera aprobado mediante Decreto Regional por el ejecutivo regional de Tacna. f) Aquellas que establezca su reglamento interno, en concordancia con el ordenamiento legal vigente sobre la materia. Articulo Cuarto.- CREASE el Consejo Regional de Participacion de la Juventud, como organismo de representacion, concertacion y participacion democratica de la juventud, el mismo que recepciona, evalua, formula y propone politicas e iniciativas orientadas a la promocion y desarrollo integral de la juventud. Articulo Quinto.- En el Consejo Regional de Participacion de la Juventud, estan representados los jovenes de 15 hasta los 29 anos de edad que pertenecen a organizaciones politicas partidarias, asociaciones u organizaciones juveniles constituidas, universidades publicas y privadas, instituciones educativas de nivel MORDAZA, comunidades campesinas, comunidades nativas, poblacion con discapacidad, organizaciones deportivas, entre otros. El Presidente y demas representantes del Consejo Regional de Participacion de la Juventud, seran elegidos conforme a su Reglamento, que para tal efecto deberan aprobar. Articulo Sexto.- Son funciones del Consejo Regional de Participacion de la Juventud de Tacna: a) Promover la participacion del joven a traves de formas, modalidades y mecanismos acordes a sus expectativas en funcion del desarrollo local, regional y nacional. b) Proponer ante el Consejo Regional de la Juventud, la Politica Regional y el Plan Regional de la Juventud. c) Velar por los derechos de los jovenes en sus deberes y obligaciones para con la sociedad.

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