Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2011 (02/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 2 de marzo de 2011

d) Coordinar, articular y elaborar con el Gobierno Local, Regional y Nacional, segun corresponda, planes, programas, proyectos e iniciativas a favor de la juventud. e) Promover y fortalecer el asociacionismo juvenil. f) Representar a la juventud ante el Consejo Regional de la Juventud de Tacna - COREJU TACNA, y demas organismos nacionales e internacionales. g) Canalizar, evaluar, formular y proponer politicas e iniciativas orientadas al desarrollo integral de la juventud. h) Contribuir al cultivo de los valores eticos y MORDAZA con vision ciudadana e identidad regional. i) Generar espacios de comunicacion intergeneracional y, entre sus pares. j) Promover actitudes proactivas en la busqueda de su desarrollo personal e integral. k) Desarrollo y promover estudios e investigaciones en materia de juventud. l) Desarrollar acciones de vigilancia ciudadana a las diversas politicas y programas de juventud que se desarrollen en su jurisdiccion. Articulo Septimo.- DISPONER que la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Desarrollo Social y Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, implementen la presente Ordenanza Regional. Articulo Octavo.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 42 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgacion. En la MORDAZA de Tacna, al dia veintitres de diciembre del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado del Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifique, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al dia veintitres de diciembre del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional del Gobierno Regional Tacna 607799-4

Bandera - COPROBA, teniendo el encargo de elaborar una Estrategia Nacional Integrada de Identificacion, Promocion y Proteccion de la Identidad de los Productos Bandera, tanto en el interior como en el exterior del pais; Que, dicha Comision, atendiendo a la primera etapa de elaboracion de dicha estrategia, mediante Decreto Supremo Nº 025-2005-MINCETUR, declara como productos bandera del Peru a los siguientes productos: Gastronomia Peruana, MORDAZA, Maca, Algodon Peruano, Camelidos Peruanos, Lucuma y Ceramica de Chulucanas; Que, la Region Tacna cuenta con productos o expresiones culturales cuyo origen o transformacion han ocurrido en el territorio tacneno, con caracteristicas que representan la imagen de nuestra region, dentro y fuera del MORDAZA, y, que cumplen con los criterios establecidos para identificar un producto bandera regulado por la COPROBA, siendo estos: a) El Origen, b) En Relacion a Produccion y Gestion, y c) Potencial de Exportacion; Que, por los motivos MORDAZA mencionados, resulta conveniente primero al Aceite de MORDAZA, Aceituna de Mesa, Oregano y MORDAZA como Productos Bandera de la Region Tacna; ya que esto permitira que dichos productos no solo cuenten con la proteccion adecuada sino tambien se les brinde las respectivas facilidades de colocacion y posicionamiento en el exterior; Que, con Oficio Nº 070-2010-RRCH-CR-GOB.REG/ TACNA de fecha 09.diciembre.2010, la senora Consejera Regional Lic. MORDAZA MORDAZA de Chenguayen, remite la propuesta normativa "Declarar al Aceite de Olivam Aceituna de Mesa, Oregano y MORDAZA como Productos Bandera de la Region Tacna", solicitando la exoneracion del pase a Comision; Que, el Pleno del Consejo Regional, en merito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los articulos 15 literal a), 36 y 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesion Ordinaria de la fecha, ha aprobado la siguiente; ORDENANZA REGIONAL Articulo Primero.- DECLARAR AL ACEITE DE MORDAZA, ACEITUNA DE MESA, OREGANO Y MORDAZA, COMO PRODUCTOS BANDERA DE LA REGION TACNA. Articulo Segundo.- DISPONER que la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Desarrollo Economico, Direccion Regional Sectorial de la Produccion, realicen los tramites necesarios, con la finalidad de que dichos productos MORDAZA incorporados por el COPROBA, en la lista de Productos Bandera. Articulo Tercero.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 42 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgacion. En la MORDAZA de Tacna, al dia veintitres de diciembre del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado del Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifique, difunda y cumpla.

Declaran al Aceite de MORDAZA, Aceituna de Mesa, Oregano y MORDAZA, como Productos Bandera de la Region Tacna
ORDENANZA REGIONAL Nº 028-2010-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha veintiuno de diciembre del ano dos mil diez, en Sesion Ordinaria, aprobo la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, el articulo 191 de la Constitucion Politica del Estado, senala que: "Los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica y administrativa en los asuntos de su competencia"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2004MINCETUR, se crea la Comision Nacional de Productos

Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al dia veintitres de diciembre del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional del Gobierno Regional Tacna 607799-5

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