Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2011 (18/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 18 de MORDAZA de 2011

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario posteriores a su retorno al MORDAZA, el citado funcionario diplomatico presentara ante el Ministro de Relaciones Exteriores un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asistira; asimismo, debera presentar la rendicion de cuentas de acuerdo a ley. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros; cualquiera sea su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 641180-2

SALUD
Designan responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio de Salud y establecen disposiciones para designacion de responsables en las demas dependencias del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 383-2011/MINSA MORDAZA, 16 de MORDAZA del 2011 Visto, el expediente N° 11-040991-001; que contiene el Memorando Nº 173-2011-SG/MINSA de la Secretaria General; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, se declara al Estado Peruano en MORDAZA de modernizacion en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestion publica y construir un Estado democratico, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, el articulo 4º de la citada Ley, senala que el MORDAZA de modernizacion de la gestion del Estado tiene como finalidad fundamental la obtencion de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atencion a la ciudadania, priorizando y optimizando el uso de los recursos publicos, teniendo entre sus objetivos alcanzar un Estado al servicio de la ciudadania; Que, el articulo 107º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General establece que cualquier administrado con capacidad juridica tiene derecho a presentarse personalmente o hacerse representar ante la autoridad administrativa, para solicitar por escrito la satisfaccion de su interes legitimo, obtener la declaracion, el reconocimiento u otorgamiento de un derecho, la MORDAZA de un hecho, ejercer una facultad o formular legitima oposicion; Que, mediante Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM se establece la obligacion de las Entidades del Sector Publico de contar con un Libro de Reclamaciones, cuya finalidad es establecer un mecanismo de participacion ciudadana para lograr la eficiencia del Estado y salvaguardar los derechos de los usuarios frente a la atencion en los tramites y servicios que brindan; Que, el articulo 3º del referido Decreto Supremo senala que todas las entidades de la Administracion Publica deben contar con un Libro de Reclamaciones, en el cual los usuarios podran formular sus reclamos, debiendo consignar ademas, informacion relativa a su identidad y aquella otra informacion necesaria, a efectos de dar respuestas al reclamo formulado; Que, conforme a lo dispuesto en el citado articulo el Libro de Reclamaciones debera constar de manera fisica o virtual, debiendo ser ubicado en un lugar

visible y de facil acceso. A tal efecto, las entidades deberan consignar avisos en los cuales se indique la existencia del Libro de Reclamaciones y el derecho que poseen los usuarios para solicitarlo, cuando lo consideren conveniente; Que, el articulo 5º del mencionado Decreto Supremo, senala que mediante Resolucion del Titular se designara al responsable del Libro de Reclamaciones en la Entidad; Que, el articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado con Decreto Supremo Nº 023-2005-SA y sus modificatorias, establece que la Defensoria de la Salud y Transparencia, es el organo responsable de la proteccion y defensa de los derechos en salud y depende de la alta direccion; Que, con la finalidad de promover un mecanismo de participacion ciudadana para lograr la eficiencia del Estado y salvaguardar los derechos de los usuarios del Ministerio de Salud, frente a la atencion en los tramites y servicios que brinda, resulta necesario designar al funcionario responsable del Libro de Reclamaciones; Con el visto del Director General de la Defensoria de la Salud y Transparencia, el Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica, y de la Viceministra de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del articulo 8° de la Ley 27657 Ley del Ministerio de Salud, el Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Designar al Abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director General de la Defensoria de la Salud y Transparencia como responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio de Salud. Articulo 2º.- Los organos que integran el Ministerio de Salud y que se encuentran ubicados fuera de la sede central deberan contar con un Libro de Reclamaciones el cual formara parte del Libro de Reclamaciones del Ministerio de Salud, debiendo designar al responsable de dicho Libro, el mismo que debera informar al Director General de la Defensoria de la Salud, en su calidad de responsable del Ministerio de Salud. Articulo 3°.- Los Organos Desconcentrados del Ministerio de Salud, asi como los Organismos Publicos adscritos al sector Salud deberan contar con un Libro de Reclamaciones a que hace referencia el Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM y designar al Responsable del Libro de Reclamaciones en su respectiva entidad, debiendo informar al Responsable del Ministerio de Salud. Articulo 4º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en la direccion electronica www.minsa.gob. pe/transparencia/dge normas.asp del MORDAZA de Internet del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 641435-1

Designan Director General del Hospital de Emergencias "Jose MORDAZA Ulloa" de la Direccion de Salud V MORDAZA MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 384-2011-MINSA MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 12902003-SA/DM, publicada con fecha 26 de diciembre de 2003, se designo por un periodo de 3 anos, al medico cirujano MORDAZA MORDAZA Moscol MORDAZA, en el cargo de Director Ejecutivo (hoy Director General) del Hospital de

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