Norma Legal Oficial del día 01 de octubre del año 2011 (01/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 89

El Peruano MORDAZA, sabado 1 de octubre de 2011

NORMAS LEGALES

451003

la Gerencia de Servicios a la MORDAZA, debera proceder a la ejecucion de un MORDAZA Infantil en dicho predio, considerando el alto MORDAZA de deficit de areas verdes en la comunidad autogestionaria de Huaycan. Articulo 3º.- DISPONER; la trascripcion y publicacion del presente Acuerdo de Concejo en El Diario Oficial El Peruano, y encargar su cumplimiento a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro y a la Sub Gerencia de Control, Operaciones y Sanciones para los fines convenientes. Articulo 4º.- DISPONER; a traves de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, remitir los actuados a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para la continuacion del procedimiento, conforme a lo establecido en la Ordenanza Nº 296-MML y Ordenanza Nº 786-MML. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 697279-1

con caracteristicas accidentadas en laderas de cerros, a la cual no se le dio el uso como area MORDAZA que le asigno COFOPRI, ya que sobre la misma se han construido 4 lotes de vivienda, de los cuales dos se encuentran construido de concreto armado y dos de tabiqueria de MORDAZA, las mismas que cuentan con sus respectivas MORDAZA de agua y desague de la empresa SEDAPAL; los vecinos que colindan con el predio dan el apoyo y estan de acuerdo al cambio de uso de dicha area MORDAZA, ya que los moradores ocupan dicha area desde hace 5 anos; adjunto corren los siete (07) formatos de consulta vecinal sobre opinion de Desafectacion de Uso de Suelo; Que, de los considerandos que anteceden se opina que tecnicamente procederia la Desafectacion de Uso de Suelo por lo siguiente: · Las viviendas que ocupan dicha area de terreno destinada para area MORDAZA (lotes de ampliacion de la UCV 195-B), si bien no presentan una consolidacion al 100% ya que estan construidas de material noble, asi como de material precario, estas cuentan con el servicio de agua y desague y luz provisional, asimismo son parte de un plano visado con fines de servicios basicos otorgado por la Municipalidad de Ate, segun Ordenanza Nº 032-MDA aplicado para Asentamientos Humanos con fines de vivienda que no cuenten con servicios de electrificacion y redes de agua y alcantarillado en su comunidad. · En la actualidad dicha area MORDAZA no presenta las condiciones para el uso que le fue asignada, toda vez que se ubica en laderas de cerros con una topografia accidentada, por lo que se ubicaron 4 lotes de vivienda en la MORDAZA mas accesible de dicho terreno; Que, en tal sentido una parte de dicho Bien de uso publico ha perdido la condicion de Parque-Jardin, que le fue asignada por COFOPRI, por lo que es aplicable lo establecido en el articulo 28º de la Ordenanza Nº 296MML, que senala que los bienes de uso publico pueden ser desafectados "por la perdida de la naturaleza que justifico su inclusion en esa categoria de bienes" y a los informes tecnicos y legal que lo fundamentan; Que, el articulo 27º de la Ordenanza Nº 296-MML de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, senala que mediante la desafectacion cesa el uso publico de un bien sin que ello implique el cambio de titularidad de la propiedad del mismo; las desafectaciones podran ser totales o parciales y podran disponerse indistintamente sobre el suelo, subsuelo o el sobresuelo; el articulo 29º de la referida MORDAZA, modificado por Ordenanza Nº 786/MML, establece que las desafectaciones, en todos los casos, inclusive las de bienes de uso publico cuyos titulares MORDAZA las municipalidades distritales, se aprueban mediante Ordenanza expedida por el Concejo Metropolitano de MORDAZA, con los dictamenes favorables de las comisiones de Desarrollo MORDAZA y de Asuntos Legales del Concejo Metropolitano, y previa opinion de la Municipalidad Distrital donde se ubique el bien en un plazo no mayor de quince (15) dias calendario de recibido el requerimiento y, en su caso, de la absolucion y atencion de las observaciones planteadas directamente por los vecinos que se consideren afectados; Que, mediante Informe N° 558-2011-MDA/GDUSGPUC de la Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro, luego de haber evaluado tecnicamente el requerimiento formulado para la Desafectacion de Uso de Suelo, opina que es procedente la desafectacion solicitada, senalando que dicha area es un Bien de Uso Publico, que puede ser desafectado por la perdida de la naturaleza que justifico su inclusion en esa categoria de bienes; es decir pierde la condicion a la categoria de Area MORDAZA que fue asignada por la COFOPRI; Que, mediante Informe N° 538-2011-MDA/GAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica, es de la opinion que se remitan los actuados a la Comision de Desarrollo MORDAZA y Obras Publicas del Concejo Municipal, con la finalidad de que sea evaluada la propuesta de Desafectacion presentada por la Organizacion recurrente, y posteriormente se emita el Acuerdo de Concejo correspondiente, en observancia de las consideraciones tecnicas senaladas por la Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro, y el referido Informe legal, disponiendose ademas la remision de los actuados a la Municipalidad de MORDAZA Metropolitana, de

Opinan que se declare aprobacion de solicitud de desafectacion de uso de suelo para fines de vivienda de terreno ubicado en la MORDAZA "P" del Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycan
ACUERDO DE CONCEJO N° 045 Ate, 31 de agosto de 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 31 de agosto del 2011, el Dictamen N° 009-2011-MDA/CDU y OP la Comision de Desarrollo MORDAZA y Obras Publicas, y; CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al articulo 194° de la Constitucion Politica, la cual radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico; Que, mediante Oficio Nº 037-2011-MML-GDU-SPHU, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA solicito, de conformidad con lo senalado en la Ordenanza N° 296MML y su modificatoria Ordenanza N° 786-MML, opinion de esta Municipalidad respecto a la Desafectacion de Uso de Suelo para fines de vivienda del area de terreno de 360.00 m² que forma parte del area mayor de 2,540.00 m² calificado con el uso de Area MORDAZA, ubicado en la IV Etapa de la UCV 195-B de la MORDAZA "P" del Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycan, Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima; Que, la UCV 195-B MORDAZA "P" del Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycan, cuenta con saneamiento fisico legal otorgado por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, asi como con Plano de Trazado y Lotizacion aprobado con Resolucion Nº 052-96-MLM/SMDU de fecha 10 de MORDAZA de 1996 e inscrito en el Registro Predial de MORDAZA con codigo Nº P02035410 de fecha 17 de octubre de 1996; asimismo COFOPRI afecta en uso a favor de la Municipalidad Distrital de Ate, el predio de 2,549.00 m² inscrito con codigo de Predio N° P02082153, por un plazo indefinido con el objeto de que lo destine al desarrollo especifico de sus funciones con uso de areas verdes; y en caso de que la entidad, destine, el predio materia de la presente afectacion en uso a un fin distinto al asignado, la presente afectacion quedara cancelada; Que, de la inspeccion ocular realizada por la Sub Gerencia de Planificacion y Catastro, se verifico que el area materia de desafectacion esta ubicada sobre parte del predio inscrito en la Partida N° P02082153, terrenos

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